AYUDAS COVID-19 AL TURISMO VASCO
Esta información también puedes leerla en euskeraObjeto de la Ayuda:
El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a minimizar el impacto del COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de la actividad turística.Beneficiarios:
Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco:- Establecimientos de alojamiento turístico.
- Empresas de restauración.
- Empresas turísticas de mediación (agencias de viaje,...)
- Empresas de transporte turístico.
- Empresas de turismo activo.
- Empresas profesionales organizadoras de congresos (OPCs)
- Guías de turismo.
Conceptos subvencionables:
- Los gastos del alquiler de un único local o finca urbana donde se desarrolla la actividad turística, correspondiente a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma (14 de marzo de 2020) y el 31 de agosto de 2020.
- Las cuotas (amortización + intereses) de los préstamos hipotecarios o personales destinados a cubrir la compra del local o finca urbana donde se desarrolla la actividad turística, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
- El gasto de adquisición del aprovisionamiento de producto perecedero o fresco recepcionado con posterioridad al 15 de febrero de 2020 y con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma sanitaria (14 de marzo de 2020).
- Los siguientes gastos corrientes:
- Los gastos de suministros energéticos, servicios de telecomunicaciones (teléfono, internet) y primas de seguros, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
- Gastos derivados de la contratación de servicios externos de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19, en el período transcurrido desde la declaración del estado de alarma al momento de presentación de solicitud de ayuda dentro de la presente Orden, con un límite máximo total de 150 euros.
- Los gastos de afiliación a asociaciones legalmente constituidas del sector hostelero y turístico ya sean de ámbito local, comarcal, territorial o CAE correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
- Las cuotas de amortización de préstamos destinados a la financiación de inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2019 hasta la entrada en vigor del estado de alarma correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.Cuantía de las Ayudas:
- Se subvenciona el 100% de cada uno de los conceptos presentados.
- El importe máximo de la ayuda a conceder no sobrepasará los 3.000 euros por entidad subvencionada
- Cuadro-resumen de los conceptos y ayudas.
Tramitación de las Solicitudes:
La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online Ayudas Turismo Covid-19Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será hasta el 26 de junio de 2020.Enlaces:
Información en la página del Gobierno VascoEnlaces a la Normativa:
Orden Ayudas Covid-19 Turismo 2020
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia
SI ESTA NOTICIA TE PARECE INTERESANTE COMPÁRTELA EN LA RED: