LÍNEA DE AYUDAS: ICO INVERSIÓN 2011
VIGENCIA
BENEFICIARIOS
IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR EMPRESA
FINANCIACIÓN MÁXIMA
INVERSIONES FINANCIABLES
PLAZO DE AMORTIZACIÓN
TIPO DE INTERÉS
COMISIONES
AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN
GARANTÍAS
COMPATIBILIDAD DE AYUDAS
Enlaces a la página del ICO
Hasta el 19 de diciembre de 2011.
Autónomos, Pymes y resto de empresas que lleven a cabo inversiones en territorio nacional
Hasta 10 millones de euros en una o varias operaciones.
El 100 % del proyecto de inversión IVA incluído.
- INVERSIONES FINANCIABLES :
- Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
- Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (sin IVA) no supere los 30.000 euros.
- Adquisición de Empresas.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).
La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2010, y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
El cliente podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal:
- 3 años sin carencia para el pago del principal.
- 5 años, sin carencia o con 1 año de carencia para el pago del principal.
- 7 años, sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal.
- 10 años, sin carencia o con 3 años de carencia para el pago del principal.
- 12 años, sin carencia o con 3 años de carencia para el pago del principal.
- 15 años, sin carencia o con 3 años de carencia para el pago del principal.
- 20 años, sin carencia o con 3 años de carencia para el pago del principal.
- Variable, Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 1,50%
El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisión de apertura, estudio o de disponibilidad.
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:
- Tipo variable: Puede aplicarse una comisión en los primeros dos años.
- Tipo fijo: Siempre se aplicará una comisión en las amortizaciones anticipadas.
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
El cliente debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.
Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:
- Hipotecarias
- Personales
- Avales mancomunados o solidarios
- Sociedades de Garantía Recíproca
Esta Línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea
Más información en:
WEB: www.icodirecto.es
TELÉFONO: 900 121 121
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia
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