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El objeto de este programa es la concesión de ayudas para la renovación de los cerramientos acristalados de la vivienda habitual, por otros con unas prestaciones térmicas de alta eficiencia (ver Condiciones Generales en pdf); entendiendo como cerramiento acristalado, aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior, y así reducir el consumo de energía en el sector doméstico.
La cuantía total de la ayuda ascenderá hasta un máximo del 22% de la inversión (Base Imponible), siendo el coste máximo subvencionable por m2 de ventana de 450 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda.
Podrán acceder a la ayuda todas las personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de la vivienda objeto de renovación, o las personas que sean sus arrendatarias. La vivienda deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y tener carácter de vivienda habitual.
Esta ayuda debe ser solicitada por las personas que son beneficiarias de la misma, es decir, las señaladas en el punto anterior.
En todo caso, para ser subvencionables las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE y, en el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
El doble acristalamiento deberá ser del tipo Aislamiento Térmico Reforzado (ATR), teniendo un valor de transmitancia térmica (capacidad aislante o valor U) inferior o igual a:
- 1,50 W/m2.K, en el caso de que los vidrios vayan acompañados de carpinterías metálicas.
- 2,00 W/m2.K, en el caso de que los vidrios vayan acompañados de carpinterías NO metálicas (PVC, madera, mixta, poliuretano,…etc.)
Además, todos los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 9 de noviembre de 2010 hasta el día 31 de enero de 2011 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado si esto ocurre antes.
En todo caso se admiten inversiones hechas desde el día 1 de octubre de 2010 inclusive.
Información en la página del EVE:
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia
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