jueves, 30 de junio de 2011

GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2011, Modernización de Equipamientos en el Comercio

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2011

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.

Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:

  • Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales.

  • Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial cerrado, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por los propios titulares de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de propietarios. Cada titular de los establecimientos comerciales integrados en el centro podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.
  • Las balanzas electrónicas, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial

Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que se incorporen al activo de la empresa
  2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 2.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 600 euros
  3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
  4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
  6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
  7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
  8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2011. Se podrán admitir inversiones de 2010, siempre que hayan sido realizadas a partir del 1 de octubre de 2010 inclusive

NOTAS:

  • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
  • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:

  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 15% de la inversión admisible en el caso de inversiones en reforma, modernización del local, mobiliario y equipamientos
  • 20% de la inversión admisible en el caso de inversiones en balanzas y equipamiento informático
  • ADICIONALMENTE
  • 2 puntos adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
  • 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175000
  • 3 puntos adicionales para comercios con certificación de Comercio Excelente

Notas:

  • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 12.000 euros por establecimiento y año
  • El incremento adicional máximo por certificaciones de calidad será de 5 puntos
  • Se deberá presentar una solicitud por cada establecimiento en el que se realicen inversiones subvencionables

Tramitación de las Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de solicitudes se puede hacer de dos maneras:

En papel: Completando el impreso correspondiente y presentándolo, junto con la documentación exigida, en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo

Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso se dan dos situaciones:

  1. Si el comercio no dispone de Certificado digital: se habrá de presentar la copia en papel junto con la documentación exigida en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo
  2. Si el comercio sí dispone de Certificado digital: basta con hacer el envío de la solicitud por Internet, a la que se adjuntará la copia escaneada de la documentación.

ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 16 de septiembre de 2011

Notas:

En el supuesto de completar la solicitud por Internet y de disponer de un Certificado Electrónico no es necesario presentar la solicitud en papel

Enlaces:

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:

Impreso de Solicitud



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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