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miércoles, 23 de octubre de 2019

Ayudas para la apertura de tiendas: EMCO 2019

AYUDAS PARA INCENTIVAR EL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL 2019

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es incentivar el emprendimiento comercial en los entornos urbanos de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE).

Beneficiarios:

Podrán obtener ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas comerciales que estén desarrollando la actividad objeto de la ayuda en el momento de la solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Es actuación subvencionable la apertura de nuevos establecimientos comerciales que se haya realizado entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco:
  • Gastos de constitución de la empresa: Registro, notaría y gastos de asesoramiento inicial.
  • Gastos de puesta en marcha de la actividad: alquiler de local, estudios de viabilidad, registro de marcas y patentes, diseño de la imagen corporativa y Proyectos técnicos.
  • Inversiones en activos fijos necesarios para la creación y crecimiento de la empresa, que deberán ser nuevos, incorporarse al activo de la empresa y permanecer en funcionamiento en el establecimiento objeto de la ayuda durante al menos tres (3) años a partir de la fecha del alta en el IAE:
    • Trabajos de adecuación de las instalaciones: pintura, electricidad, iluminación, climatización, instalaciones de agua, gas o electricidad.
    • Adquisición del mobiliario y maquinaria afecta a la actividad comercial.
    • Adquisición de equipamiento informático y sistemas de impresión y/o digitalización, incluida la licencia software de sistema operativo o sistema base necesario para su funcionamiento.
    • Creación de páginas web y herramientas software de comercio electrónico que incluyan la funcionalidad de venta online.
    • Elementos de transporte: serán subvencionables siempre que la actividad de la empresa subvencionada se desarrolle en los mismos o resulten imprescindibles para su desarrollo.
Con carácter general, NO serán subvencionables:
  • La apertura de establecimientos dedicados a actividades de comercio, tanto al por menor como al por mayor, de:
    1. Medicamentos, productos farmacéuticos y homeopáticos.
    2. Vehículos terrestres, aéreos, fluviales o marítimos (el comercio de recambios de vehículos, bicicletas, bicicletas eléctricas y sus accesorios, sí serán subvencionables).
    3. Combustibles, carburantes y lubricantes.
    4. Labores de tabaco.
    5. Producción, comercialización y financiación de armas.
  • La apertura de establecimientos cuya actividad comercial se desarrolle exclusivamente on-line.
  • Las empresas que carezcan de un local directamente afecto a la actividad comercial.
  • Las empresas cuyo centro de actividad o de trabajo no esté establecida a pie de calle.
  • Las empresas cuyo centro de actividad o de trabajo se encuentre en la vivienda habitual.
  • Cambios de denominación, forma jurídica o ampliación de capital.
  • La apertura de establecimientos en la que existen traspasos, relevo generacional o transmisiones empresariales (excepto en el caso de mercados de abastos que sí será subvencionable).
  • La apertura de establecimientos situados fuera de Euskadi o en zonas calificadas urbanísticamente como no residenciales.
  • Las actuaciones cuyo gasto subvencionable sea inferior a 6.000 euros.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con el siguiente importe:
  • 70% de la inversión admisible  con el máximo de ayuda de 20.000 euros por empresa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital.
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 14 de noviembre de 2019

Enlaces:

Más información:
Enlaces a la Normativa:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 5 de junio de 2019

Gobierno Vasco: Ayudas EMET 2019 para el turismo

AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: EMET 2019

https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/06/eusko-jaurlaritza-emet-diru-laguntzak.htmlEsta información también puedes leerla en euskera


El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a:
  • Emprendimiento para la creación de nuevos modelos de negocios turísticos
  • Mejora de la competitividad de las empresas turísticas

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes:
  1. Establecimientos de alojamiento turístico.
  2. Restaurantes, bares, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza.
  3. Empresas turísticas de mediación.
  4. Empresas de Transporte turístico.
  5. Empresas de Turismo activo.
  6. Empresas Profesionales Organizadoras de Congresos.
  7. Guías de Turismo.
Todas las entidades deberán encontrarse ejerciendo la actividad en el momento de la presentación de la solicitud, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

EMPRENDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS MODELOS DE NEGOCIOS TURÍSTICOS:

Generación de nuevos modelos de negocios turísticos, (inversión mínima: 10.000 euros).

INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS MEDIANTE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS:

  1. Implantación de soluciones tecnológicas para mejorar la Implantación de soluciones tecnológicas para mejorar la competitividad de los negocios; así como la promoción y comunicación; y la comercialización de los productos y/o servicios turísticos, utilizando para ello la tecnología Web 2.0 (inversión mínima: 5.000 euros).
  2. Fomento de la innovación en los procesos de negocio y el desarrollo de actividades de I+D+i (inversión mínima: 5.000 euros).
  3. Incorporación de sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento (inversión mínima: 5.000 euros).
  4. Mejora de la conectividad inalámbrica de los establecimientos de alojamiento turístico (inversión mínima: 5.000 euros).

MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS EMPRESAS Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS:

  1. Ampliar la oferta de servicios y/o productos turísticos alineados con la estrategia turística vasca (inversión mínima: 5.000 euros).
  2. Mejorar el atractivo y aportar valor añadido a la oferta de los servicios hosteleros (inversión mínima 5.000 euros).

ADECUACIÓN DE LA OFERTA HACIA UN TURISMO SOSTENIBLE, RESPONSABLE Y ACCESIBLE:

  1. Inversiones destinadas a la reducción de impacto de la actividad turística sobre el entorno (inversión mínima: 3.000 euros).
  2. Incorporación de tecnologías tendentes a facilitar la accesibilidad (inversión mínima 3.000 euros).

Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA). CUADRO RESUMEN

EMPRENDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS MODELOS DE NEGOCIOS TURÍSTICOS:

  • 40% de la inversión neta admitida con el límite de 18.000 euros

INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS MEDIANTE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS:

  • 30% de la inversión neta admitida con el límite de 15.000 euros

MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS EMPRESAS Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS:

  • 30% de la inversión neta admitida con el límite de 15.000 euros

ADECUACIÓN DE LA OFERTA HACIA UN TURISMO SOSTENIBLE, RESPONSABLE Y ACCESIBLE:

  • 30% de la inversión neta admitida con el límite de 15.000 euros

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online del MET

El plazo de solicitud será hasta el 16 de junio de 2019.

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:
Orden Ayudas EMET 2019



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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EMET 2019: Ayudas a la hostelería y el turismo

AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: EMET 2019

https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/06/emet-2019-diru-laguntzak-euskadiko.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a:
  • Emprendimiento para la creación de nuevos modelos de negocios turísticos
  • Mejora de la competitividad de las empresas turísticas

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco.

Todas las entidades deberán encontrarse ejerciendo la actividad en el momento de la presentación de la solicitud, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables y serán un porcentaje sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA), estos porcentajes se pueden consultar en el siguiente CUADRO RESUMEN

Bonificaciones:

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online del MET

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 17 de julio de 2019.

Enlaces:

Lee el artículo completo

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:
Orden Ayudas EMET 2019



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 29 de mayo de 2019

MEC 2019: ayudas a comercio vasco

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2019

https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/05/mec-2019-diru-laguntzak-euskadiko.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de tres años en el momento de presentación de la solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a: La reforma y modernización del local, del mobiliario, los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales
  • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 16% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 30 de junio de 2019

Enlaces:

Lee el artículo completo

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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Gobierno Vasco: Ayudas MEC 2019 para el comercio

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2019


https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/05/eusko-jaurlaritza-mec-diru-laguntzak.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:
El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.
Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.
Beneficiarios:
PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de tres años en el momento de presentación de la solicitud.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.
Proyectos Subvencionables:
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a:
    • La reforma y modernización del local
    • El mobiliario
    • Los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales
  • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial
Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. Que se incorporen al activo de la empresa
  2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 4.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 900 euros
  3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
  4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
  6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
  7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
  8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2019. Se podrán admitir inversiones de 2018, siempre que hayan sido realizadas a partir del 3 de julio de 2018 inclusive
NOTAS:
  • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
  • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte, tampoco la adquisición de equipamiento mediante leasing o renting
Cuantía de las Ayudas:
Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 16% de la inversión admisible
  • ADICIONALMENTE
  1. 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175000 o de haber participado en el programa Saltokitik enpresara
  2. 2 puntos adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
  3. 2 puntos adicionales si la inversión en informática si se realiza en software de gestión y/o páginas web con venta on-line
  4. 2 puntos adicionales, cuando se acredite que el titular del establecimiento o al menos un empleado o empleada del establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda está en posesión de alguna titulación reglada de grado Medio o Superior de Formación Profesional o de alguna de las certificaciónes de profesionalidad emitidas por Lanbide, siempre que tengan relación directa con el sector comercial
  5. 3 puntos adicionales cuando se acredite que al menos la mitad de la plantilla de la empresa a la que pertenece el establecimiento comercial para la que se solicita la ayuda tiene contrato indefinido
  6. 3 puntos adicionales si dispone de Plan de Igualdad o Plan de Conciliación de la vida laboral y familiar, o si cuenta con el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, expedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer o por cualquier otra Administración Pública
  7. 2 puntos adicionales si la empresa se encuentra adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide
  8. 2 puntos adocionales, cuando el empresario o empresaria que se haga cargo del establecimiento se haya acogido al programa de transmisión empresarial “Berriz Enpresa” desarrollado por el Departamento competente en materia de Comercio del Gobierno Vasco en colaboración con las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o a otro programa de transmisión empresarial llevado a cabo tanto por instituciones públicas como privadas
  9. 2 puntos adicionales si se realiza una inversión que aporte valor añadido, carácter singular o que suponga una iniciativa innovadora para el desarrollo de la actividad comercial del establecimiento
Notas:
  • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 9.000 euros por establecimiento y año
  • En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 30% de la inversión total admitida
Tramitación de las Solicitudes:
Solicitudes: La tramitación de solicitudes sólo de puede hacer del siguiente modo:
  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS.
ENLACE A LA SOLICITUD WEB Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud finalizará el 30 de junio de 2019
Enlaces:
Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 2 de enero de 2019

ICO Crédito Comercial 2019

ICO CRÉDITO COMERCIAL 2019

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Beneficiarios:

Autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.

Modalidad de la financiación:

La Entidad de Crédito y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes.

Conceptos Financiables:

Anticipos de facturas con un vencimiento no superior a 180 días.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12.500.000,00 euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés: variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según la tipología de la operación.

Comisiones:
  • La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación
  • En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1% sobre el importe cancelado
Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación.

TAE máxima: La TAE no podrá superar el tipo de interés más hasta 2,30%.

Solicitudes:

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2019

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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ICO Empresas y Emprendedores 2019

ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2019


https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2019/01/ico-enpresak-eta-ekintzaileak-2019.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio español y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
  • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Liquidez: Hasta el 100% para gastos de circulante.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA (vehículos industriales sin ninguna limitación).
    • Adquisición de empresas
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Rehabilitación de viviendas y edificios para particulares.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
  • Si se financia liquidez al 100%:
    • 1, 2, 3 y 4 años con un máximo de carencia de 1 año
  • Si se financian inversiones o inversiones y liquidez:
    • Entre 1 y 20 años con un máximo de carencia de 2 años
Comisiones: La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2019

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 1 de enero de 2019

Ayudas y Subvenciones de Ayuntamientos y entes locales 2019


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE AYUNTAMIENTOS Y ENTES LOCALES: AÑO 2019

Esta información está pendiente de actualización. Estará disponible en breve.

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Ayudas y Subvenciones del Gobierno Vasco 2019


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL GOBIERNO VASCO: AÑO 2019

Comercio: Ayudas EMCO 2019

Comercio: Ayudas MEC 2019

Turismo: Ayudas EMET 2019

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Ayudas y Subvenciones del ICO 2019


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ICO: AÑO 2019

ICO Empresas y Emprendedores 2019

ICO Crédito Comercial 2019

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2019

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Ayudas y Subvenciones del EVE-Ente Vasco de la Energía 2019


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ENTE VASCO DE LA ENERGÍA (EVE/EEE): AÑO 2019

Esta información está pendiente de actualización. Estará disponible en breve.

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Ayudas y Subvenciones de la SPRI 2019


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA SPRI: AÑO 2019

Esta información está pendiente de actualización. Estará disponible en breve.

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Ayudas y Subvenciones 2019


AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2019



GOBIERNO VASCO
SPRI
ICO: Instituto de Crédito Oficial
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
Ayuntamientos y Entes Locales

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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