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jueves, 22 de diciembre de 2022

Programa de Modernización del comercio: Fondo Tecnológico 2022

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO: FONDO TECNOLÓGICO 2022

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

Apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible del sector comercial.

Beneficiarios:

  • Microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
    • La PYME deberá de tener su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi.
    • La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).
    • El alta efectiva en el CNAE debe coincidir o ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Gastos Subvencionables:

  1. Gastos dirigidos a la transformación digital: serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.
  2. Gastos referidos a transformación del punto de venta: serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
  3. Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular: serán aquellos proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.
  4. Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad: serán aquellos proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular.

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones deben estar comprendidos en el período que va entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023, ambos incluidos.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables que podrán llegar al 100% del gasto realizado (sin IVA).

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 19 de enero de 2023.

Enlaces:



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 24 de octubre de 2022

KIT DIGITAL: Tu camino a la digitalización


KIT DIGITAL 2022


Esta información también puedes leerla en euskera

El Programa Kit Digital tiene como objetivo la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos mediante la adopción de soluciones de digitalización que se encontrarán dentro del Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de esta ayuda?

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y autónomos con domicilio fiscal en territorio español que cumplan además:
  1. Tener la consideración de pyme.
  2. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de Hacienda.
  3. No tener la consideración de empresa en crisis.
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  5. No tener devoluciones de subvenciones pendientes.
  6. No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  7. No superar el límite de ayudas de minimis.

Cuantía de las ayudas:

Segmentos de beneficiarios
Importe del «bono digital»
Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 menos de 50 empleados.
12.000 euros
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
6.000 euros
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.
2.000 euros

Asimismo, los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y Segmento son los siguientes:
Categorías de Soluciones de Digitalización
Meses de prestación del servicio
Ayudas por segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización
Segmento III
0-2 empleados
Segmento II
3-9 empleados
Segmento I
10-49 empleados
Sitio Web y Presencia en Internet.
12
2.000 euros
2.000 euros
2.000 euros
Comercio Electrónico.
12
2.000 euros
2.000 euros
2.000 euros
Gestión de Redes Sociales.
12
2.000 euros
2.500 euros
2.500 euros
Gestión de Clientes.
12
2.000 euros
(incluye 1 usuario)
2.000 euros
(incluye 1 usuario)
4.000 euros
(incluye 3 usuarios)
Business Intelligence y Analítica.
12
1.500 euros
(incluye 1 usuario)
2.000 euros
(incluye 1 usuario)
4.000 euros
(incluye 3 usuarios)
Gestión de Procesos.
12
500 euros
(incluye 1 usuario)
2.000 euros
(incluye 3 usuarios)
6.000 euros
(incluye 10 usuarios)
Factura Electrónica.
12
500 euros
(incluye 1 usuario)
1.000 euros
(incluye 3 usuarios)
1.000 euros
(incluye 3 usuarios)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual.
12
250 euros / usuario
(hasta 2 usuarios)
(hasta 9 usuarios)
(hasta 48 usuarios)
Comunicaciones Seguras.
12
125 euros / usuario
(hasta 2 usuarios)
(hasta 9 usuarios)
(hasta 48 usuarios)
Ciberseguridad.
12
125 euros / dispositivo
(hasta 2 dispositivos)
(hasta 9 dispositivos)
(hasta 48 dispositivos)

Tipo de ayuda:

Estas ayudas son a fondo perdido.

¿Cómo solicitar el Bono Digital?

  1. Es necesario registrarse en la página www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico.
  2. Hay que consultar el catálogo de soluciones digitales, donde se podrá escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores. Las que mejor se adapten a cada negocio.
  3. Solicitar la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es). Completando todos los pasos del formulario.
Las soluciones son las ofertadas dentro del catálogo que puede consultarse aquí, y para ser subvencionables deben cumplir las condiciones que se especifican: CATÁLOGO DE SOLUCIONES DIGITALES.

Las soluciones digitales deben contratarse con un agente digitalizador homologado, en caso contrario la inversión no sería subvencionable. Se puede consultar el listado de agentes y soluciones en este enlace: Catálogo de agentes digitalizadores.

¿Cómo usar el bono digital?

  1. Elegir un agente del catálogo de agentes digitalizadores con el que desarrollar la solución digital.
  2. Contactar con el agente digitalizador y suscribir el acuerdo de prestación de soluciones digitales.

Plazo de solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 20 de octubre de 2023.

Más Información:

Información en Acelera Pyme

Enlace a la normativa

Enlace a la normativa



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 6 de julio de 2022

Ayudas para los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco 2022

AYUDA EXTRAORDINARIA A LOS SECTORES DEL EQUIPAMIENTO PERSONAL Y DEL HOGAR 2022


Esta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la ayuda:

Ayudar a paliar la situación de pérdida económica directa de todas las empresas de los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista de Euskadi, en un contexto de dificultad sobrevenido que ha afectado a su actividad comercial.

Beneficiarios:

Personas trabajadoras por cuenta propia, comunidades de bienes, sociedades civiles y, las micro y pequeñas empresas del comercio minorista vasco cuya actividad se encuadre entre las relacionadas en la Orden reguladora y, cuyo establecimiento comercial se encuentre en la Comunidad Autónoma Vasca.

Tipo de ayuda:

Estas ayudas son a fondo perdido.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la ayuda se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial con anterioridad al 24 de febrero de 2022, según la siguiente tabla:
  • Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 2.000 euros.
  • Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 3.000 euros.
En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad.

Plazo para presentar las solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 27 de junio de 2022 a las 09:00 h y finalizará el 27 de julio de 2022 a las 08:59,99h.

Tramitación:

Las solicitudes de subvenciones deberán presentarse a través de esta página en el apartado SOLICITUD.

Más Información:

Información en la página de Gobierno Vasco

Preguntas frecuentes sobre la ayuda

Enlace a la normativa


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 17 de mayo de 2022

BONOS Gobierno Vasco 2022: 5.000.000 de euros para impulsar el consumo

EUSKADI BONO COMERCIO 2022

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Objeto

Esta ayuda tiene como objeto el fomento del consumo de bienes en las tiendas de la CAPV.

Para ello se pondrán bonos a disposición de la ciudadanía de Euskadi para que puedan comprar en los establecimientos adheridos a la campaña.

Funcionamiento

Se subvencionarán las compras de bienes en los comercios adheridos a la campaña a través de un bono descuento.

Cada tienda dispondrá de un número determinado de bonos para ser usados en ella.

Cada "Euskadi bono-comercio" tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€.

Cada persona, identificada mediante DNI, podrá sumar un máximo de cinco bonos descuento por un valor de 50€ que podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento.

Gestión

Para participar en la campaña y recibir los bonos, los comercios deberán apuntarse en la aplicación creada al efecto en la página: http://euskadibonodenda.eus/

A los establecimientos adheridos se les facilitará la documentación necesaria y el material promocional del programa. junto con los bonos que le correspondan. Estos bonos no serán físicos.

AVISO: Los comercios no podrán reservar ni retener bonos para su clientela habitual y habrán de exponer en lugar bien visible su participación en el programa.

Plazos

El plazo para apuntarse a esta campaña finaliza el 26 de mayo de 2022.


Habrá dos periodos para que los clientes usen los bonos en las tiendas:
  • PRIMER PERIODO: Hasta el 3 de julio de 2022.
  • SEGUNDO PERIODO: Del 1 de octubre al 4 de diciembre de 2022.


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 16 de mayo de 2022

GOBIERNO VASCO: MEC 2022, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2022

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial o de servicios.

El establecimiento comercial o de servicios deberá estar en la Comunidad Autónoma Vasca y su actividad debe encuadrarse entre las relacionadas en la norma de la Ayuda.

Será requisito necesario ejercer la misma actividad comercial o de servicios en el establecimiento objeto de subvención, con alta efectiva en el Impuesto sobre Actividades Económicas, durante mínimo un año antes de la fecha de presentación de solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial: inversiones dirigidas a la reforma y modernización del establecimiento comercial o de servicios realizadas a través de obras e inversiones en el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto. (Inversión mínima 3.000 euros)
  • Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: equipos y aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, adecuación a la normativa fiscal, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web. (Inversión mínima 750 euros)

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones deben estar comprendidos en el período que va entre el 29 de junio de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022, ambos incluidos.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 30% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 30 de septiembre de 2022

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 18 de febrero de 2022

Plan MOVES III 2022

MOVES III 2022: INCENTIVOS LIGADOS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA

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Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas:
  • Las personas físicas que desarrollen actividades económicas.
  • Las personas jurídicas con domicilio fiscal en la CAE.
  • Otros beneficiarios: consultar.

Inversión subvencionable:

  1. Será actuación subvencionable la adquisición directa, por leasing o arrendamiento de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible nuevos, matriculados por primera vez en España.

  2. Los vehículos susceptibles de ayudas deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes:
    • Turismos M1
    • Furgonetas o camiones ligeros N1
    • Cuadriciclos ligeros L6e
    • Cuadriciclos pesados L7e
    • Motocicletas L3e, L4e, L5e
    • Los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados deben figurar en la Base de Vehículos del IDAE.

  3. Los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa.

Cuantía de las Ayudas:

En el caso de autónomos las ayudas serán las siguientes:
Motorización
Categoría
Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP
Límite precio venta vehículo (€) sin IVA
Ayuda (€
Sin achatarramiento
Con achatarramiento
Pila de combustible (FCV, FCHV)
M1
-
-
4.500 €
7.000 €
PHEV, EREV, BEV
Mayor o igual de 30 y menor de 90
45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas).
2.500 €
5.000 €
Mayor o igual de 90
4.500 €
7.000 €
PHEV, EREV, BEV, Pila combustible
N1
Mayor o igual de 30
-
7.000 €
9.000 €
BEV
L6e
-
1.400 €
1.600 €
L7e
1.800 €
2.000 €
L3e, L4e, L5e, con P = 3kW
Mayor o igual de 70
10.000
1.100 €
1.300 €

En el caso de personas jurídicas las ayudas serán las siguientes:
Motorización
Categoría
Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP
Límite precio venta vehículo (€) sin IVA
Ayuda (€
Sin achatarramiento
Con achatarramiento
PYME
Gran empresa
PYME
Gran empresa
Pila de combustible (FCV, FCHV)
M1
-
-
2.900 €
2.200 €
4.000 €
3.000 €
PHEV, EREV, BEV
Mayor o igual de 30 y menor de 90
45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 ó 9 plazas).
1.700 €
1.600 €
2.300 €
2.200 €
Mayor o igual de 90
2.900 €
2.200 €
4.000 €
3.000 €
PHEV, EREV, BEV, Pila combustible
N1
Mayor o igual de 30
-
3.600 €
2.900 €
5.000 €
4.000 €
L6e
800 €
1.000 €
L7e
1.200 €
1.500 €
L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3kW
Mayor o igual de 70
10.000
750 €
700 €
950 €
900 €

Forma de hacer las solicitudes:

La tramitación de estas ayudas se efectuará exclusivamente por medios electrónicos en este ENLACE.

Plazo de Solicitud:

Estas ayudas estarán disponibles durante todo el año 2022.

Enlaces:

Información en la página del EVE
Información en la página del Gobierno Vasco

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 4 de febrero de 2022

Ayudas Next Generation EU

AYUDAS DE LANBIDE A LA INVERSIÓN 2022


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Dentro de las ayudas Unión Europea-NextGenerationEU se va a abrir una línea para microempresas.

Objeto de la ayuda:

Ayudar al mantenimiento del empleo.

Beneficiarios:

Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen su actividad y tengan al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi y cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y un volumen de negocio no superior a dos millones de euros.

Tipo de ayuda:

Estas ayudas son a fondo perdido.

Inversiones subvencionables:

Hay dos líneas de inversión subvencionable:
  1. Inversiones para la transición ecológica:
    1. Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
    2. Instalaciones de energías no contaminantes y renovables.
    3. Equipamiento energéticamente eficiente destinado a la actividad, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A+++, A++ y A+, o equivalentes).
    4. Equipos de climatización, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A+++, A++ y A+, o equivalentes).
    5. Certificaciones medioambientales (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc., comprendiendo aquí la inversión de la implantación acometida.
    6. Elementos de transporte eléctricos o híbridos enchufables afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional; puntos de recarga eléctrica.
    7. Soluciones de economía circular para avanzar en la sostenibilidad de la empresa: soluciones que reduzcan consumos, en general y de materia prima y energía, en particular; que reduzcan la generación de residuos; que incrementen la reutilización; que mejoren la eficiencia de uso del agua o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero. Soluciones que posibiliten un diseño del producto y proceso embalaje alternativo que elimine o reduzca la generación de residuos.
    8. Implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad, relacionados con la actividad económica.
  2. En el caso de inversiones para la transición digital:
    1. Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software.
    2. Inversiones de despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica.
    3. Implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la empresa: almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio (clientes, proveedores, etc.), soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones tecnológicas de experiencia del cliente (realidad aumentada, realidad virtual, realidad inmersiva, etc.), soluciones de facturación electrónica (incluido el software de facturación para el sistema TicketBAI-TBAI), gestión de servicios al cliente, terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, etc.
    4. Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares).


Inversión mínima:

Las inversiones realizadas deberán tener un importe mínimo de 600 euros, IVA excluido.


Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la ayuda asciende a 5.000 euros por microempresa.

Plazo para realizar las inversiones:

Las empresas deberán acreditar haber realizado y pagado las inversiones entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Plazo para presentar las solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 14 de febrero de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.

Tramitación:

Las solicitudes de subvenciones deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la CAPV: Sede electrónica

Se dispondrá también de un enlace de acceso a la misma en la página web de LANBIDE: LANBIDE.

Más Información:

Ficha de la ayuda en la web de LANBIDE

Enlace a la normativa


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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sábado, 1 de enero de 2022

ICO garantía SGR/SAECA 2022

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2022

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Beneficiarios:

Autónomos y empresas que realicen inversiones en territorio nacional o que necesiten cubrir necesidades de liquidez y que cuenten con el aval de una SGR o SAECA.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos o leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Necesidades de liquidez: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

  2. Inversiones productivas:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
    • Vehículos turismos e industriales.
    • Adecuación y reforma de instalaciones.
    • Adquisición de empresas.
    • Creación de empresas.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 2 millones de euros por empresa y año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo o leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA: La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avale, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.

Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto: Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.

Tipo de interés:  fijo o variable, que será elegido por el cliente. Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
  • De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal.
  • De 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia.
  • De 10, 12 y 15 años con 0, 1, 2 ó 3 años de carencia.
Comisiones:
  • La SGR o SAECA podrá aplicar hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio.
  • La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.
Garantías: La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

Coste de los avales:

La SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4,30% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no tiene cuota mutualista.

Solicitudes:

La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito, en las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) o en SAECA.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2022.

Notas:

Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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Ayudas y Subvenciones del Gobierno Vasco 2022


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL GOBIERNO VASCO: AÑO 2022


MEC 2022, Modernización de Equipamientos Comerciales


Ayudas para los subsectores del equipamiento personal y del hogar 2022


Programa de Modernización del comercio: Fondo Tecnológico 2022


BONOS Gobierno Vasco 2022: 5.000.000 de euros para impulsar el consumo


Gobierno Vasco: Ayudas EMET 2022 para el turismo


Ayudas Next Generation EU


Ayudas al ocio nocturno 2022



VOLVER A "AYUDAS Y SUBVENCIONES 2022"

Ayudas y Subvenciones de Diputación, Ayuntamientos y entes locales 2022


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE DIPUTACIÓN, AYUNTAMIENTOS Y ENTES LOCALES: AÑO 2022


No hay ayudas publicadas a la fecha



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Ayudas y Subvenciones del ICO 2022


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ICO: AÑO 2022

ICO empresas y emprendedores 2022


ICO crédito comercial 2022


ICO garantía SGR/SAECA 2022



VOLVER A "AYUDAS Y SUBVENCIONES 2022"

Ayudas y Subvenciones del EVE-Ente Vasco de la Energía 2022


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ENTE VASCO DE LA ENERGÍA (EVE/EEE): AÑO 2022

Plan MOVES III 2022


VOLVER A "AYUDAS Y SUBVENCIONES 2022"

Ayudas y Subvenciones de la SPRI 2022


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA SPRI: AÑO 2022

No hay ayudas publicadas a la fecha



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ICO empresas y emprendedores 2022

ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2022


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Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio español y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
  • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  • Desarrollar los proyectos de inversión y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades de liquidez tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
  • Necesidades tecnológicas.
  • Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
  • Vehículos turismos e industriales.
  • Adecuación y reforma de instalaciones.
  • Adquisición de empresas.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
Comisiones: La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2022

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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Ayudas y Subvenciones 2022


AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2022



GOBIERNO VASCO
SPRI
ICO: Instituto de Crédito Oficial
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
Diputación, Ayuntamientos y Entes Locales

ICO crédito comercial 2022

ICO CRÉDITO COMERCIAL 2022

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Beneficiarios:

Autónomos, empresasy emprendedores con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.

Modalidad de la financiación:

La Entidad de Crédito y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes.

Conceptos Financiables:

  • Anticipos de facturas con un vencimiento no superior a 180 días.
  • Prefinanciación: Necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de venta en territorio nacional.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12.500.000,00 euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés: variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según la tipología de la operación.

Comisiones:
  • La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación.
  • En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1% sobre el importe cancelado.
Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación.

TAE máxima: La TAE no podrá superar el tipo de interés más hasta 2,30%.

Solicitudes:

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2022.

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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