2017: HORARIOS COMERCIALES EN LA CAE
Esta información también puedes leerla en euskeraA quién se aplica:
La normativa sobre horarios comerciales vigente en la Comunidad Autónoma de Euskadi se aplica de forma diferente según el tamaño de la tienda:- Comercios con superficie de menor de 150 metros cuadrados Tienen libertad total para fijar sus horarios, pueden estar abiertos tantas horas al día como deseen y tienen derecho a abrir cuantos domingos y festivos estimen oportuno sin limitación.
- Comercios con superficie de venta igual o superior a 150 metros cuadrados Están limitados tanto en el número de horas que pueden abrir por semana como en el número de domingos y festivos.
Domingos y Festivos:
Los comercios con superficie de venta igual o superior a 150 metros cuadrados podrán abrir un máximo de 10 domingos o festivos al año.En ningún caso se podrá abrir estos días:
- 1 de enero
- 6 de enero
- 1 de mayo
- 25 de diciembre
- El día correspondiente a la fiesta patronal de cada Territorio Histórico en los mismos
Horario Global Semanal:
Los comercios con superficie de venta igual o superior a 150 metros cuadrados podrán abrir, como máximo, un total de 90 horas semanales.Publicidad de los Horarios:
Todos los comercios tienen la obligación de exponer los horarios y días de apertura al público de manera que sean visibles desde el exterior de la tienda.Normativa:
- Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales
- Decreto 33/2005, de 22 de febrero, de horarios comerciales en la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios (DISPOSICIÓN FINAL NOVENA): Modifica el apartado 3 del artículo 5 la Ley 1/2004
- Ley 7/2008, de 25 de junio, de segunda modificación de la Ley de la Actividad Comercial (DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA): Modifica el apartado 2 del artículo 1 del Decreto 33/2005
- Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad (artículo 27): Modifica varios artículos de la Ley 1/2004
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia
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