martes, 27 de julio de 2010

GOBIERNO VASCO: Programa MET 2010, Apoyo a la Modernización de las Empresas Turísticas

APOYO A LA MODERNIZACIÓN DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: MET 2010
NOTA: Si quieres hacer la solicitud ONLINE puedes consultar el TUTORIAL que te ayudará a hacerla paso a paso, al final de este artículo tienes el vínculo para acceder a él.


El Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco ha abierto el plazo para solicitar las ayudas del programa MET 2010. Estas ayudas tienen como finalidad apoyar los proyectos de inversión que realicen las empresas turísticas ubicadas en la CAV en las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información (TIC´s) que supongan una mejora de los instrumentos de gestión y comercialización de las empresas turísticas, así como los proyectos de modernización de las infraestructuras y equipamientos de los establecimientos turísticos acordes a los nuevos usos y demandas turísticas por medio de subvenciones a la inversión.

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes:

  1. Hoteles, Pensiones y Apartamentos turísticos
  2. Agroturismos y Casas Rurales
  3. Campings
  4. Restaurantes, Bares y Cafeterías
  5. Agencias de Viaje
  6. Empresas de turismo activo

Los establecimientos turísticos de los apartados 1, 2, 3 y 4 deberán estar inscritos en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco.


Por medio de éstas ayudas se subvencionarán las siguientes inversiones:

    PARA TODAS LAS EMPRESAS

  1. La mejora de los instrumentos de gestión y comercialización, a través de la utilización de las tecnologías de la comunicación y de la información (TIC´s):
    1. La adquisición e instalación de equipamiento informático, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial, desarrollada o adaptada específicamente para las empresas del sector turístico.
    2. La adquisición e instalación del equipamiento necesario para la habilitación de espacios WIFI en los establecimientos turísticos.
    3. La adecuación de los programas de gestión de los establecimientos de alojamiento hotelero para que incluyan dentro de sus utilidades la generación de un fichero XML que proporcione información estadística mensual a EUSTAT de acuerdo a las condiciones de contenido y formato establecidas en la Resolución de 18 de octubre de 2007.

  2. SÓLO PARA LAS EMPRESAS DE LOS GRUPOS 1, 2, 3 Y 4 ANTERIORES QUE ESTÉN INSCRITOS EN EL REGISTRO DE EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DEL PAÍS VASCO CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE TRES AÑOS

  3. Las inversiones dirigidas a la modernización y adecuación de los establecimientos conforme a los nuevos usos y demandas turísticas, tales como:
    1. Habilitación de espacios y adquisición del equipamiento necesario para la realización de degustaciones, catas, aprendizaje y exhibiciones que faciliten a los/las turistas el disfrute de experiencias gastronómicas y enológicas vinculadas a la cultura vasca.
    2. Sistemas de protección (mamparas, protecciones laterales, cubriciones provisionales y similares) y de calefactado para terrazas vinculadas a los establecimientos de hostelería e instaladas en espacios de uso público, acordes con las ordenanzas y autorizaciones municipales que, en cada caso, les sea de aplicación.
    3. Instalación y equipos de aire acondicionado.

  1. La inversión neta (sin IVA) será como mínimo de 600 euros a excepción de los proyectos relacionados con la generación de un módulo XML que no tendrán importe mínimo
  2. Tienen que tener establecido un periodo mínimo de amortización de 3 años
  3. Las inversiones deben localizarse en la CAV
  4. Los Hoteles, Pensiones, Apartamentos turísticos, Agroturismos, Casas Rurales, Campings, Restaurantes, Bares y Cafeterías deberán haber hecho la inscripción en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco con una antelación mínima de tres años a la fecha de publicación de la convocatoria anual de ayudas para poder solicitar las ayudas del apartado 2 anterior.
  5. Las Agencias de Viaje y las Empresas de turismo activo únicamente podrán acceder a las ayudas establecidas en el apartado 1 anterior y deberán acreditar el ejercicio de su actividad en el momento de presentación de la solicitud.

Los proyectos de inversión deberán comprender únicamente inversiones materializadas en el año 2010 (desde el 1 de enero), Y aquellas realizadas en 2009 pero sólo desde el 2 de agosto 2009 inclusive.


Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA)

  • Con carácter general:
    • 70% Para los proyectos relacionados con la generación de un módulo XML que proporcione información estadística mensual al Eustat con un máximo de 1.200 euros
    • 20% Para el resto de los proyectos
  • Incrementos:
    • 5% adicional si la entidad beneficiaria, a fecha de presentación de su solicitud acredite que el establecimiento objeto de mejora está en posesión de alguno de estos certificados de calidad: ISO 9001:2000, las Marcas de Calidad Turísticas concedidas por el Instituto para la Calidad Turística Española; o bien, los reconocimientos EFQM administrados por la Fundación Vasca para el Fomento de la Calidad, Euskalit
    • 5% adicional si la empresa acredita su condición de miembro o socio de alguna de las asociaciones empresariales de turismo de la CAV y/o de las asociaciones o entidades publico-privadas cuyo objetivo sea el desarrollo turístico de su área de influencia

El límite máximo de ayuda que podrá recibir una empresa será de 12.000 euros.


Los impresos de solicitud pueden conseguirse en:

  1. Las Oficinas Territoriales de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco
  2. La red de Oficinas de Dinamización para el Comercio
  3. En Internet haciendo clic aquí:

Solicitud Online del MET

Descarga del Impreso de Solicitud en formato pdf

Documento de Alta de Tercero

El lugar de presentación de las solicitudes serán las Oficinas Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco.


El último día para presentar la solicitud de las ayudas MET será el 30 de septiembre de 2010.



Para cualquier duda puedes enviar un mensaje de correo a la Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo haciendo click en esta imagen:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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