martes, 23 de abril de 2024

GOBIERNO VASCO: MEC 2024, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2024

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial o de servicios.

El establecimiento comercial o de servicios deberá estar en la Comunidad Autónoma Vasca y su actividad debe encuadrarse entre las relacionadas en la norma de la Ayuda.

Será requisito necesario ejercer la misma actividad comercial o de servicios en el establecimiento objeto de subvención, con alta efectiva en el Impuesto sobre Actividades Económicas, durante mínimo un año antes de la fecha de presentación de solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial: inversiones dirigidas a la reforma y modernización del establecimiento comercial o de servicios realizadas a través de obras e inversiones en el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto. (Inversión mínima 3.000 euros sin IVA)
  • Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: equipos y aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, adecuación a la normativa fiscal, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web. (Inversión mínima 1.000 euros sin IVA)

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones deben estar comprendidos en el período que va entre el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 40% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 30 de septiembre de 2024

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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