miércoles, 8 de junio de 2011

Diputación Foral de Bizkaia 2011: Fomento del autoempleo y la creación de empresas

FOMENTO DEL AUTOEMPLEO Y LA CREACIÓN DE EMPRESAS

Objeto de la Ayuda:

El objeto de este programa es proporcionar ayudas a la puesta en marcha durante el primer año de funcionamiento de nuevas empresas

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas todas las empresas y profesionales, independientemente de su forma jurídica que cumplan los siguientes requisitos:

En todo caso una persona promotora no podrá participar en más de un proyecto empresarial

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán por medio de subvenciones a fondo perdido.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:

  • El Arrendamiento del local donde se ubique el negocio
  • Suministros(luz, agua, teléfono)
  • Primas de seguros
  • Limpieza y mantenimiento
  • Material de oficina
  • Servicios profesionales independientes
  • Publicidad y promoción
  • Cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen autónomos, así como por contingencias comunes en el régimen general, generados durante un período máximo de un año a partir del alta en el IAE

Cuantía de las Ayudas:

La cuantía de la subvención, será de 4.000 euros por persona socia trabajadora de la empresa. Entendiéndose por tal aquella que siendo socia de la empresa está dada de alta en el régimen de autónomos

Dicha cantidad ascenderá a 5.000 euros si la persona o personas promotoras pertenecen a uno de los siguientes colectivos:

  • Mujeres
  • Personas en riesgo de exclusión social, atendiendo a lo dispuesto en el art 8 del decreto regulador

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las solicitudes se hará en la Oficina virtual Departamento de Promoción Económica

ENLACE A LA OFICINA VIRTUAL

La tarjeta para darse de alta en el Servicio Bizkaibai podrá ser solicitada en las oficinas del Departamento de Promoción Económica (Obispo Orueta. 6-48009 Bilbao) o en las Oficinas del Departamento de Hacienda

Plazo de Solicitud:

El plazo para realizar los gastos subvencionables es desde el 1 de enero de 2011 hasta el 30 de diciembre de 2011

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda está pendiente de convocatoria en 2011

Notas:

Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.

Enlaces:

Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08/94 406 80 38

Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia

Enlace a la Normativa



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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