Resumen del programa de Ayudas a la Modernización de Equipamientos Comerciales del Gobierno Vasco
El Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco ha abierto el plazo para solicitar las ayudas del programa MEC 2006. Estas ayudas tienen como finalidad apoyar la modernización de los equipamientos tecnológicos de los comercios por medio de subvenciones a la inversión.
Para la definición de PYME se tendrán en cuenta los criterios establecidos por la Comisión Europea y que se resumen en lo siguiente:
En todo caso, estas empresas deberán estar constituidas y actuando comercialmente con una antelación mínima de dos años a la fecha de solicitud de la ayuda.
Se considerará que un comercio tiene esta antigüedad de dos años cuando se trate de empresas nuevas procedentes de la compra de otra empresa anterior que sí cumplía este requisito.
Sin embargo, como novedad este año se subvencionará la inversión en estos activos realizada en 2005 desde la fecha de fin del plazo de solicitud de esta ayuda ese año, lo que significa que se consideran subvencionables las inversiones realizadas desde el 4 de octubre de 2005.
El límite máximo de ayuda que podrá recibir una empresa será de 6.000 euros.
La solicitud también puede completarse directamente por Internet en esa dirección pero para dar validez a la solicitud es necesario presentar posteriormente la documentación en papel.
El lugar de presentación de las solicitudes serán las Oficinas Territorial de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco.
- Beneficiarias de esta ayuda:
Para la definición de PYME se tendrán en cuenta los criterios establecidos por la Comisión Europea y que se resumen en lo siguiente:
- Plantilla menor de 250 trabajadores.
- Volumen de negocio anual o Balance General menores de 50 millones de euros.
- No participadas en más de un 25% por grandes empresas.
En todo caso, estas empresas deberán estar constituidas y actuando comercialmente con una antelación mínima de dos años a la fecha de solicitud de la ayuda.
Se considerará que un comercio tiene esta antigüedad de dos años cuando se trate de empresas nuevas procedentes de la compra de otra empresa anterior que sí cumplía este requisito.
- Hecho Subvencionable:
- Aplicaciones informáticas genéricas (no se admitirán programas hechos a medida)
- Equipos para el proceso de información (ordenadores y sus componentes)
- Cajas registradoras
- Terminales punto de venta
- Lectores de códigos de barras
- Sistemas de etiquetaje, medición y pesaje de mercancías (balanzas,...)
- Sistemas anti-hurto incorporados al producto
- Equipos para el tratamiento de temperatura del producto
- Maquinaria de preparación y horneado de pan y productos similares
- Maquinaria y equipos para la automatización y mecanización de tareas.
- Notas importantes:
- La inversión neta (sin IVA) será como mínimo de 600 euros
- Debe tratarse de elementos nuevos
- Tienen que tener establecido un periodo mínimo de amortización de 3 años
- No podrán cederse a terceros
- No puede tratarse de equipamientos realizados o desarrollados por la propia empresa
- Las inversiones deben localizarse en la CAPV
- Plazo para realizar las inversiones:
Sin embargo, como novedad este año se subvencionará la inversión en estos activos realizada en 2005 desde la fecha de fin del plazo de solicitud de esta ayuda ese año, lo que significa que se consideran subvencionables las inversiones realizadas desde el 4 de octubre de 2005.
- Cuantía de las Ayudas:
El límite máximo de ayuda que podrá recibir una empresa será de 6.000 euros.
- Solicitudes:
- Las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco
- La red de Gabinetes de Asistencia Técnica al Comercio
- En Internet en la dirección: www.eragintza.net
La solicitud también puede completarse directamente por Internet en esa dirección pero para dar validez a la solicitud es necesario presentar posteriormente la documentación en papel.
El lugar de presentación de las solicitudes serán las Oficinas Territorial de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco.
- Plazo de Solicitud
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