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jueves, 3 de noviembre de 2011

EVE/IDAE 2011: Plan Renove de ventanas en viviendas

PLAN RENOVE DE VENTANAS EN VIVIENDAS 2011
Esta información también puedes leerla en euskera

OBJETO DE LA AYUDA

El objeto de este programa es la concesión de ayudas para la renovación de los cerramientos acristalados de la vivienda habitual, por otros con unas prestaciones térmicas de alta eficiencia (ver Condiciones Generales en pdf); entendiendo como cerramiento acristalado, aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior, y así reducir el consumo de energía en el sector doméstico.


IMPORTE DE LA AYUDA

La cuantía total de la ayuda ascenderá hasta un máximo del 22% de la inversión (Base Imponible), siendo el coste máximo subvencionable por m2 de ventana de 450 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda.


BENEFICIARIOS: CLIENTES

Podrán acceder a la ayuda todas las personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de la vivienda objeto de renovación, o las personas que sean sus arrendatarias. La vivienda deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y tener carácter de vivienda habitual.


BENEFICIARIOS: COMERCIOS

Esta ayuda debe ser solicitada por las personas que son beneficiarias de la misma, es decir, las señaladas en el punto anterior.

En todo caso, para ser subvencionables las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE y, en el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.

El doble acristalamiento deberá ser del tipo Aislamiento Térmico Reforzado (ATR), teniendo un valor de transmitancia térmica (capacidad aislante o valor U) determinados en función de la carpintería:

Tipo de CarpinteríaValor Ug requeridoEspesor de Cámara requerido
MetálicaInferior o igual a 1,50 W/m2*KSuperior o igual a 14 mm
No metálica (PVC, madera, mixta, poliuretano,…etc.)Inferior o igual a 2,00 W/m2*KSuperior o igual a 12 mm

Además, todos los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda.


PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 2 de noviembre de 2011 hasta el día 31 de enero de 2012 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado si esto ocurre antes.

Se podrá tener conocimiento de la dotación económica pendiente de concesión vía web, entrando en: www.eve.es

En todo caso se admiten inversiones hechas desde el día 1 de octubre de 2011 inclusive.


MÁS INFORMACIÓN

Información en la página del EVE:




AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 6 de julio de 2011

EVE/IDAE 2011: Plan Renove de Neumáticos Eficientes

PLAN RENOVE DE NEUMÁTICOS EFICIENTES 2011

OBJETO DE LA AYUDA

Este programa de ayudas, gestionado por el IDAE, subvencionará los cambios de neumáticos de las 4 ruedas, realizados en puntos de venta adheridos al programa. Se incluye el equilibrado de los neumáticos. Los neumáticos susceptibles de ser apoyados en el marco del presente Programa deberán figurar en un catálogo de neumáticos eficientes publicado por el IDAE.

Catálogo de Neumáticos Eficientes 2011

ARRIBA


IMPORTE DE LA AYUDA

El importe de la ayuda será de 80 euros por persona (20 euros por cada uno de los 4 neumáticos) y no se subvencionarán cambios de menos de 4 ruedas.


BENEFICIARIOS: CLIENTES

Podrán beneficiarse de estas ayudas únicamente personas físicas. Los vehículos deberán estar matriculados en España y al corriente en el pago del impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica (impuesto de circulación). La ayuda está dirigida a neumáticos de la clase C1 (turismos e industriales de menos de 3.500 kg).


BENEFICIARIOS: COMERCIOS

Los puntos de venta e instalación de neumáticos que deseen adherirse al programa, deberán entrar en el siguiente enlace y seguir el procedimiento y las indicaciones dispuestas para tal efecto.

ACCESO COMERCIOS

La tramitación y registro de altas se efectuará de forma continua, tras la correspondiente recepción y verificación de la documentación solicitada y en riguroso orden de recepción de las solicitudes.

Para asesoramiento a los puntos de venta e instalación en su proceso de registro y de gestión de solicitudes de pago, existe dos formas de contacto:

  • Por teléfono, llamando al 91 271 19 14 (con horario de atención desde las 9:00 hasta las 14:00 horas)
  • Por correo electrónico, en el neumaticos@isdefe.es


PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 10 de junio de 2011 hasta el día 15 de diciembre de 2011 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.


MÁS INFORMACIÓN

Teléfono de atención: 91 271 19 14 / 94 403 56 64

E-mail: neumaticos@isdefe.es

Información en la página del EVE:




AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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jueves, 30 de junio de 2011

GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2011, Modernización de Equipamientos en el Comercio

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2011

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.

Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:

  • Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales.

  • Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial cerrado, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por los propios titulares de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de propietarios. Cada titular de los establecimientos comerciales integrados en el centro podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.
  • Las balanzas electrónicas, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial

Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que se incorporen al activo de la empresa
  2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 2.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 600 euros
  3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
  4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
  6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
  7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
  8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2011. Se podrán admitir inversiones de 2010, siempre que hayan sido realizadas a partir del 1 de octubre de 2010 inclusive

NOTAS:

  • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
  • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:

  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 15% de la inversión admisible en el caso de inversiones en reforma, modernización del local, mobiliario y equipamientos
  • 20% de la inversión admisible en el caso de inversiones en balanzas y equipamiento informático
  • ADICIONALMENTE
  • 2 puntos adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
  • 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175000
  • 3 puntos adicionales para comercios con certificación de Comercio Excelente

Notas:

  • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 12.000 euros por establecimiento y año
  • El incremento adicional máximo por certificaciones de calidad será de 5 puntos
  • Se deberá presentar una solicitud por cada establecimiento en el que se realicen inversiones subvencionables

Tramitación de las Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de solicitudes se puede hacer de dos maneras:

En papel: Completando el impreso correspondiente y presentándolo, junto con la documentación exigida, en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo

Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso se dan dos situaciones:

  1. Si el comercio no dispone de Certificado digital: se habrá de presentar la copia en papel junto con la documentación exigida en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo
  2. Si el comercio sí dispone de Certificado digital: basta con hacer el envío de la solicitud por Internet, a la que se adjuntará la copia escaneada de la documentación.

ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 16 de septiembre de 2011

Notas:

En el supuesto de completar la solicitud por Internet y de disponer de un Certificado Electrónico no es necesario presentar la solicitud en papel

Enlaces:

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:

Impreso de Solicitud



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 8 de junio de 2011

Diputación Foral de Bizkaia 2011: Fomento del autoempleo y la creación de empresas

FOMENTO DEL AUTOEMPLEO Y LA CREACIÓN DE EMPRESAS

Objeto de la Ayuda:

El objeto de este programa es proporcionar ayudas a la puesta en marcha durante el primer año de funcionamiento de nuevas empresas

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas todas las empresas y profesionales, independientemente de su forma jurídica que cumplan los siguientes requisitos:

En todo caso una persona promotora no podrá participar en más de un proyecto empresarial

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán por medio de subvenciones a fondo perdido.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:

  • El Arrendamiento del local donde se ubique el negocio
  • Suministros(luz, agua, teléfono)
  • Primas de seguros
  • Limpieza y mantenimiento
  • Material de oficina
  • Servicios profesionales independientes
  • Publicidad y promoción
  • Cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen autónomos, así como por contingencias comunes en el régimen general, generados durante un período máximo de un año a partir del alta en el IAE

Cuantía de las Ayudas:

La cuantía de la subvención, será de 4.000 euros por persona socia trabajadora de la empresa. Entendiéndose por tal aquella que siendo socia de la empresa está dada de alta en el régimen de autónomos

Dicha cantidad ascenderá a 5.000 euros si la persona o personas promotoras pertenecen a uno de los siguientes colectivos:

  • Mujeres
  • Personas en riesgo de exclusión social, atendiendo a lo dispuesto en el art 8 del decreto regulador

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las solicitudes se hará en la Oficina virtual Departamento de Promoción Económica

ENLACE A LA OFICINA VIRTUAL

La tarjeta para darse de alta en el Servicio Bizkaibai podrá ser solicitada en las oficinas del Departamento de Promoción Económica (Obispo Orueta. 6-48009 Bilbao) o en las Oficinas del Departamento de Hacienda

Plazo de Solicitud:

El plazo para realizar los gastos subvencionables es desde el 1 de enero de 2011 hasta el 30 de diciembre de 2011

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda está pendiente de convocatoria en 2011

Notas:

Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.

Enlaces:

Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08/94 406 80 38

Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia

Enlace a la Normativa



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 7 de junio de 2011

Diputación Foral de Bizkaia 2011: Apoyo Financiero a Autónomos, AFA


PROGRAMA AFA 2011: APOYO FINANCIERO A AUTÓNOMOS

Objeto de la Ayuda:

Ayudar a la financiación de las inversiones realizadas por las personas autónomas de Bizkaia.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas que ejerzan una actividad económica, que estén dadas de alta en RETA (Régimen de Autónomos), y hayan suscrito un préstamo con cualquier entidad financiera, siempre que disponga de al menos de una sucursal en Bizkaia, para la realización de inversiones de mejora, ampliación o renovación de su actividad.

Estas personas beneficiarias, deberán cumplir además, los siguientes requisitos:

  • Acreditar residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • El centro de actividad, radicará también en Bizkaia
  • Hallarse al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social
  • Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas

En el caso de extinción o transformación de la empresa beneficiaria se aceptará el cambio de beneficiario por medio de subrogación.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.

Proyectos Subvencionables:

Serán subvencionables los préstamos concedidos por entidades financieras que hayan suscrito convenio de colaboración con la Diputación Foral de Bizkaia y que se destinen a destinen a inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica.

NOTA: Los préstamos habrán de ser formalizados en el período abarcado desde el uno de enero de 2011 hasta el 30 de octubre de 2011

En concreto, a los efectos de esta ayuda serán subvencionables los préstamos destinados para la realización de las siguientes inversiones en inmovilizado material, de acuerdo con el Plan General Contable:

  • 212- Instalaciones Técnicas
  • 213- Maquinaria
  • 214- Utillaje
  • 215- Otras Instalaciones
  • 217- Equipos para procesos de información
  • 218- Elementos de transporte

Cuantía de las Ayudas:

El importe de la subvención a otorgar será la cantidad resultante de aplicar el 4 por ciento al importe del préstamo subvencionable, con los siguientes límites a la cuantía:

  • Límite inferior: Subvención neta equivalente de 400 euros, correspondiente a un préstamo mínimo de 10.000 euros
  • Límite superior: Subvención neta máxima de 4.000 euros, correspondiente a un préstamo de 100.000 euros

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de solicitudes se puede hacer de dos maneras:

Presencial: En el Servicio de Empleo y Gestión del Conocimiento del Departamento de Promoción Económica (Obispo Orueta, 6-48009 Bilbao)

Por Internet: En el portal de la Oficina Virtual de Promoción Económica: ENLACE A LA SOLICITUD ONLINE

Entidades Financieras Colaboradoras:

La lista de entidades que colaboran en este programa se puede consultar en esta página: ENLACE

Plazo de Solicitud:

En 2011 el plazo de solicitud será del 1 de enero de 2011 al 30 de octubre de 2011

Notas:

Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.

Enlaces:

Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08/94 406 80 38

Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia

Enlace a la Normativa



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 10 de mayo de 2011

SPRI 2011: Ayuda Financiera a la Inversión, AFI

PROGRAMA AFI 2011: AYUDA FINANCIERA A LA INVERSIÓN PARA INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO


Esta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de este programa es proporcionar ayudas financieras para la inversión en inmovilizados intangibles y/o materiales nuevos, y para la financiación de circulante en los sectores industrial, comercial, y turístico de la CAPV

Beneficiarios:

PYMEs y Autónomos cuya actividad principal sea: Industrial, Comercial o Turística NO SE INCLUYEN otras actividades de servicios (peluquerías,…)

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante una rebaja del tipo de interés del préstamo/leasing contratado para la financiación del proyecto de inversión.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de actividades subvencionables, la adquisición de bienes de inversión, o la obtención de circulante.

ADQUISICIÓN DE BIENES DE INVERSIÓN:

Los Activos que pueden ser objeto de ayuda son los que se contabilicen en los epígrafes siguientes del Plan General de Contabilidad de 2007:

  • 206 Aplicaciones informáticas.
  • 210 Terrenos y Bienes naturales (excepto turismo).
  • 211 Construcciones.
  • 212 Instalaciones técnicas.
  • 213 Maquinaria.
  • 214 Utillaje.
  • 215 Otras instalaciones.
  • 216 Mobiliario (solo comercio y turismo).
  • 217 Equipos para procesos de información.
  • 218 Elementos de transporte (solo turismo).
  • 219 Otro inmovilizado material.

Las inversiones en estos activos deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Volumen de inversión admisible, correspondiente al ejercicio en el que se solicita la ayuda, como mínimo de 100.000 euros en el sector industrial, 30.000 euros en el sector turístico y de 30.000 euros en el sector comercial.
  2. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta, únicamente, el importe de adquisición de activos realizada en el año de la solicitud de las mismas.
  3. El proyecto de inversión y la formalización de la/s póliza/s correspondientes deberán estar materializadas dentro del ejercicio 2011.

OBTENCIÓN DE CIRCULANTE:

Serán consideradas operaciones subvencionables las que reflejen expresamente su carácter de financiación del circulante, con pólizas formalizadas por importe mínimo correspondiente al ejercicio en el que se solicita la ayuda, de 100.000 euros en el sector industrial, 30.000 euros en el sector turístico y de 30.000 euros en el sector comercial.

Condiciones de los Préstamos subvencionables:

IMPORTE: Se considerará como importe subvencionable el menor de:

  • El 100% de la inversión subvencionable.
  • El importe del préstamo autorizado por la entidad financiera.

PLAZO: Como mínimo 5 años y máximo 7, incluyendo el período de carencia inicial el cual será, como máximo:

  • Préstamos a 7 años: 24 meses.
  • Préstamos a 6 años: 18 meses.
  • Préstamos a 5 años: 12 meses.
La SPRI podrá admitir plazos diferentes (siendo en todo caso el plazo mínimo de 5 años) a los anteriormente señalados, siempre que en el préstamo formalizado se recoja expresamente que el mismo se incluye en el presente Programa de Ayudas. Este hecho no modificará la cuantificación de las ayudas a conceder, cuantía que no excederá, en ningún caso, de la correspondiente a los préstamos a 7 años, con una carencia máxima de 24 meses.

VENCIMIENTOS: Como mínimo de carácter mensual.

TIPOS DE INTERÉS MÁXIMOS:

  • Para préstamos ICO: El tipo de interés ICO vigente
  • Para préstamos no ICO:
    • TIPO VARIABLE:
    • EURIBOR + 3,5%, cuando el destino del préstamo sea financiar Activos Fijos
    • EURIBOR + 2,75% cuando el destino del préstamo sea financiar Capital Circulante
    • TIPO FIJO: 7%

Condiciones del Leasing subvencionable:

Para ser subvencionables las operaciones de Leasing deben cumplir que:

  • Que la empresa beneficiaria se comprometa a ejercitar y ejercite en su momento la opción de compra, recogiéndose dicho compromiso en el documento de formalización correspondiente.
  • Que el arrendamiento financiero sea realizado por Entidad firmante del Convenio para la Financiación de Operaciones mediante Arrendamiento Financiero.

IMPORTE: Se considerará como importe subvencionable el menor de:

  • El 100% de la inversión subvencionable.
  • El importe del leasing autorizado por la entidad financiera.

PLAZO: Como mínimo 2 años y máximo 5

La SPRI podrá admitir plazos diferentes (siendo en todo caso el plazo mínimo de 2 años) a los anteriormente señalados, siempre que en el Leasing formalizado se recoja expresamente que el mismo se incluye en el presente Programa de Ayudas. Este hecho no modificará la cuantificación de las ayudas a conceder, cuantía que no excederá, en ningún caso, de la correspondiente a los arrendamientos financieros a 5 años.

VENCIMIENTOS: Como mínimo de carácter mensual.

TIPOS DE INTERÉS MÁXIMOS:

  • TIPO VARIABLE
    • EURIBOR + 4%, para operaciones hasta 5 años
    • EURIBOR + 4,25%, para operaciones a más de 5 años
  • TIPO FIJO
    • 7%, para operaciones hasta 5 años
    • 7,5%, para operaciones a más de 5 años

Cuantía de las Ayudas:

La ayuda se concretará en una rebaja del tipo de interés acordado en la operación que será de:

  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 1 punto en el caso de proyectos de inversión (Activos Fijos)
  • 0,50 puntos en el caso de obtención de circulante
  • ADICIONALMENTE
  • 0,25 puntos adicionales para operaciones avaladas por una S.G.R.

Notas:

  • El tipo de interés bonificado no podrá negativo
  • El importe máximo de préstamo/leasing que se puede subvencionar anualmente es de 1.500.000 €

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de solicitudes se hará en la página web de la SPRI:

ENLACE A LA SOLICITUD ONLINE

Plazo de Solicitud:

En 2011 el plazo de solicitud será hasta el 14 de octubre de 2011

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa AFI: 902 702 142

Información en la página de la SPRI

Enlace a la Normativa



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 13 de abril de 2011

EVE 2011: Plan Renove de Calderas Individuales a Condensación

PLAN RENOVE DE CALDERAS INDIVIDUALES A CONDENSACIÓN 2011
Esta información también puedes leerla en euskera

OBJETO DE LA AYUDA

Esta ayuda persigue la renovación de las calderas, dentro de la gama de potencias del sector residencial y pequeño terciario, ya que en muchos casos los equipos existentes presentan una antigüedad elevada, con un grado de eficiencia energética bajo, no ofreciendo, por tanto, los rendimientos de confort esperados.

Por ello, el objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a la renovación de calderas (o equipos funcionalmente similares) individuales actualmente instaladas por otras a condensación, potencia igual o inferior a 70 kW, las cuales tienen la consideración de equipos de elevada eficiencia energética.


BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presente convocatoria toda persona física con capacidad de obrar (propietaria o usufructuaria de la vivienda), pequeño establecimiento, personas jurídicas, instituciones sin ánimo de lucro, corporaciones locales y cualquier otra, siempre que la renovación objeto del Plan se realice dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y cumpla con el resto de los requisitos establecidos.


CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía total de la ayuda específica será de 200 Euros, siempre que cumpla todos los requisitos exigidos por el presente Plan Renove Condesa.

A todos los efectos, no serán objeto de subvención las renovaciones que supongan la instalación de equipos que cumplan alguna de las siguientes restricciones:

  1. Potencia superior a 70 kW
  2. El nuevo equipo a instalar no sustituye a un equipo ya existente (vivienda nueva o comercio nuevo)
  3. El nuevo equipo no se encuadra dentro de los de tecnología a condensación

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 7 de abril de 2011 hasta el día 30 de noviembre de 2011 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.


MÁS INFORMACIÓN

Teléfono de atención: 94 403 56 13

E-mail: pserrano@eve.es

Información en la página del EVE:




AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 8 de abril de 2011

EVE 2011: Plan Renove de electrodomésticos

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS 2011
Esta información también puedes leerla en euskera

OBJETO DE LA AYUDA

Este programa quiere reducir el consumo de energía eléctrica en el sector doméstico, mediante la sustitución de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos por equipos con etiquetado energético de clase A o superior y, además, también incluirá la sustitución de encimeras eléctricas convencionales o vitrocerámicas por encimeras de inducción o encimeras de gas.

Por tanto, se considerará susceptible de ayuda la adquisición de electrodomésticos de la clase energética A o superior, con la correspondiente sustitución del nuevo aparato eficiente por otro antiguo del mismo tipo.


IMPORTE DE LA AYUDA

Los diferentes tipos de electrodomésticos y sus cuantías de ayuda individual se muestran en el siguiente cuadro:

Electrodoméstico

Incentivo (€/equipo)

Frigorífico y frigorífico-congelador con clase de eficiencia energética A+++
145
Congelador con clase de eficiencia energética A+++
145
Lavadora con clase de eficiencia energética A+++
145
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A+++
145
Frigorífico y frigorífico-congelador clasificación energética A++
125
Congelador clasificación energética A++
125
Lavadora con clase de eficiencia energética A++
125
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A++
125
Frigorífico y frigorífico-congelador clasificación energética A+
105
Congelador clasificación energética A+
105
Lavadora con clase de eficiencia energética A+, lavadora clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 170 Wh/kg o lavadora termoeficiente con clase de eficiencia energética A
105
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A+ o lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 0,98 kWh/ciclo o lavavajillas termoeficiente con clase de eficiencia energética A
105
Encimera de inducción total
105
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A o lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético superior a 0,98 kWh/ciclo
85
Horno clasificación energética A *
85
Encimera de gas
50

* Excluidos los microondas y los hornos-microondas


BENEFICIARIOS: CLIENTES

Podrán beneficiarse de esta ayuda las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A o superior y que destinen a su uso y residan en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para poder acogerse a estas ayudas el único trámite que deberán hacer será adquirir el nuevo electrodoméstico y entregar el antiguo en cualquiera de los comercios adheridos al programa. Los comercios se reconocerán porque ostentarán el distintivo oficial.


BENEFICIARIOS: COMERCIOS

Los comercios que deseen adherirse al Plan Renove de Electrodomésticos 2011 deberán enviar el Protocolo de Adhesión al Ente Vasco de la Energía (EVE), este documento se puede encontrar en la página web de este organismo, por su parte, los comercios que hubieran estado adheridos al "Plan Renove de Electrodomésticos 2010" o a "+Euskadi 09" se consideran adheridos al Plan Renove de Electrodomésticos 2011 salvo manifestación expresa en sentido contrario.

Los comercios adheridos dispondrán de una aplicación especial para dar de alta las operaciones que realicen a la que podrán acceder por este enlace: ACCESO COMERCIOS


PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 7 de abril de 2011 hasta el día 31 de julio de 2011 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.


MÁS INFORMACIÓN

Teléfono de atención: 902 678 345 / 94 403 56 64

E-mail: netxabarri@eve.es

Información en la página del EVE:




AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 4 de abril de 2011

SUCESIÓN EN LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA 2011

SUCESIÓN EN LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA 2011


Ayudas a las Pequeñas y Medianas Empresas en la planificación y proceso de sucesión

DESCRIPCIÓN
BENEFICIARIOS
GASTOS SUBVENCIONABLES
MODALIDAD DE LA AYUDA
IMPORTE DE LA AYUDA
TRAMITACIÓN
PLAZOS
OTRA INFORMACIÓN


DESCRIPCIÓN

Apoyar los procesos de sucesión en las PYME de la CAPV, con el fin de ayudarles a planificar este proceso y lograr que se realice de una manera ordenada, tratando de asegurar la continuidad de las empresas y consecuentemente el mantenimiento de puestos de trabajo.

Se exige que la actividad objeto de este apoyo sea desarrollada y tutelada por un consultor externo durante el proceso de ejecución de las diferentes fases del proyecto.

BENEFICIARIOS

Pueden acceder a esta ayuda aquellas PYMES que vayan a desarrollar un proceso de sucesión y que cumplan además estos requisitos:

  • Deben ser empresas que empleen a más de cinco personas.
  • Deben tener domicilio social y fiscal en la CAPV, así como, por lo menos, un centro de actividad.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Todos los honorarios del consultor que se deriven de la asesoría y asistencia profesional para la elaboración del diagnóstico previo, protocolo de sucesión y acompañamiento, en concreto:

  • Realización de Diagnóstico Previo sobre la gestión, el gobierno y la propiedad de la empresa con asesoramiento personalizado específico al empresario. Plazo máximo de ejecución del proyecto 6 meses.
  • Elaboración y posterior formalización del Protocolo de Sucesión que represente una mayoría del capital social. Plazo máximo de ejecución del proyecto 12 meses, a partir de la finalización del Diagnostico.
  • Acompañamiento de consultor externo en la puesta en práctica y revisión periódica del protocolo de sucesión, durante un período de un año máximo. Plazo máximo de ejecución del proyecto 12 meses a partir de la formalización del protocolo.

MODALIDAD DE LA AYUDA

Las ayudas se materializarán en la forma de subvenciones a Fondo Perdido.

IMPORTE DE LA AYUDA

1.- La cuantía de la ayuda será el 50% de los gastos subvencionables en cada fase.

2.- Límite máximo de ayudas para las diferentes fases:

  • Asesoramiento personalizado y elaboración de diagnóstico: 3.000 euros.
  • Elaboración y redacción del protocolo de sucesión : 12.000 euros.
  • Acompañamiento en la puesta en práctica y revisión periódica: 5.000 euros.

TRAMITACIÓN

La tramitación se hace por Internet y para ello se debe acceder a esta dirección:

https://www.spri.es/sucesiones/

PLAZOS

La convocatoria está abierta hasta 2013 pero las solicitudes se atenderán en cada ejercicio, hasta el límite del crédito anual.

OTRA INFORMACIÓN

Más información en:

SPRI




AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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