jueves, 5 de febrero de 2015

ICO 2015: Línea ICO Empresas y Emprendedores 2015

LÍNEA ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2015


Objetivo del Programa:
Esta línea de ayudas tiene como objeto el ofrecer financiación a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas, tanto españolas como extranjeras, que realicen inversiones productivas en territorio nacional y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez.
También podrán solicitar financiación a través de esta Línea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.
Beneficiarios:
  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio nacional o que necesiten cubrir necesidades de liquidez
  • Particulares y Comunidades de propietarios en el caso de rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.
Conceptos financiables:
La financiación se podrá destinar a:
  1. Liquidez: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%
    • Adquisición de empresas
    • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2014.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.
Condiciones de la financiación:
Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
Dependiendo del destino de la financiación se puede escoger entre las siguientes alternativas:
  1. Liquidez 100%:
    • 1 año con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 2 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 3 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
  2. Inversión:
    • 1 año con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 2 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 3 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 5 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 7 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • 12 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
    • 15 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
    • 20 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Comisiones:  la Entidad de Crédito no puede cobrar comisión, salvo por amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2,50% (más información).

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.
Solicitudes:
Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito, la lista de las entidades colaboradoras se puede consultar en la página del ICO
Vigencia:
Se podrán formalizar operaciones hasta el día 12 de diciembre de 2015
Notas:
Compatibilidad de esta financiación con las ayudas que conceden otros organismos:
Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.
Enlaces:
Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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