martes, 4 de marzo de 2014

Diputación Foral de Bizkaia 2014: Apoyo Financiero a la Inversión en Pymes, AFIPYME


PROGRAMA AFIPYME 2014: APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN EN PYMES

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Objeto de la Ayuda:
Subvencionar los intereses de las operaciones de financiación de inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica realizados por pymes.
Beneficiarios:
Empresas de Bizkaia con una plantilla de entre 6 y 100 personas cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria y Comercio al por mayor.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
  • Tener su domicilio social y fiscal en Bizkaia
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la S.S.
  • No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
Proyectos Subvencionables:
Serán subvencionables las inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica. El importe mínimo de estas inversiones será de 30.000 euros.

NOTA: Las inversiones deberán materializarse en el período abarcado desde el 1 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014

Será subvencionable el inmovilizado que pertenezca a alguna de las siguientes categorías del Plan General de Contabilidad:
  • 206- Aplicaciones informáticas
  • 211-Construcciones (excluidas la adquisición y la construcción de inmuebles)
  • 212- Instalaciones Técnicas
  • 213- Maquinaria
  • 215- Otras Instalaciones
  • 217- Equipos para procesos de información
  • 218- Elementos de transporte (solo para organizaciones cuya actividad principal sea el transporte de personas y/o mercancías)
No se considerarán gastos subvencionables los siguientes supuestos:
  • Documentos justificativos de gastos inferiores a 500 euros (I.V.A. no incluido)
  • El I.V.A.
  • Los intereses relativos a lineas de crédito en cualquiera de sus modalidades
  • Comisiones bancarias
  • Gastos realizados a través de empresas o personas vinculadas a la empresa solicitante
  • Todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria
Cuantía de las Ayudas:
La subvención será la equivalente al 8% del importe de la inversión subvencionable.

El importe máximo de ayuda por entidad y año será de 50.000 euros.
Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica ( www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
Plazo de Solicitud:
En 2014 el plazo de solicitud será del 1 al 30 de septiembre de 2014 a las 13:30 horas.
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Enlace a la Normativa

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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