miércoles, 30 de mayo de 2018

GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2018, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2018

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2017/06/eusko-jaurlaritza-mec-programa-2017.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:
El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.
Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.
Beneficiarios:
PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de un año en el momento de presentación de la solicitud.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.
Proyectos Subvencionables:
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a:
    • La reforma y modernización del local
    • El mobiliario
    • Los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales
  • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial
Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. Que se incorporen al activo de la empresa
  2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 5.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 1.500 euros
  3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
  4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
  6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
  7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
  8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2018. Se podrán admitir inversiones de 2017, siempre que hayan sido realizadas a partir del 18 de julio de 2017 inclusive
NOTAS:
  • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
  • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte, tampoco la adquisición de equipamiento mediante leasing o renting
Cuantía de las Ayudas:
Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 16% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable
  • ADICIONALMENTE
  • 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175001 o de haber participado en el programa Saltokitik enpresara
  • 1 punto adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
  • 1 punto adicionales si la inversión en informática si se realiza en software de gestión
  • 2 puntos adicionales, cuando se acredite que el titular o al menos un empleado o empleada está en posesión de alguna titulación de enseñanza reglada (Grados de Formación Profesional o Titulaciones Universitarias) o de alguna de las certificaciones de profesionalidad emitidas por Lanbide, siempre que tengan relación directa con el sector comercial. Se entenderá que tienen relación directa con el sector comercial aquellas titulaciones o certificaciones cuya finalidad sea la gestión empresarial del establecimiento comercial (tales como: compras, ventas, atención al cliente, gestión de almacenes, marketing, …), así como aquellas que tengan por objeto la mejora en el desarrollo del puesto de trabajo y de acuerdo a la actividad comercial desarrollada en el establecimiento para el que se solicita la ayuda
  • 2 puntos adocionales, cuando el empresario o empresaria que se haga cargo del establecimiento se haya acogido al programa de transmisión empresarial “Berriz Enpresa” desarrollado por el Departamento competente en materia de Comercio del Gobierno Vasco en colaboración con las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o a otro programa de transmisión empresarial llevado a cabo tanto por instituciones públicas como privadas
  • 3 puntos adicionales, si dispone del reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, expedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer o por cualquier otra Administración Pública
  • 2 puntos adicionales, cuando se acredite que al menos la mitad de la plantilla del establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda tiene contrato indefinido
  • 2 puntos adicionales si la empresa se encuentra adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide
  • 2 puntos adicionales si se realiza una inversión que aporte valor añadido, carácter singular o que suponga una iniciativa innovadora para el desarrollo de la actividad comercial del establecimiento
Notas:
  • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 9.000 euros por establecimiento y año
  • En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 30% de la inversión total admitida
Tramitación de las Solicitudes:
Solicitud: La tramitación de solicitudes se puede hacer de una única manera:


  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB
Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será hasta el 2 de julio de 2018
Notas:
En el supuesto de completar la solicitud por Internet y de disponer de un Certificado Electrónico no es necesario presentar la solicitud en papel
Enlaces:
Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:





AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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