AYUDAS PARA EL SOSTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA
OBJETO DE LA AYUDA
BENEFICIARIOS
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
FECHA LÍMITE PARA LA SOLICITUD
FORMA DE PAGO
TELÉFONOS DE INFORMACIÓN
ENLACES DE INTERÉS
El sostenimiento de la actividad productiva durante los próximos seis meses.
Personas trabajadoras autónomas que realicen una actividad empresarial en la CAPV y reúnan los siguientes requisitos:
- No haber capitalizado el desempleo en los 6 meses anteriores a la solicitud
- No tener trabajadores por cuenta ajena
- Haber disminuido la facturación del primer semestre de 2009 en, al menos, un 35% respecto al año anterior
- Tener la cobertura de Incapacidad temporal (IT)
No podrán acogerse las personas trabajadoras autónomas socias de sociedades cooperativas o de sociedades laborales.
1.125 Euros por persona (equivale al 75% de la cotización mínima de la Seguridad Social, incluyendo la incapacidad temporal).
Hasta el 19 de diciembre de 2010
- 50% en el momento de la concesión
- 50% tras acreditar el pago de las cuotas a la Seguridad Social de los seis meses posteriores a la concesión
- 901 222 901
- 945 160 600
Enlace a la página de información del Gobierno Vasco
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