jueves, 12 de enero de 2017

ICO Empresas y Emprendedores 2017

ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2017


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Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio nacional y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
  • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Liquidez: Hasta el 100% para gastos de circulante.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA (vehículos industriales sin ninguna limitación).
    • Adquisición de empresas
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Rehabilitación de viviendas y edificios para particulares.
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2016.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
Dependiendo del destino de la financiación se puede escoger entre las siguientes alternativas:
  1. Para liquidez 100%:
    • Plazo de amortización de 1 a 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
  2. Para inversión:
    • Plazo de amortización de 1 a 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 12, 15 ó 20 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Comisiones:  la Entidad de Crédito no puede cobrar comisión, salvo por amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2,50% (más información).

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 7 de diciembre de 2017

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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