AYUDAS PARA INCENTIVAR EL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL 2018
Esta información también puedes leerla en euskeraObjeto de la Ayuda:
El objeto de esta ayuda es apoyar la implantación y desarrollo de proyectos de actuación que pongan en marcha acciones de fomento del emprendimiento y para gastos de constitución, puesta en marcha e inversiones para la creación y crecimiento de la empresa, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.Beneficiarios:
Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden los autónomas y autónomos y pequeñas y medianas empresas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial, incluidas las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles.Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.Proyectos Subvencionables:
Serán subvencionables los gastos e inversiones de las nuevas empresas comerciales (alta en el IAE a partir del 1 de julio de 2017) o de ampliación de las empresas comerciales existentes:- Gastos de constitución: registro, notaría, asesoría, proyectos técnicos.
- Gastos de puesta en marcha: alquiler de local, estudios de viabilidad, registro de marcas, diseño de la imagen corporativa.
- Inversiones en activos fijos necesarios para la creación y crecimiento de la empresa: adecuación de las instalaciones; adquisición del mobiliario y equipamiento, incluido el informático, así como la implementación de soluciones tecnológicas, siempre que se justifique como necesario para el desarrollo de la iniciativa objeto de ayuda.
- Los elementos de transporte serán subvencionables siempre que la actividad de la empresa subvencionada se desarrolle en los mismos o resulten imprescindibles para su desarrollo.
- La compra de terrenos, edificaciones y locales.
- Los gastos de personal.
- Los gastos generales de mantenimiento de negocio.
- No se subvencionarán gastos correspondientes a publicidad on-line (Google adwords, publicidad en redes sociales, ni gastos por publicidad en otras páginas web, salvo las dirigidas a segmentos de mercado específicos o especializados), ni la gestión de redes sociales (community managers), ni ningún otro gasto correspondiente a posicionamiento o incremento de presencia en internet.
Cuantía de las Ayudas:
Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con el siguiente importe:- 70% de la inversión admisible con el máximo de ayuda de 20.000 euros por empresa.
Tramitación de las Solicitudes:
- Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital.
Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será hasta el 9 de noviembre de 2018Enlaces:
Enlaces a la Normativa:AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia
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