martes, 7 de junio de 2011

Diputación Foral de Bizkaia 2011: Apoyo Financiero a Autónomos, AFA


PROGRAMA AFA 2011: APOYO FINANCIERO A AUTÓNOMOS

Objeto de la Ayuda:

Ayudar a la financiación de las inversiones realizadas por las personas autónomas de Bizkaia.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas que ejerzan una actividad económica, que estén dadas de alta en RETA (Régimen de Autónomos), y hayan suscrito un préstamo con cualquier entidad financiera, siempre que disponga de al menos de una sucursal en Bizkaia, para la realización de inversiones de mejora, ampliación o renovación de su actividad.

Estas personas beneficiarias, deberán cumplir además, los siguientes requisitos:

  • Acreditar residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • El centro de actividad, radicará también en Bizkaia
  • Hallarse al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social
  • Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas

En el caso de extinción o transformación de la empresa beneficiaria se aceptará el cambio de beneficiario por medio de subrogación.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.

Proyectos Subvencionables:

Serán subvencionables los préstamos concedidos por entidades financieras que hayan suscrito convenio de colaboración con la Diputación Foral de Bizkaia y que se destinen a destinen a inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica.

NOTA: Los préstamos habrán de ser formalizados en el período abarcado desde el uno de enero de 2011 hasta el 30 de octubre de 2011

En concreto, a los efectos de esta ayuda serán subvencionables los préstamos destinados para la realización de las siguientes inversiones en inmovilizado material, de acuerdo con el Plan General Contable:

  • 212- Instalaciones Técnicas
  • 213- Maquinaria
  • 214- Utillaje
  • 215- Otras Instalaciones
  • 217- Equipos para procesos de información
  • 218- Elementos de transporte

Cuantía de las Ayudas:

El importe de la subvención a otorgar será la cantidad resultante de aplicar el 4 por ciento al importe del préstamo subvencionable, con los siguientes límites a la cuantía:

  • Límite inferior: Subvención neta equivalente de 400 euros, correspondiente a un préstamo mínimo de 10.000 euros
  • Límite superior: Subvención neta máxima de 4.000 euros, correspondiente a un préstamo de 100.000 euros

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de solicitudes se puede hacer de dos maneras:

Presencial: En el Servicio de Empleo y Gestión del Conocimiento del Departamento de Promoción Económica (Obispo Orueta, 6-48009 Bilbao)

Por Internet: En el portal de la Oficina Virtual de Promoción Económica: ENLACE A LA SOLICITUD ONLINE

Entidades Financieras Colaboradoras:

La lista de entidades que colaboran en este programa se puede consultar en esta página: ENLACE

Plazo de Solicitud:

En 2011 el plazo de solicitud será del 1 de enero de 2011 al 30 de octubre de 2011

Notas:

Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.

Enlaces:

Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08/94 406 80 38

Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia

Enlace a la Normativa



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


SI ESTA NOTICIA TE PARECE INTERESANTE COMPÁRTELA EN LA RED:
















No hay comentarios:

Publicar un comentario