LÍNEA DE AYUDAS: ICO LIQUIDEZ 2011
VIGENCIA
BENEFICIARIOS
PLAZO DE AMORTIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES
IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR EMPRESA
TIPO DE INTERÉS
COMISIONES
CANCELACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN
GARANTÍAS
Enlaces a la página del ICO
Hasta el 19 de diciembre de 2011.
Autónomos y empresas, con independencia de su tamaño, que se encuentren al corriente de pago con la Entidad de Crédito concedente.
El cliente podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal:
- 1 año con amortización única al vencimiento.
- 3 años, sin carencia o con 1 año de carencia para el pago del principal.
- 5 años, sin carencia o con 1 año de carencia para el pago del principal.
- 7 años, sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal.
- TIPO DE INTERÉS:
- Modalidad A: Son operaciones en las que la financiación y el riesgo es compartido entre el ICO y la Entidad de Crédito.
Tipo fijo medio de los dos tipos siguientes:
- Para el 50% de los fondos aportados por ICO: Tipo de cesión Fijo más hasta el margen que se establezca (2,50% ó 3%).
- Para el 50% de los fondos aportados por la Entidad de Crédito: Tipo de cesión Fijo más hasta el margen que se establezca (2,50% ó 3%), más un diferencial. El tipo final no podrá ser superior en un 1,50% al del tramo anterior.
- Modalidad B: Son operaciones en las que el 100% de la financiación la aporta el ICO y el riesgo es asumido en su totalidad por la Entidad de Crédito.
Tipo de cesión Fijo más un diferencial hasta el 2%.
La entidad podrá alicar una comisión de hasta el 0,50% en el momento de formalización.
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación.
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:
- Hipotecarias
- Personales
- Avales mancomunados o solidarios
- Sociedades de Garantía Recíproca
Más información en:
WEB: www.icodirecto.es
TELÉFONO: 900 121 121
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia
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