jueves, 19 de noviembre de 2020

Ayudas a la Hostelería vasca 2020

AYUDAS A LA HOSTELERÍA VASCA 2020

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es paliar la situación de pérdida económica directa de bares, restaurantes y similares que han visto cómo sus actividades han sido suspendidas como consecuencia de la publicación del Decreto 38/2020 del Lehendakari en el que se determina el cierre total para el servicio a las personas de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea alguna de las siguientes:

Actividades encuadradas en la sección «I», de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas «Servicios de Comidas y Bebidas»:
  • División CNAE 56: servicios de comidas y bebidas.
  • Grupo CNAE 561: restaurantes y puestos de comidas.
    • Clase CNAE 5610: restaurantes y puestos de comidas, con excepción de aquellas en las que el reparto de comida a domicilio o el servicio para llevar suponga el objeto principal de su actividad.
  • Grupo CNAE 563: establecimientos de bebidas.
    • Clase CNAE 5630: establecimientos de bebidas y, además, salas de baile o discotecas.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Cuantía de las Ayudas:

La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras en el establecimiento o centro de trabajo al que se refiera la solicitud en situación de alta a fecha de 25 de octubre de 2020, fecha de la declaración del estado de alarma, según la siguiente tabla:
  • Establecimientos con 1-3 personas trabajadoras: 3.000 euros.
  • Establecimientos de 4-10 personas trabajadoras: 3.500 euros.
  • Establecimientos de más de 10 personas trabajadoras: 4.000 euros.
En todos los casos, el cómputo total de personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Presencial: Completando la solicitud online y depositándola en las oficinas de zuzenean con cita previa: SOLICITUD
  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital (obligatorio para personas jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica: ENLACE


Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 10 de diciembre de 2020

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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