viernes, 9 de mayo de 2025

GOBIERNO VASCO: MEC 2025, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2025

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Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial o de servicios.

El establecimiento comercial o de servicios deberá estar en la Comunidad Autónoma Vasca y su actividad debe encuadrarse entre las relacionadas en la norma de la Ayuda.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Línea 1: Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial: inversiones dirigidas a la reforma y modernización del establecimiento comercial o de servicios realizadas a través de obras e inversiones en el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto. (Inversión mínima 3.000 euros sin IVA)

  • Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: equipos y aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, cajas registradoras, balanzas para la adecuación a la normativa fiscal, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web. (Inversión mínima 1.000 euros sin IVA)

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones deben estar comprendidos en el período que va entre el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 40% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA.
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 30 de septiembre de 2025

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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