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martes, 16 de noviembre de 2010

EVE 2010: Plan Renove de ventanas en viviendas

PLAN RENOVE DE VENTANAS EN VIVIENDAS 2010
Esta información también puedes leerla en euskera

OBJETO DE LA AYUDA

El objeto de este programa es la concesión de ayudas para la renovación de los cerramientos acristalados de la vivienda habitual, por otros con unas prestaciones térmicas de alta eficiencia (ver Condiciones Generales en pdf); entendiendo como cerramiento acristalado, aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior, y así reducir el consumo de energía en el sector doméstico.


IMPORTE DE LA AYUDA

La cuantía total de la ayuda ascenderá hasta un máximo del 22% de la inversión (Base Imponible), siendo el coste máximo subvencionable por m2 de ventana de 450 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda.


BENEFICIARIOS: CLIENTES

Podrán acceder a la ayuda todas las personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de la vivienda objeto de renovación, o las personas que sean sus arrendatarias. La vivienda deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y tener carácter de vivienda habitual.


BENEFICIARIOS: COMERCIOS

Esta ayuda debe ser solicitada por las personas que son beneficiarias de la misma, es decir, las señaladas en el punto anterior.

En todo caso, para ser subvencionables las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE y, en el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.

El doble acristalamiento deberá ser del tipo Aislamiento Térmico Reforzado (ATR), teniendo un valor de transmitancia térmica (capacidad aislante o valor U) inferior o igual a:

  • 1,50 W/m2.K, en el caso de que los vidrios vayan acompañados de carpinterías metálicas.
  • 2,00 W/m2.K, en el caso de que los vidrios vayan acompañados de carpinterías NO metálicas (PVC, madera, mixta, poliuretano,…etc.)

Además, todos los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda.


PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 9 de noviembre de 2010 hasta el día 31 de enero de 2011 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado si esto ocurre antes.

En todo caso se admiten inversiones hechas desde el día 1 de octubre de 2010 inclusive.


MÁS INFORMACIÓN

Información en la página del EVE:





AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 27 de julio de 2010

GOBIERNO VASCO: Programa MET 2010, Apoyo a la Modernización de las Empresas Turísticas

APOYO A LA MODERNIZACIÓN DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: MET 2010
NOTA: Si quieres hacer la solicitud ONLINE puedes consultar el TUTORIAL que te ayudará a hacerla paso a paso, al final de este artículo tienes el vínculo para acceder a él.


El Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco ha abierto el plazo para solicitar las ayudas del programa MET 2010. Estas ayudas tienen como finalidad apoyar los proyectos de inversión que realicen las empresas turísticas ubicadas en la CAV en las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información (TIC´s) que supongan una mejora de los instrumentos de gestión y comercialización de las empresas turísticas, así como los proyectos de modernización de las infraestructuras y equipamientos de los establecimientos turísticos acordes a los nuevos usos y demandas turísticas por medio de subvenciones a la inversión.

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes:

  1. Hoteles, Pensiones y Apartamentos turísticos
  2. Agroturismos y Casas Rurales
  3. Campings
  4. Restaurantes, Bares y Cafeterías
  5. Agencias de Viaje
  6. Empresas de turismo activo

Los establecimientos turísticos de los apartados 1, 2, 3 y 4 deberán estar inscritos en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco.


Por medio de éstas ayudas se subvencionarán las siguientes inversiones:

    PARA TODAS LAS EMPRESAS

  1. La mejora de los instrumentos de gestión y comercialización, a través de la utilización de las tecnologías de la comunicación y de la información (TIC´s):
    1. La adquisición e instalación de equipamiento informático, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial, desarrollada o adaptada específicamente para las empresas del sector turístico.
    2. La adquisición e instalación del equipamiento necesario para la habilitación de espacios WIFI en los establecimientos turísticos.
    3. La adecuación de los programas de gestión de los establecimientos de alojamiento hotelero para que incluyan dentro de sus utilidades la generación de un fichero XML que proporcione información estadística mensual a EUSTAT de acuerdo a las condiciones de contenido y formato establecidas en la Resolución de 18 de octubre de 2007.

  2. SÓLO PARA LAS EMPRESAS DE LOS GRUPOS 1, 2, 3 Y 4 ANTERIORES QUE ESTÉN INSCRITOS EN EL REGISTRO DE EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DEL PAÍS VASCO CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE TRES AÑOS

  3. Las inversiones dirigidas a la modernización y adecuación de los establecimientos conforme a los nuevos usos y demandas turísticas, tales como:
    1. Habilitación de espacios y adquisición del equipamiento necesario para la realización de degustaciones, catas, aprendizaje y exhibiciones que faciliten a los/las turistas el disfrute de experiencias gastronómicas y enológicas vinculadas a la cultura vasca.
    2. Sistemas de protección (mamparas, protecciones laterales, cubriciones provisionales y similares) y de calefactado para terrazas vinculadas a los establecimientos de hostelería e instaladas en espacios de uso público, acordes con las ordenanzas y autorizaciones municipales que, en cada caso, les sea de aplicación.
    3. Instalación y equipos de aire acondicionado.

  1. La inversión neta (sin IVA) será como mínimo de 600 euros a excepción de los proyectos relacionados con la generación de un módulo XML que no tendrán importe mínimo
  2. Tienen que tener establecido un periodo mínimo de amortización de 3 años
  3. Las inversiones deben localizarse en la CAV
  4. Los Hoteles, Pensiones, Apartamentos turísticos, Agroturismos, Casas Rurales, Campings, Restaurantes, Bares y Cafeterías deberán haber hecho la inscripción en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco con una antelación mínima de tres años a la fecha de publicación de la convocatoria anual de ayudas para poder solicitar las ayudas del apartado 2 anterior.
  5. Las Agencias de Viaje y las Empresas de turismo activo únicamente podrán acceder a las ayudas establecidas en el apartado 1 anterior y deberán acreditar el ejercicio de su actividad en el momento de presentación de la solicitud.

Los proyectos de inversión deberán comprender únicamente inversiones materializadas en el año 2010 (desde el 1 de enero), Y aquellas realizadas en 2009 pero sólo desde el 2 de agosto 2009 inclusive.


Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA)

  • Con carácter general:
    • 70% Para los proyectos relacionados con la generación de un módulo XML que proporcione información estadística mensual al Eustat con un máximo de 1.200 euros
    • 20% Para el resto de los proyectos
  • Incrementos:
    • 5% adicional si la entidad beneficiaria, a fecha de presentación de su solicitud acredite que el establecimiento objeto de mejora está en posesión de alguno de estos certificados de calidad: ISO 9001:2000, las Marcas de Calidad Turísticas concedidas por el Instituto para la Calidad Turística Española; o bien, los reconocimientos EFQM administrados por la Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad, Euskalit
    • 5% adicional si la empresa acredita su condición de miembro o socio de alguna de las asociaciones empresariales de turismo de la CAV y/o de las asociaciones o entidades publico-privadas cuyo objetivo sea el desarrollo turístico de su área de influencia

El límite máximo de ayuda que podrá recibir una empresa será de 12.000 euros.


Los impresos de solicitud pueden conseguirse en:

  1. Las Oficinas Territoriales de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco
  2. La red de Oficinas de Dinamización para el Comercio
  3. En Internet haciendo clic aquí:

Solicitud Online del MET

Descarga del Impreso de Solicitud en formato pdf

Documento de Alta de Tercero

El lugar de presentación de las solicitudes serán las Oficinas Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco.


El último día para presentar la solicitud de las ayudas MET será el 30 de septiembre de 2010.



Para cualquier duda puedes enviar un mensaje de correo a la Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo haciendo click en esta imagen:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 26 de julio de 2010

TUTORIAL: Solicitud ON-LINE de las Ayudas MEC-Modernización de Equipamientos en el Comercio 2010

CÓMO COMPLETAR LA SOLICITUD DE LA AYUDA MEC PASO A PASO

NOTAS:

1: Previo a hacer la solicitud es necesario registrarse, si el comercio no está registrado consulta el tutorial de registro aquí.

2: Para ver las imágenes a mayor tamaño se puede hacer click sobre ellas.


Para ello accederemos al programa haciendo click aquí: MEC, esta acción abre la siguiente pantalla en la que hay que seleccionar el idioma en el que se va a hacer la solicitud, en este caso hemos elegido: "castellano"

Al hacer esto se abre la siguiente pantalla:



En el correo electrónico recibido al hacer el registro nos han facilitado estos datos de "usuario" y "contraseña" que introducimos ahora en los correspondientes espacios, tras ello hacemos click en "entrar"



La pantalla que se abre muestra la lista de Solicitudes de Ayuda presentadas, si todavía no se ha completado ninguna aparecerá en blano, arriba a la derecha aparece el nombre de nuesta Empresa y abajo un botón que dice "Crear Nueva Solicitud", será en este botón en el que hay que hacer click para introducir los datos de la solicitud.





Al crear la nueva solicitud lo primero que se abre es una pantalla en la que se deben completar los datos de identificación de la empresa.




En esta página es necesario completar los campos que aparecen en azul y verde.


Los campos azules se rellenan directamente mientras que para completar los campos verdes hay que hacer click en este icono, que abre un menú emergente en el que hay que elegir los valores apropiados que serán en un caso la actividad de la empresa y en otro la provincia, población y municipio.

Por ultimo, en la parte inferior izquierda es necesario marcar la casilla rodeada por un círculo azul (por defecto aparece marcada).

Una vez estén completados todos los campos (no es necesario completar los de Email y url si no se dispone de ellos) hay que pasar a la siguiente página del formulario haciendo click en el botón "Siguiente" en la parte inferior derecha.


En este formulario es obligatorio completar los campos azules con los datos de personal solicitados.


En cuanto a los apartados señalados en verde sólo será necesario completarlos en el caso de que se cumpla alguno de los requisitos que pueden ser:

  • Inversiones realizadas en establecimientos localizados en áreas de alta desertización comercial
  • Comercio vinculado con alguna asociación, tanto zonal como gremial de comercio
  • Comercio con Certificación UNE 175001
  • Comercio con procesos de certificación de calidad intermedios (Comercio Excelente)

En cuanto a los cuadros remarcados en verde habrá que completarlos en alguno de estos supuestos:

  • Si se ha pedido alguna ayuda para este mismo proyecto en este año
  • Si se han pedido ayudas, en general, en los últimos 3 años

Una vez todos los datos estén completos pasamos a la siguiente página del formulario haciendo click en el botón "siguiente" en la parte inferior a la derecha.


En este formulario se detallará la inversión realizada para la que se solicita la ayuda.


En el apartado A. INVERSIÓN REALIZADA: es necesario completar los recuadros de color rojo con los importes correspondientes a cada tipo de inversión con las cantidades TOTALES SIN IVA de la inversión en cada concepto.


Automáticamente se completarán los datos de los recuadros azul con los totales.

En el apartado B. MEMORIA EXPLICATIVA DE LA INVERSIÓN REALIZADA: se detallará en palabras en qué ha consistido la inversión utilizándo para ello el recuadro señalado en rojo. Este detalle de la inversión debe explicar qué se ha hecho (una reforma, una compra de equipo,...) y con qué fin (mejorar la imagen del comercio, ayudar en la gestión,...).

En el apartado C. UBICACIÓN DE LA INVERSIÓN: hay que utilizar el recuadro verde para:

  1. Identificar el local/comercio en el que se ha hecho la inversión
  2. Introducir las facturas correspondientes a la inversión realizada

CÓMO COMPLETAR EL APARTADO "C. UBICACIÓN DE LA INVERSIÓN"


Los campos que tiene este cuadro son:

  • NOMBRE: Que se rellena tecleando el RÓTULO del comercio
  • CALLE O PLAZA Y MUNICIPIO: Que se completan seleccionando estos datos del menú emergente que aparece al hacer click en el icono señalado con el círculo verde

  • Nº y C.P.: Son los datos del número del portal en el que se ubica el comercio y el código postal del mismo, se completan tecleando directamente los datos en los campos
  • IMPORTE INV: Para completar este dato será necesario hacer click en el icono señalado con el círculo rojo

Esta acción nos abre una serie de pantallas que hay que completar una por una con los datos de las diferentes facturas que forman parte de la inversión realizada.

LISTADO DE FACTURAS




Esta es la lista inicial de facturas, que aparece en blanco. Las facturas ya incorporadas estarían en el espacio verde. Para incorporar nuevas facturas hay que hacer click en el botón Nuevo.


NUEVAS FACTURAS




Por medio de esta ficha hay que dar de alta a las facturas que forman parte de la inversión realizada, en primer lugar habrá que completar la Fecha de la factura, haciendo click en el icono señalado por el círculo verde y seleccionando la fecha en el menú emergente.


Los campos de Nº Factura, Proveedor e Importe se completarán tecleando directamente en ellos los datos que corresponda.

Por último, una vez comprobados los datos se introducirá la factura haciendo click en Aceptar

Los campos de Equipamiento Informático y Otras Inversiones son opcionales y se pueden dejar en blanco, sirven para determinar el tipo de inversión de que se ha hecho de cara a conocer el porcentaje de ayuda que corresponde. Si la inversión es clara (p.e. compra de un ordenador) no hay duda pero en caso de que haya inversiones de varios tipos o los conceptos no estén tan claros es importante completarlos escribiendo "SÍ" en el campo correspondiente.

LISTADO FINAL




Una vez aceptada cada factura se vuelve a la lista donde aparecen los datos identificativos de la misma. En el caso de que haya que incorporar más facturas hay que clickar en Nuevo y repetir el paso anterior, en el caso de que ya no hubiera más facturas habría que clickar en Cerrar. Con esta acción se vuelve a la pantalla anterior



Al aceptar la última factura y cerrar la entrada de las mismas se vuelve a la pantalla de inversiones, para revisar los datos introducidos podemos movernos por las diferentes hojas de la solicitud haciendo click en las pestañas superiores, de esta manera se comprobarán que los datos introducidos son correctos.



Para validar y enviar la solicitud basta con hacer click en el botón Terminar de cualquiera de las hojas, aparecerá un mensaje de confirmación, caso de estar seguro de que los datos son correctos se hará click en Aceptar.


Seguidamente se monstrará una nueva pantalla. La aplicación creará el impreso que habrá que imprimir en papel y que deberá ser firmado por la persona titular de la empresa. Este impreso deberá registrarse antes del 30 de septiembre de 2010 junto con el resto de la documentación necesaria, a saber:


  • Copia de la escritura de constitución de la empresa (sólo para Sociedades y Comunidades de Bien
  • Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante (sólo para Sociedades)
  • Fotocopia del CIF de la empresa o del DNI en caso de Empresario Individual
  • Certificado acreditativo de altas y bajas en el IAE extendido por la Hacienda Foral.
  • Alta de Terceros (se puede conseguir aquí)
  • Fotocopias compulsadas de las facturas de los activos objeto de la solicitud
  • Cuadro de facturas (generado por la aplicación)

Para cualquier duda puedes enviar un mensaje de correo a la Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo haciendo click en esta imagen:





AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 5 de julio de 2010

EVE 2010: Plan Renove de electrodomésticos

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS 2010
Esta información también puedes leerla en euskera

OBJETO DE LA AYUDA

Este programa quiere reducir el consumo de energía eléctrica en el sector doméstico, mediante la sustitución de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas, hornos y encimeras por equipos con etiquetado energético de clase A o superior y, además, para el caso de las lavadoras y lavavajillas con eficacia de lavado A.

Por tanto, se considerará susceptible de ayuda la adquisición de electrodomésticos de la clase energética A o superior, con la correspondiente sustitución del nuevo aparato eficiente por otro antiguo del mismo tipo.


IMPORTE DE LA AYUDA

Los diferentes tipos de electrodomésticos y sus cuantías de ayuda individual se muestran en el siguiente cuadro:
Electrodoméstico

Incentivo (€/equipo)

Frigorífico y frigorífico-congelador clasificación energética A++

125

Congelador clasificación energética A++

125

Frigorífico y frigorífico-congelador clasificación energética A+

105

Congelador clasificación energética A+

105

Lavadora clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 170 Wh/kg o termoeficiente

105

Lavavajillas termoeficiente clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 0,98 kWh/ciclo

105

Encimera de inducción total

105

Lavavajillas clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético superior a 0,98 kWh/ciclo

85

Horno clasificación energética A

85

Encimera de inducción mixta

85

Encimera de gas

50


BENEFICIARIOS: CLIENTES

Podrán beneficiarse de esta ayuda las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A o superior y que destinen a su uso y residan en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para poder acogerse a estas ayudas el único trámite que deberán hacer será adquirir el nuevo electrodoméstico y entregar el antiguo en cualquiera de los comercios adheridos al programa. La lista de estos comercios se puede consultar en la página del EVE y se reconocerán porque ostentarán el distintivo oficial.


BENEFICIARIOS: COMERCIOS

Los comercios que deseen adherirse al Plan Renove de Electrodomésticos 2010 deberán enviar el Protocolo de Adhesión al Ente Vasco de la Energía (EVE), este documento se puede encontrar en la página web de este organismo, por su parte, los comercios que hubieran estado adheridos al Plan Renove de Electrodomésticos + Euskadi 09 se consideran adheridos al Plan Renove de Electrodomésticos 2010 salvo manifestación expresa en sentido contrario.

Los comercios adheridos dispondrán de una aplicación especial para dar de alta las operaciones que realicen a la que podrán acceder por este enlace: ACCESO COMERCIOS


PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 2 de julio de 2010 hasta el día 30 de noviembre de 2010 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.


MÁS INFORMACIÓN

Información en la página del EVE:




AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 18 de junio de 2010

GOBIERNO VASCO: Programa de Apoyo financiero a PYMES y Autónomos 2010

PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, EMPRESARIOS INDIVIDUALES Y PROFESIONALES AUTÓNOMOS

Objeto de la ayuda
Beneficiarios
Modalidad de financiación
Situaciones que entran en este programa de Ayuda
Pasivos que se financian
Características de las operaciones que se avalan
Amortización Anticipada
Otros Datos
Solicitudes
Plazo de Solicitud
Entidades Financieras Colaboradoras
Enlaces de interés

Objeto de la ayuda:

Permitir el acceso a la financiación bancaria para atender las necesidades de circulante, la renovación de la deuda a corto plazo, la adecuación de deuda a corto plazo en deuda a medio y largo plazo, así como, en su caso, aquellas actuaciones de naturaleza financiera que supongan una aceleración de sus planes de inversión.

Para ello se concertarán Convenios de colaboración con las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras colaboradoras en el programa.


Beneficiarios

Podrán acceder a estas garantías y líneas de financiación las siguientes figuras:

  • Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que lleven a cabo una explotación económica.
  • Empresarios Individuales y Profesionales Autónomos, domiciliados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que estén dados de alta en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o Autónomos de la Seguridad Social y que obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Modalidad de financiación

Operaciones de préstamo a tipo de interés preferente avaladas por las Sociedades de Garantía Recíproca OINARRI o ELKARGI.


Situaciones que entran en este programa de Ayuda

  • PYMES

Los proyectos serán calificados como financiables cuando la estructura de financiación presentada por la empresa sea inadecuada para su desenvolvimiento futuro y, en todo caso, siempre que su capital corriente sea inferior al 10% del total del balance, o que la variación de ese capital corriente tenga signo negativo en el último ejercicio.

  • EMPRESARIOS INDIVIDUALES Y AUTÓNOMOS

Los proyectos serán calificados como financiables cuando la estructura de financiación presentada por la persona solicitante sea inadecuada para su desenvolvimiento futuro.


Pasivos que se financian

Se contarán para calcular el importe de las operaciones de préstamo que serán objeto de garantía (aval) en este programa las siguientes partidas integrantes de los grupos 4 y 5 del pasivo corriente del balance (Acreedores comerciales y deudas a corto plazo):

  • 400.– Proveedores
  • 401.– Proveedores, efectos comerciales a pagar
  • 407.– Anticipos a proveedores
  • 520.– Deudas a corto plazo con entidades de crédito
  • 521.– Deudas a corto plazo
  • 524.– Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo
  • 525.– Efectos a pagar a corto plazo
  • 527.– Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito
  • 528.– Intereses a corto plazo de deudas

Importes computables:

  • Para operaciones de descuento de “efectos comerciales”, “cuentas de crédito” y “acreedores comerciales”, el saldo medio de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.
  • Para “deudas con entidades de crédito”, la suma de las cantidades dedicadas a amortización de los 2 años siguientes al de la solicitud.

Características de las operaciones que se avalan

PRÉSTAMOS:

  • Importes: Entre 50.000 y 600.000 euros para PYMES / Entre 10.000 y 100.000 euros para AUTÓNOMOS
  • Tipo de interés: euribor + 1,5% sin redondeo
  • Sin comisiones ni gastos adicionales
  • Plazo de amortización: 3 años con opción de 1 de carencia
  • Liquidación trimestral de las cuotas

AVALES:

  • Comisión de estudio: 0,15% pagadera una sola vez
  • Comisión de mantenimiento: 0,5% anual

Amortización Anticipada

El préstamo podrá cancelarse o amortizarse de forma anticipada sin coste alguno.


Otros Datos

La pertenencia a las S.G.R. supone la obligación de comprar participaciones de las mismas, estas participaciones se pueden devolverse a la cancelación del aval.


Solicitudes

Las solicitudes y demás documentación deberán presentarse en las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras que se relacionan a continuación:


Plazo de Solicitud

Hasta la finalización del presupuesto disponible.


Entidades Financieras Colaboradoras

Cajas de Ahorro:

  • Bilbao Bizkaia Kutxa
  • Caja Vital Kutxa
  • Gipuzkoa Donostia Kutxa
  • La Caixa
  • Caja Galicia
  • Caja de Ahorros de Navarra
  • Cajamadrid

Cooperativas de Crédito:

  • Caja Laboral Popular
  • Ipar Kutxa Rural
  • Caja Rural de Navarra

Bancos:

  • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
  • Banco Santander
  • Banco Guipuzcoano
  • Bankinter
  • Banesto
  • Banco Popular Español
  • Banco Sabadell Atlántico
  • Bankoa
  • Banco Pastor
  • Deutsche Bank

Enlaces de Interés

Página de Información del Gobierno Vasco

DECRETO 41/2010, de 9 de febrero de 2010 (NORMATIVA)

ORDEN de 18 de febrero de 2010 (CONVOCATORIA)

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 15 de junio de 2010

GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2010, Modernización de Equipamientos en el Comercio

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2010


NOTA: Si quieres hacer la solicitud ONLINE puedes consultar el TUTORIAL que te ayudará a hacerla paso a paso, al final de este artículo tienes el vínculo para acceder a él.


El Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco ha abierto el plazo para solicitar las ayudas del programa MEC 2010. Estas ayudas tienen como finalidad apoyar la modernización de los equipamientos tecnológicos de los comercios por medio de subvenciones a la inversión.

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial.

No se exige antigüedad de la empresa por lo que pueden solicitar esta ayuda comercios de nueva creación.


Por medio de éstas ayudas se subvencionarán las siguientes inversiones:
  1. Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales.

  2. Los equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial.


  1. La inversión neta (sin IVA) será como mínimo de 2.000 euros con carácter general y de 600 euros para los equipamientos informáticos
  2. Debe tratarse de elementos nuevos
  3. Tienen que tener establecido un periodo mínimo de amortización de 3 años
  4. No podrán cederse a terceros
  5. No puede tratarse de equipamientos realizados o desarrollados por la propia empresa
  6. Las inversiones deben localizarse en la CAV

Los proyectos de inversión deberán comprender únicamente inversiones materializadas en el año 2010 (desde el 1 de enero), Y aquellas realizadas en 2009 pero sólo desde el 5 de septiembre de 2009 inclusive.


Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA)

  • Con carácter general:
    • 15% en las inversiones de reforma del local y mobiliario
    • 20% en las inversiones en equipamiento informático
  • Incrementos:
    • 2% adicional si pertenece a alguna asociación de comerciantes
    • 2% adicional si el comercio tiene la certificación UNE 175000
    • 3% adicional si el comercio tiene alguna certificación de Comercio Excelente
El límite máximo de ayuda que podrá recibir una empresa será de 12.000 euros.


Los impresos de solicitud pueden conseguirse en:

  1. Las Oficinas Territoriales de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco
  2. La red de Oficinas de Dinamización para el Comercio
  3. En Internet haciendo clic aquí:

Solicitud Online del MEC

Descarga del Impreso de Solicitud en formato pdf

Documento de Alta de Tercero

El lugar de presentación de las solicitudes serán las Oficinas Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco.


El último día para presentar la solicitud de las ayudas MEC será el 30 de septiembre de 2010.



Para cualquier duda puedes enviar un mensaje de correo a la Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo haciendo click en esta imagen:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 26 de abril de 2010

SPRI 2010: Ayuda Financiera a la Inversión, AFI

PROGRAMA AFI 2010: AYUDA FINANCIERA A LA INVERSIÓN PARA INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Esta información también puedes leerla en euskera

Beneficiarios:

PYMEs y Autónomos cuya actividad principal sea: Industrial, Comercial o Turística NO SE INCLUYEN otras actividades de servicios (peluquerías,…)

Inversión Subvencionable:

Los Activos que pueden ser objeto de ayuda son los que se contabilicen en los epígrafes siguientes del Plan General de Contabilidad de 2007:

  • 206 Aplicaciones informáticas.
  • 210 Terrenos y Bienes naturales (excepto turismo).
  • 211 Construcciones.
  • 212 Instalaciones técnicas.
  • 213 Maquinaria.
  • 214 Utillaje.
  • 215 Otras instalaciones.
  • 216 Mobiliario (solo comercio y turismo).
  • 217 Equipos para procesos de información.
  • 218 Elementos de transporte (solo turismo).
  • 219 Otro inmovilizado material.

Las inversiones en estos activos deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Volumen de inversión admisible, correspondiente al ejercicio en el que se solicita la ayuda, como mínimo de 100.000 euros en el sector industrial, 30.000 euros en el sector turístico y de 30.000 euros en el sector comercial.
  2. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta, únicamente, el importe de adquisición de activos realizada en el año de la solicitud de las mismas.
  3. El proyecto de inversión y la formalización de la/s póliza/s correspondientes deberán estar materializadas dentro del ejercicio 2010.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante una rebaja del tipo de interés del préstamo/leasing contratado para la financiación del proyecto de inversión.

Condiciones de los Préstamos subvencionables:

IMPORTE:Se considerará como importe subvencionable el menor de:

  • El 100% de la inversión subvencionable.
  • El importe del préstamo autorizado por la entidad financiera.

PLAZO: Como mínimo 5 años y máximo 7, incluyendo el período de carencia inicial el cual será, como máximo:

  • Préstamos a 7 años: 24 meses.
  • Préstamos a 6 años: 18 meses.
  • Préstamos a 5 años: 12 meses.
La SPRI podrá admitir plazos diferentes (siendo en todo caso el plazo mínimo de 5 años) a los anteriormente señalados, siempre que en el préstamo formalizado se recoja expresamente que el mismo se incluye en el presente Programa de Ayudas. Este hecho no modificará la cuantificación de las ayudas a conceder, cuantía que no excederá, en ningún caso, de la correspondiente a los préstamos a 7 años, con una carencia máxima de 24 meses.

VENCIMIENTOS: Como mínimo de carácter mensual.

TIPOS DE INTERÉS MÁXIMOS:

  • Para préstamos ICO: El tipo de interés ICO vigente
  • Para préstamos no ICO: El tipo señalado en el Convenio suscrito entre la SPRI y la Banca para el programa AFI

Condiciones del Leasing subvencionable:

Para ser subvencionables las operaciones de Leasing deben cumplir que:

  • Que la empresa beneficiaria se comprometa a ejercitar y ejercite en su momento la opción de compra, recogiéndose dicho compromiso en el documento de formalización correspondiente.
  • Que el arrendamiento financiero sea realizado por Entidad firmante del Convenio para la Financiación de Operaciones mediante Arrendamiento Financiero.

IMPORTE: Se considerará como importe subvencionable el menor de:

  • El 100% de la inversión subvencionable.
  • El importe del leasing autorizado por la entidad financiera.

PLAZO: Como mínimo 2 años y máximo 5

La SPRI podrá admitir plazos diferentes (siendo en todo caso el plazo mínimo de 2 años) a los anteriormente señalados, siempre que en el Leasing formalizado se recoja expresamente que el mismo se incluye en el presente Programa de Ayudas. Este hecho no modificará la cuantificación de las ayudas a conceder, cuantía que no excederá, en ningún caso, de la correspondiente a los arrendamientos financieros a 5 años.

VENCIMIENTOS: Como mínimo de carácter mensual.

TIPOS DE INTERÉS MÁXIMOS:

  • El tipo máximo será el señalado en el Convenio suscrito entre la SPRI y la Banca para el programa AFI

Cuantía de las Ayudas:

La ayuda se concretará en una rebaja del tipo de interés acordado en la operación que será de:

  • Con carácter general: 1,5 puntos
  • 0,50 puntos adicionales para operaciones avaladas por una S.G.R.

Notas:

  • El tipo de interés bonificado no podrá negativo
  • El importe máximo de préstamo/leasing que se puede subvencionar anualmente es de 1.500.000 €

Solicitudes y Plazo:

Solicitudes: La tramitación de solicitudes se hará en las entidades financieras colaboradoras.

Plazo de Solicitud: Hasta el 15 de octubre de 2010

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa AFI: 902 540 818

Información en la página de la SPRI

Ficha del Programa

Enlace a la Normativa