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jueves, 9 de diciembre de 2021

Premios Retail Digital 2021-2022 / Cámara de Comercio

PREMIOS RETAIL DIGITAL 2021-2022

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Premios al comercio de la Cámara de Comercio de Bilbao

El concurso de escaparates de la Cámara de Comercio de Bilbao se reestructura este año como los Premios Retail Digital. Una experiencia con múltiples oportunidades de reconocimiento para aquellos comercios que cada día se esfuerzan por ofrecer lo mejor.

Las categorías a las que se pueden presentar las candidaturas son:
  • Mejor web corporativa: Se premiará al establecimiento con la mejor web corporativa por su efectividad, diseño, usabilidad, originalidad de los contenidos y los servicios online.
  • Mejor web de comercio electrónico: Se premiará al establecimiento con la mejor web de comercio electrónico con venta online.
  • Mejor uso del social media: Se premiará a aquel retail que mejor uso haga de sus redes sociales, bien como vía de comunicación de su marca, aplicación del social selling o canal de atención a clientes.
  • Retail más completo: Se premiará al establecimiento que mejor aplique la omnicanalidad, tienda física+web o app o redes sociales.
  • Espacio comercial más innovador: Se premiará al establecimiento que ha apostado por innovaciones indoor que mejoren la experiencia en la tienda física a través de la implantación de tecnologías.
  • Mejor establecimiento energéticamente sostenible: Se premiará el uso de nuevas tecnologías para desarrollar un modelo de negocio más sostenible, la iluminación más eficiente, el uso de energías renovables a través del autoconsumo, la sensibilización de las y los clientes para la promoción de energías renovables, la compra y venta de productos de km 0, con menor impacto medioambiental.
  • Mejor Escaparate de Bizkaia
    1. Premio del Jurado
    2. Premio del Público
Los establecimientos podrán presentarse a cuantas categorías consideren oportunas.

Premios:

Se establece un único premio para cada categoría compuesto por un trofeo, la cantidad de 700€ y promoción publicitaria en El Correo de un anuncio a color de 63mm de alto x 256mm de base, a elegir por los premiados. El Premio del Público consistirá en un trofeo y 500 € en metálico.

Presentación de candidaturas:

El plazo para el envío de candidaturas finalizará el 17 de diciembre a las 12:00 pm.

Dónde presentar las candidaturas:

La inscripción es online en este enlace
Candidaturas | Premios Retail Digital Sariak (camarabilbao.com)

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 28 de septiembre de 2021

Euskadi Bono Comercio 2021

EUSKADI BONO COMERCIO 2021

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Objeto

Esta ayuda tiene como objeto el fomento del consumo de bienes en las tiendas de la CAPV.

Para ello se pondrán bonos a disposición de la ciudadanía de Euskadi para que puedan comprar en los establecimientos adheridos a la campaña.

Funcionamiento

Se subvencionarán las compras de bienes en los comercios adheridos a la campaña a través de un bono descuento.

Cada tienda dispondrá de un número determinado de bonos para ser usados en ella.

Cada "Euskadi bono-comercio" tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€.

Cada persona, identificada mediante DNI, podrá sumar un máximo de cinco bonos descuento por un valor de 50€ que podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento.

Gestión

Para participar en la campaña y recibir los bonos, los comercios deberán apuntarse en la aplicación creada al efecto en la página: http://euskadibonodenda.eus/

A los establecimientos adheridos se les facilitará la documentación necesaria y el material promocional del programa. junto con los bonos que le correspondan. Estos bonos no serán físicos.

AVISO: Los comercios no podrán reservar ni retener bonos para su clientela habitual y habrán de exponer en lugar bien visible su participación en el programa.

Plazos

El plazo para apuntarse a esta campaña finaliza el 19 de octubre de 2021.


Habrá dos periodos para que los clientes usen los bonos en las tiendas:
  • PRIMER PERIODO: Hasta el 5 de diciembre de 2021.
  • SEGUNDO PERIODO: Del 10 de enero al 31 de marzo de 2022.


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 24 de septiembre de 2021

Bizkaia Bono Denda 2021

BIZKAIA BONO DENDA 2021

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La Diputación Foral de Bizkaia lanza una campaña de bonos para fomentar el consumo en el comercio local.

¿Qué comercios pueden participar?

PYMES radicadas en Bizkaia y cuya actividad sea comercio minorista, lavanderías, peluquerías y servicios fotográficos.

¿Cuál es el plazo para apuntarse?

Los establecimientos podrán adherirse al programa Bizkaia Bono Denda en cualquier momento desde hoy hasta el 5 de octubre de 2021, ambos incluidos.

¿Cómo se realiza la inscripción?

Los establecimientos deberán cumplimentar todos los campos incluidos en el apartado ADHIÉRETE AQUÍ de la plataforma www.bizkaiabonodenda.eus y adjuntar una imagen del establecimiento.

Los establecimientos que han participado en campañas anteriores de Bizkaia Bono Denda, Euskadi Bono Denda o Bono Bilbao y que cumplan los requisitos de la campaña Bizkaia Bono Denda recibirán un correo en el que se les pide que confirmen si están interesados en adherirse a esta campaña y aceptan sus condiciones.

Aquellas empresas que cumpliendo los requisitos de adhesión cuenten con varios establecimientos podrán dar de alta en la plataforma a cada uno de ellos, en la zona correspondiente.

¿Cómo se consiguen los bonos?

Los Bizkaia Bono Denda son bonos descuento que se asignan directamente al establecimiento comercial. Las empresas adheridas tendrán acceso a través de www.bizkaiabonodenda.eus al número de bonos descuento que le haya correspondido, en base a un reparto lineal realizado entre el número de establecimientos adheridos a la campaña y la cantidad de bonos emitidos.

El valor de compra de cada Bizkaia Bono Denda será de 30 euros y cada persona compradora pagará 15 euros por bono.

Cada persona podrá beneficiarse de un máximo de 4 Bizkaia Bono Denda en total. En cada compra, podrá utilizar un máximo de 2 bonos-descuento.

¿Cómo se canjean los bonos en las tiendas?

El canje de los bonos-descuento será efectuada por los propios establecimientos en el momento del pago de los bienes o servicios por medio de la plataforma www.bizkaiabonodenda.eus. Los comercios cumplimentarán en la plataforma el DNI de la persona física beneficiaria, que servirá para controlar el límite de bonos por persona, y adjuntarán una copia del ticket o factura justificativa de la compra o servicio.

Los comercios no podrán reservar ni retener bonos para sus clientes. El importe del ticket de compra deberá ser igual o superior 30 euros. En ningún caso se devolverá dinero en efectivo ni en la compra ni en la posible devolución posterior del producto.

Los Bizkaia Bono Denda serán compatibles, con cualquier otro bono que las distintas Administraciones pongan en marcha, de tal manera que, se podrán acumular en la compra reflejada en el mismo ticket, siempre y cuando cada Bizkaia Bono Denda corresponda a un importe mínimo de 30 euros de compra por bono.

Las ventas bonificadas son las realizadas entre el 15 de octubre de 2021 y el 15 de diciembre de 2021.

¿Qué obligaciones tienen las tiendas?

Las entidades adheridas se comprometen a informar de las características del programa a las personas consumidoras, así como a la recepción y colocación de los materiales publicitarios del programa en lugar visible del establecimiento.

El establecimiento deberá respetar, en todo momento, los principios de igualdad y no discriminación en el trato con la clientela, de modo que no se oculte ni se le niegue el derecho a utilizar el bono a toda aquella persona interesada en su uso durante la vigencia del programa.

En ningún caso devolverá a las personas consumidoras dinero en metálico sobre la diferencia entre el importe de la compra y el valor del Bizkaia Bono Denda.


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 7 de septiembre de 2021

DFB 2021: Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas


FOMENTO DE LAS INICIATIVAS EMPRENDEDORAS

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2016/04/bfa-2016-langile-autonomoei-laguntza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

Ayudas a la puesta en marcha y funcionamiento durante el primer año de una empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, creada durante el periodo comprendido entre el 13 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre del año 2021.

Beneficiarios:

Podrán acceder a los beneficios de esta ayuda las empresas cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, del Territorio Histórico de Bizkaia:
  • Que se hayan dado de alta en actividades económicas en la Hacienda Foral de Bizkaia entre el 13 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre del año 2021, ambos inclusive.
  • Que tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Así mismo, el centro de trabajo radicará también en este territorio.
  • Que la actividad económica en la que se haya causado alta esté directamente relacionada con el plan de negocio presentado.
  • Que al menos una de las personas adquirentes de la entidad beneficiaria, ha de ser:
    • Residente en Bizkaia con una antigüedad mínima de 3 meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores al alta de la empresa en IAE.
    • Ha de acreditar desempleo, mejora de empleo (siempre que el contrato de trabajo no supere el 40% de la jornada laboral establecida en convenio) o estar afectada por un ERTE o ERE en el momento anterior al alta de la empresa en IAE.
    • Darse de alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad equivalente en el período comprendido entre el 13 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive. Este último requisito no es aplicable a las cooperativas de trabajadores asociados ni a las sociedades laborales que se acojan al régimen general.
  • Y, además, una de las persona promotoras, que cumpla los requisitos establecidos en el punto anterior, ha de haber realizado la formación y asesoramiento individualizado con las entidades autorizadas en el decreto de ayudas (Decreto 77/2021).
A los efectos de realizar solicitudes de subvención, en ningún caso, una persona promotora podrá participar en más de un proyecto empresarial. Tampoco podrán participar las empresas, o sus correspondientes promotores, que hubiesen resultado adjudicatarias de subvención con cargo a estos mismos programas en los años 2019 y 2020.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.

Justificación de la subvención:

Se realizará con la aportación de los correspondientes comprobantes de abono de las cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen especial de autónomos, o mutualidad equivalente, generados durante un periodo máximo de un año a partir del alta en Actividades Economicas.

Cuantía de las Ayudas:

La cuantía de la subvención, será de 5.000 euros por entidad beneficiaria, pudiendose incrementar en 2.000 euros por cada persona socia o promotora que no haya realizado el curso de formación y asesoramiento pero que cumpla todos los requisitos establecidos en el Decreto, hasta un máximo de cinco personas socias o promotoras. La subvención máxima por entidad beneficiaria ascenderá a 15.000 euros.

Solicitudes:

La solicitud y documentación correspondiente, deberán ser presentados a través de la Oficina Virtual de Empleo, Inserción social e Igualdad, accediendo por https://web.bizkaia.eus/es/inicio a través de “Tramites”. Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai.

Plazo de Solicitud:

Plazo de presentación solicitudes: comenzará el día 6 de septiembre de 2021 a las 8:00 horas y finalizará el 1 de octubre de 2021 a las 13:30 horas.

Más información y Enlaces:

Información: Teléfonos de información del programa: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Ficha técnica de la Ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 6 de julio de 2021

Ayudas para reducir el endeudamiento: COVID 19

AYUDAS DIRECTAS A PERSONAS AUTÓNOMAS (EMPRESARIAS Y PROFESIONALES) Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PRIVADO


http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto:

Satisfacer las obligaciones de deuda que, derivadas de compromisos contractuales anteriores al 13 de marzo de 2021, hayan sido devengadas en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y se encuentren pendientes de pago a esta última fecha, y efectuar los pagos correspondientes a las mismas, a los proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a los costes fijos no cubiertos incurridos de personas autónomas y empresas.

Forma de pago:

Las ayudas se materializarán en la forma de subvenciones a fondo perdido y se abonarán en un único pago.

Líneas de ayuda:

  • Línea 1: 3.000 euros máximo
  • Requisitos:
    • Haber ejercido, al menos, una actividad prevista en los códigos CNAE del Anexo I en los ejercicios 2019 y 2020, y ejercer alguna de ellas en la fecha de presentación de la solicitud.
    • Tener domicilio fiscal en la CAPV.
    • Personas empresarias individuales y profesionales autónomas, y entidades en atribución de rentas en IRPF.
    • Régimen simplificado o régimen especial del recargo de equivalencia (IVA) en 2019 o 2020, en alguna de sus actividades.

  • Línea 2: según caída volumen de operaciones:
  • Requisitos:
    • Haber ejercido, al menos, una actividad prevista en los códigos CNAE del Anexo I en los ejercicios 2019 y 2020, y ejercer alguna de ellas en la fecha de presentación de la solicitud.
    • Tener domicilio fiscal en la CAPV o establecimiento permanente en caso de no residentes, en la CAPV.
    • Personas empresarias individuales y profesionales autónomas, y entidades que no tributen en régimen de consolidación fiscal en Impuesto de Sociedades en 2020.
    • Volumen de operaciones en 2020 inferior o igual a 10 millones de euros.
    • Cualquier régimen de IVA, salvo régimen simplificado en 2019 o 2020. Si está en régimen especial de recargo de equivalencia en 2019 o 2020, puede optar por esta Línea o por la Línea 1.
    • Resultado positivo de su actividad en 2019.
    • Caída del volumen de operaciones en el IVA o tributo indirecto equivalente del 2020 con respecto al 2019 mayor al 30%, de todas las actividades.

  • Línea 3: según caída volumen de operaciones:
  • Requisitos:
    • Haber ejercido, al menos, una actividad prevista en los códigos CNAE del Anexo I en los ejercicios 2019 y 2020, y ejercer alguna de ellas en la fecha de presentación de la solicitud.
    • Tener su domicilio o establecimiento permanente en CAPV, o fuera de la CAPV si operan en dicho territorio.
    • Personas empresarias individuales y profesionales autónomas, entidades y grupos que tributen en régimen de consolidación fiscal en el Impuesto sobre sociedades en 2020.
    • Volumen operaciones en 2020 superior a 10 millones de euros, salvo grupos en régimen de consolidación fiscal en el Impuesto sobre Sociedades en 2020.
    • Resultado positivo de su actividad en 2019.
    • Caída del volumen de operaciones en el IVA o tributo indirecto equivalente del 2020 con respecto al 2019 mayor al 30%, de todas las actividades.

Límites de la ayuda:

  • Línea 1: 3.000 euros máximo.
  • Líneas 2 y 3:
    • 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019, siempre que esta caída supere el 30% y cuando tengan un máximo de 10 empleados.
    • 20 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019, siempre que esta caída supere el 30% y cuando tengan más de 10 empleados.
    • La ayuda máxima no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

Destino de las ayudas:

Las ayudas que se otorguen tendrán carácter finalista y se concederán para poder satisfacer las obligaciones de deuda que, derivadas de compromisos contractuales anteriores al 13 de marzo de 2021, hayan sido devengadas en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y se encuentren pendientes de pago a esta última fecha, y efectuar los pagos correspondientes a las mismas, a los proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a los costes fijos no cubiertos incurridos.

Se considerarán costes fijos no cubiertos los costes fijos soportados por las empresas devengados con independencia del nivel de producción durante el periodo subvencionable (entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021) que no estén cubiertos por la contribución a los beneficios (los ingresos menos los costes variables) durante el mismo periodo, ni por otros fondos, como seguros o medidas de ayudas temporales. Entre otros, se considerarán como tales costes fijos no cubiertos, los relativos al suministro de energía y al coste de cambio de potencia, los costes salariales y los seguros sociales obligatorios correspondientes a la actividad por la que se acceda a la ayuda y que se encuentren soportados por facturas u otro tipo de documentos justificativos admitidos en derecho.

Únicamente se admitirán pagos realizados a través de entidad financiera, de forma que los pagos que se justifiquen deberán contar con su correspondiente reflejo en cuenta bancaria y justificante de abono que podrán ser requeridos al beneficiario en el procedimiento de justificación.

Solicitudes:

Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás trámites y gestiones procedimentales concernidos por la convocatoria se efectuarán exclusivamente por medios electrónicos. El modelo de solicitud, las indicaciones relativas a la cumplimentación y tramitación de las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la sede electrónica https://www.euskadi.eus/servicios/1200901

Plazo de solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del 5 de julio de 2021 y finalizará a las 12:00 horas del 30 de julio de 2021.

Más información:



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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jueves, 27 de mayo de 2021

GOBIERNO VASCO: MEC 2021, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2021

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras, teniendo además en cuenta la situación extraordinaria generada por el estado de alarma creado por el COVID-19

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial o de servicios.

El establecimiento comercial o de servicios deberá estar en la Comunidad Autónoma Vasca y su actividad debe encuadrarse entre las relacionadas en la norma de la Ayuda.

Será requisito necesario ejercer la misma actividad comercial o de servicios en el establecimiento objeto de subvención, con alta efectiva en el Impuesto sobre Actividades Económicas, durante mínimo un año antes de la fecha de presentación de solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial: Tiene por objeto las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del establecimiento comercial realizada a través de obras e inversiones en el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto. (Inversión mínima 4.000 euros)
  • Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: Tiene por objeto la incorporación de equipos y aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, adecuación a la normativa fiscal, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web. (Inversión mínima 900 euros)
  • Línea 3: Condiciones higiénico-sanitarias: Tiene por objeto las inversiones en activos fijos adquiridos con el fin de desarrollar la actividad comercial en condiciones favorables higiénico-sanitarias, con motivo de la situación de alarma motivada por el COVID-19 favorables higiénico-sanitarias, con motivo de la situación de alarma motivada por el COVID-19. (Inversión mínima 900 euros)

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, deben estar comprendidos en el período que va desde el 4 de agosto de 2020 y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 25% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 26 de junio de 2021

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 30 de abril de 2021

Bonos NIK GERNIKAN 2021

BONOS NIK GERNIKAN 2021

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El Ayuntamiento de Gernika-Lumo lanza una campaña de bonos para fomentar el consumo en el comercio local.

¿Qué empresas pueden participar?


¿Cómo se realiza la inscripción?

Los establecimientos deberán cumplimentar la ficha de inscripción y entregarla en la oficina de la asociación de comerciantes de Gernika-Lumo (Merkatu Plaza, puesto 17) o enviarla por correo electrónico a la dirección gernikakoelkartea@gmail.com.

La solicitud de adhesión deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
  • Certificado de alta en el IAE.
  • Justificante de la titularidad de la cuenta bancaria (copia libreta, certificado entidad,…).

¿Cómo se consiguen los bonos?

  • BONOS COMERCIO: Los bonos NIK GERNIKAN comercio se adquieren en la Oficina de Turismo de Gernika-Lumo (Artekalea, 8).
    El valor de compra de cada Bono NIK GERNIKAN comercio será de 30 euros y cada persona compradora pagará 20 euros por bono.


  • BONOS HOSTELERIA: Los bonos NIK GERNIKAN hostelería se adquieren directamente en los establecimientos adheridos a la campaña. Cada uno de ellos recibirá un total de 200 bonos.
    El valor de compra de cada Bono NIK GERNIKAN hostelería será de 5 euros y cada persona compradora pagará 2 euros por bono.


  • Cada persona podrá adquirir un máximo de dos Bonos NIK GERNIKAN comercio, en el caso de los bonos de hostelería no hay máximo de bonos que se pueden usar.

    ¿Cómo se canjean los bonos?

    COMERCIO:
    Los clientes entregarán un bono por cada ticket de venta de importe mínimo de 30 euros. El comercio descontará esos 30 euros del total del pago a realizar.

    HOSTELERÍA:
    Los clientes solicitarán los bonos en el propio local siempre que el ticket tenga un importe mínimo de 5 euros. Si el ticket es de 10 euros o más se podrán usar un máximo de dos bonos por ticket. El establecimiento descontará 3 euros por cada bono del total del pago a realizar.

    Calendario de la Campaña

    Los bonos se pondrán a la venta el 3 de mayo y podrán utilizarse hasta el 30 de junio de 2021.

    En ningún caso devolverá a los consumidores dinero en metálico sobre la diferencia entre el importe de la compra y el valor del Bono.

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    miércoles, 24 de marzo de 2021

    ON EGIN BONOA: Compra producto local y descubre el lugar del que surge

    BONOS ON EGIN

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    ¿Qué es ON EGIN BONOA?

    El programa On Egin Bonoa para el fomento del consumo de productos de calidad diferenciada de Euskadi y el apoyo a los alojamientos turísticos es un proyecto impulsado por el Gobierno Vasco. Este programa de incentivo y estímulo dirigido a toda la población vasca se estructura a través de bonos descuento a disfrutar en alojamientos turísticos de Euskadi adheridos al proyecto.

    ¿Qué beneficios me ofrece?

    On Egin Bonoa te ofrece un descuento de 50 euros en alojamientos turísticos de Euskadi por la compra de 100 euros en productos de calidad.

    Para participar en el programa, la persona consumidora deberá realizar una compra de productos de calidad diferenciada de Euskadi o productos amparados bajo la marca Basque Wine por un valor mínimo de 100 euros en una serie de establecimientos comerciales y canales de venta online de Euskadi también adheridos a la campaña. Cada persona podrá disfrutar de un máximo de dos bonos asociados al número de su D.N.I. que no son acumulables (un bono por estancia).

    La emisión de bonos está condicionada a la disponibilidad del presupuesto asignado al programa de manera que el agotamiento de dichos fondos conllevará la finalización del programa y de la posibilidad de la obtención de los bonos.

    ¿Cómo lo consigo?

    Realizando tu compra de calidad en alguno de los establecimientos adheridos al programa: LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS

    ¿Dónde lo disfruto?

    En uno de los alojamientos adheridos al programa: LISTADO DE ALOJAMIENTOS

    Pasos para conseguir y disfrutar ON EGIN BONOA

    • Eliges el establecimiento adherido y realizas tu compra.
    • Envías tus datos y la factura a través de esta web.
    • Recibes el bono descuento.
    • Disfrutas el descuento en uno de los alojamientos adheridos.

    Plazos del programa

    • 22 de marzo: comienza el plazo para que los comercios y los alojamientos turísticos se adhieran al programa.
    • 19 de abril: entran en la promoción las compras que se realicen a partir de este día.
    • 22 de mayo: finaliza el plazo para la adhesión de los comercios y los alojamientos.
    • 1 de junio: comienza el plazo para el disfrute de los bonos.
    • 31 de diciembre 2021: Termina el plazo para conseguir los bonos.
    • 31 de diciembre de 2022: finaliza el plazo para disfrutar los bonos.

    ¿Cuáles son los productos asociados?

    • Denominaciones de Origen Protegidas de Txakoli de Álava, Bizkaia y Getaria.
    • Vinos bajo la Denominación de Origen Protegida Calificada Rioja elaborados en la zona de Rioja Alavesa o “vinos de Municipio” de la Rioja Alavesa o vinos de viñedos singulares de Rioja Alavesa. Vinos de Denominación de Origen Protegida Cava elaborados en Rioja Alavesa.
    • Quesos con Denominación de Origen Protegida Idiazabal.
    • Productos con el certificado de calidad Eusko Label o con etiquetado de elaborados con materias primas Eusko Label.
    • Productos Ecológicos Agroalimentarios de Euskadi.
    • Sidra de la Denominación de Origen Euskal Sagardoa.
    • Productos amparados bajo la marca Basque Beer.

    Más información

    943543015
    Información en la página ON EGIN BONOA


    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    miércoles, 10 de marzo de 2021

    Programa de ayudas para el sostenimiento del subsector del equipamiento personal del comercio minorista vasco 2021

    AYUDAS PARA EL SOSTENIMIENTO DEL SUBSECTOR DEL EQUIPAMIENTO PERSONAL VASCO 2021

    https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/01/ico-ebssaeca-bermea-2019.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

    Objeto de la ayuda:

    Proteger y dar soporte económico de forma directa al subsector del equipamiento personal del comercio minorista vasco.

    Beneficiarios:

    Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes, sociedades civiles y, las micro y pequeñas empresas cuyo establecimiento comercial se encuentre en la Comunidad Autónoma Vasca y cuya actividad se encuadre entre las siguientes:
    • Grupo CNAE 47.71: Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.
    • Grupo CNAE 47.72: Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.
    Otros requisitos:
    Las personas y entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos a fecha de 15 de febrero de 2021:
    • Estar domiciliada social y fiscalmente la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda.
    • En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
    • La entidad solicitante deberá estar dada de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas.

    Ayudas:

    Las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido. La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial a fecha de 15 de febrero de 2021, según la siguiente tabla:
    • Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 4.000 euros.
    • Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 4.500 euros.
    En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas.

    Solicitudes:

    Las solicitudes deberán presentarse online en la página web habilitada al efecto: ENLACE

    Plazo de Solicitud:

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de marzo de 2021 a las 09.00hrs.

    Enlaces:

    Información: Teléfono de información del programa: 945017750
    Información en la página del Gobierno Vasco
    Normativa


    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    viernes, 1 de enero de 2021

    ICO Empresas y Emprendedores 2021

    ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2021


    https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/01/ico-enpresak-eta-ekintzaileak-2019.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

    Beneficiarios:

    • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio español y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
    • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

    Modalidad de las Ayudas:

    Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

    Conceptos financiables:

    • Desarrollar los proyectos de inversión y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades de liquidez tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
    • Necesidades tecnológicas.
    • Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
    • Vehículos turismos e industriales.
    • Adecuación y reforma de instalaciones.
    • Adquisición de empresas.

    Condiciones de la financiación:

    Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

    Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

    Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
    • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
    • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
    • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
    Comisiones: La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.

    Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

    Solicitudes:

    Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

    Vigencia:

    Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2021

    Notas:

    Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

    Enlaces:

    Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
    Información en la página del ICO
    Folleto de la ayuda
    Ficha resumen de la ayuda


    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    ICO Crédito Comercial 2021

    ICO CRÉDITO COMERCIAL 2021

    Esta información también puedes leerla en euskera

    Beneficiarios:

    Autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.

    Modalidad de la financiación:

    La Entidad de Crédito y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes.

    Conceptos Financiables:

    • Anticipos de facturas con un vencimiento no superior a 180 días.
    • Prefinanciación: Necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de venta en territorio nacional.

    Condiciones de la financiación:

    Importe máximo por cliente: hasta 12.500.000,00 euros por año, en una o varias operaciones.

    Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

    Tipo de interés: variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según la tipología de la operación.

    Comisiones:
    • La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación
    • En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1% sobre el importe cancelado
    Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación.

    TAE máxima: La TAE no podrá superar el tipo de interés más hasta 2,30%.

    Solicitudes:

    En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto

    Vigencia:

    Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2021

    Notas:

    Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

    Enlaces:

    Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
    Información en la página del ICO
    Folleto de la ayuda
    Ficha resumen de la ayuda

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2021

    ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2021

    https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/01/ico-ebssaeca-bermea-2019.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

    Beneficiarios:

    Autónomos y empresas que realicen inversiones en territorio nacional o que necesiten cubrir necesidades de liquidez y que cuenten con el aval de una SGR o SAECA.

    Modalidad de las Ayudas:

    Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos o leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

    Conceptos financiables:

    1. Necesidades de liquidez: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

    2. Inversiones productivas:
      • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
      • Vehículos turismos e industriales.
      • Adecuación y reforma de instalaciones.
      • Adquisición de empresas.
      • Creación de empresas.

    Condiciones de la financiación:

    Importe máximo por cliente: hasta 2 millones de euros por empresa y año, en una o varias operaciones.

    Modalidad:  préstamo o leasing para inversión y préstamo para liquidez.

    Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA: La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avale, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.

    Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto: Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.

    Tipo de interés:  fijo o variable, que será elegido por el cliente. Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

    Plazo de amortización y carencia:
    • De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal.
    • De 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia.
    • De 10, 12 y 15 años con 0, 1, 2 ó 3 años de carencia.
    Comisiones:
    • La SGR o SAECA podrá aplicar hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio.
    • La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.
    Garantías: La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

    Coste de los avales:

    La SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4,30% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no tiene cuota mutualista.

    Solicitudes:

    La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito, en las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) o en SAECA.

    Vigencia:

    Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2021.

    Notas:

    Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

    Enlaces:

    Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
    Información en la página del ICO
    Folleto de la ayuda
    Ficha resumen de la ayuda


    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


    SI ESTA NOTICIA TE PARECE INTERESANTE COMPÁRTELA EN LA RED:

    Ayudas y Subvenciones del Gobierno Vasco 2021


    AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL GOBIERNO VASCO: AÑO 2021


    MEC 2021, Modernización de Equipamientos Comerciales


    Ayudas para el sostenimiento del sector turístico vasco 2021


    Euskadi Bono Comercio 2021



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    Ayudas y Subvenciones de Diputación, Ayuntamientos y entes locales 2021


    AYUDAS Y SUBVENCIONES DE DIPUTACIÓN, AYUNTAMIENTOS Y ENTES LOCALES: AÑO 2021


    Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas



    Bizkaia Bono Denda 2021



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    Ayudas y Subvenciones del ICO 2021


    AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ICO: AÑO 2021

    ICO Empresas y Emprendedores 2021

    ICO Crédito Comercial 2021

    ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2021


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    Ayudas y Subvenciones del EVE-Ente Vasco de la Energía 2021


    AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ENTE VASCO DE LA ENERGÍA (EVE/EEE): AÑO 2021

    No hay ayudas publicadas a la fecha


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    Ayudas y Subvenciones de la SPRI 2021


    AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA SPRI: AÑO 2021

    No hay ayudas publicadas a la fecha

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    Ayudas y Subvenciones 2021


    AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2021



    GOBIERNO VASCO
    SPRI
    ICO: Instituto de Crédito Oficial
    ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
    Diputación, Ayuntamientos y Entes Locales