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jueves, 18 de octubre de 2018

GOBIERNO VASCO 2018: Ayudas para nuevas empresas

AYUDAS PARA INCENTIVAR EL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL 2018

https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/10/eusko-jaurlaritza-2018-denda-berriak.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es apoyar la implantación y desarrollo de proyectos de actuación que pongan en marcha acciones de fomento del emprendimiento y para gastos de constitución, puesta en marcha e inversiones para la creación y crecimiento de la empresa, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden los autónomas y autónomos y pequeñas y medianas empresas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial, incluidas las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Serán subvencionables los gastos e inversiones de las nuevas empresas comerciales (alta en el IAE a partir del 1 de julio de 2017) o de ampliación de las empresas comerciales existentes:
  • Gastos de constitución: registro, notaría, asesoría, proyectos técnicos.
  • Gastos de puesta en marcha: alquiler de local, estudios de viabilidad, registro de marcas, diseño de la imagen corporativa.
  • Inversiones en activos fijos necesarios para la creación y crecimiento de la empresa: adecuación de las instalaciones; adquisición del mobiliario y equipamiento, incluido el informático, así como la implementación de soluciones tecnológicas, siempre que se justifique como necesario para el desarrollo de la iniciativa objeto de ayuda.
  • Los elementos de transporte serán subvencionables siempre que la actividad de la empresa subvencionada se desarrolle en los mismos o resulten imprescindibles para su desarrollo.
Con carácter general, no serán subvencionables:
  • La compra de terrenos, edificaciones y locales.
  • Los gastos de personal.
  • Los gastos generales de mantenimiento de negocio.
  • No se subvencionarán gastos correspondientes a publicidad on-line (Google adwords, publicidad en redes sociales, ni gastos por publicidad en otras páginas web, salvo las dirigidas a segmentos de mercado específicos o especializados), ni la gestión de redes sociales (community managers), ni ningún otro gasto correspondiente a posicionamiento o incremento de presencia en internet.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con el siguiente importe:
  • 70% de la inversión admisible  con el máximo de ayuda de 20.000 euros por empresa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital.
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 9 de noviembre de 2018

Enlaces:

Enlaces a la Normativa:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 4 de junio de 2018

GOBIERNO VASCO: MEC 2018, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2018

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de un año en el momento de presentación de la solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a: La reforma y modernización del local, del mobiliario, los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales
  • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 16% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 2 de julio de 2018

Enlaces:

Lee el artículo completo

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 30 de mayo de 2018

GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2018, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2018

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2017/06/eusko-jaurlaritza-mec-programa-2017.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:
El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.
Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.
Beneficiarios:
PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de un año en el momento de presentación de la solicitud.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.
Proyectos Subvencionables:
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a:
    • La reforma y modernización del local
    • El mobiliario
    • Los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales
  • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial
Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. Que se incorporen al activo de la empresa
  2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 5.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 1.500 euros
  3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
  4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
  6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
  7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
  8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2018. Se podrán admitir inversiones de 2017, siempre que hayan sido realizadas a partir del 18 de julio de 2017 inclusive
NOTAS:
  • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
  • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte, tampoco la adquisición de equipamiento mediante leasing o renting
Cuantía de las Ayudas:
Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 16% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable
  • ADICIONALMENTE
  • 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175001 o de haber participado en el programa Saltokitik enpresara
  • 1 punto adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
  • 1 punto adicionales si la inversión en informática si se realiza en software de gestión
  • 2 puntos adicionales, cuando se acredite que el titular o al menos un empleado o empleada está en posesión de alguna titulación de enseñanza reglada (Grados de Formación Profesional o Titulaciones Universitarias) o de alguna de las certificaciones de profesionalidad emitidas por Lanbide, siempre que tengan relación directa con el sector comercial. Se entenderá que tienen relación directa con el sector comercial aquellas titulaciones o certificaciones cuya finalidad sea la gestión empresarial del establecimiento comercial (tales como: compras, ventas, atención al cliente, gestión de almacenes, marketing, …), así como aquellas que tengan por objeto la mejora en el desarrollo del puesto de trabajo y de acuerdo a la actividad comercial desarrollada en el establecimiento para el que se solicita la ayuda
  • 2 puntos adocionales, cuando el empresario o empresaria que se haga cargo del establecimiento se haya acogido al programa de transmisión empresarial “Berriz Enpresa” desarrollado por el Departamento competente en materia de Comercio del Gobierno Vasco en colaboración con las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o a otro programa de transmisión empresarial llevado a cabo tanto por instituciones públicas como privadas
  • 3 puntos adicionales, si dispone del reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, expedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer o por cualquier otra Administración Pública
  • 2 puntos adicionales, cuando se acredite que al menos la mitad de la plantilla del establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda tiene contrato indefinido
  • 2 puntos adicionales si la empresa se encuentra adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide
  • 2 puntos adicionales si se realiza una inversión que aporte valor añadido, carácter singular o que suponga una iniciativa innovadora para el desarrollo de la actividad comercial del establecimiento
Notas:
  • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 9.000 euros por establecimiento y año
  • En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 30% de la inversión total admitida
Tramitación de las Solicitudes:
Solicitud: La tramitación de solicitudes se puede hacer de una única manera:


  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB
Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será hasta el 2 de julio de 2018
Notas:
En el supuesto de completar la solicitud por Internet y de disponer de un Certificado Electrónico no es necesario presentar la solicitud en papel
Enlaces:
Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:





AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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domingo, 27 de mayo de 2018

GOBIERNO VASCO: EMET 2018, Ayudas al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas

AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: EMET 2018

Esta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a:
  • Emprendimiento para la creación de nuevos modelos de negocios turísticos
  • Mejora de la competitividad de las empresas turísticas

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco.

Todas las entidades deberán encontrarse ejerciendo la actividad en el momento de la presentación de la solicitud, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables y serán un porcentaje sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA), estos porcentajes se pueden consultar en el siguiente CUADRO RESUMEN

Bonificaciones:

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online del MET

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 4 de julio de 2018.

Enlaces:

Lee el artículo completo

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:
Orden Ayudas EMET 2018
Orden Ayudas EMET 2018 (modificación)


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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GOBIERNO VASCO: Programa EMET 2018, Ayudas al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas

AYUDAS DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO Y A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: EMET 2018

Esta información también puedes leerla en euskera

El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a:
  • Emprendimiento para la creación de nuevos modelos de negocios turísticos
  • Mejora de la competitividad de las empresas turísticas

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes:
  1. Establecimientos de alojamiento turístico.
  2. Restaurantes, bares, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza.
  3. Empresas turísticas de mediación.
  4. Empresas de Transporte turístico.
  5. Empresas de Turismo activo.
  6. Empresas Profesionales Organizadoras de Congresos.
  7. Guías de Turismo.
Todas las entidades deberán encontrarse ejerciendo la actividad en el momento de la presentación de la solicitud, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

EMPRENDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS MODELOS DE NEGOCIOS TURÍSTICOS:

Generación de nuevos modelos de negocios turísticos, (inversión mínima: 10.000 euros, inversión máxima subvencionable: 60.000 euros).

INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS MEDIANTE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS:

  1. Implantación de soluciones tecnológicas para mejorar la Implantación de soluciones tecnológicas para mejorar la competitividad de los negocios; así como la promoción y comunicación; y la comercialización de los productos y/o servicios turísticos, utilizando para ello la tecnología Web 2.0 (inversión mínima: 5.000 euros).
  2. Fomento de la innovación en los procesos de negocio y el desarrollo de actividades de I+D+i (inversión mínima: 5.000 euros).
  3. Incorporación de sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento (inversión mínima: 5.000 euros).
  4. Mejora de la conectividad inalámbrica de los establecimientos de alojamiento turístico (inversión mínima: 5.000 euros).

MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS EMPRESAS Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS:

  1. Ampliar la oferta de servicios y/o productos turísticos alineados con la estrategia turística vasca (inversión mínima: 5.000 euros).
  2. Mejorar el atractivo y aportar valor añadido a la oferta de los servicios hosteleros (inversión mínima 5.000 euros).

ADECUACIÓN DE LA OFERTA HACIA UN TURISMO SOSTENIBLE, RESPONSABLE Y ACCESIBLE:

  1. Inversiones destinadas a la reducción de impacto de la actividad turística sobre el entorno (inversión mínima: 3.000 euros).
  2. Incorporación de tecnologías tendentes a facilitar la accesibilidad (inversión mínima 3.000 euros).

Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA). CUADRO RESUMEN

EMPRENDIMIENTO PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS MODELOS DE NEGOCIOS TURÍSTICOS:

  • 40% de la inversión neta admitida con el límite de 18.000 euros

INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS MEDIANTE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS:

  • 30% de la inversión neta admitida con el límite de 15.000 euros

MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS EMPRESAS Y DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS:

  • 30% de la inversión neta admitida con el límite de 15.000 euros

ADECUACIÓN DE LA OFERTA HACIA UN TURISMO SOSTENIBLE, RESPONSABLE Y ACCESIBLE:

  • 30% de la inversión neta admitida con el límite de 15.000 euros

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online del MET

El plazo de solicitud será hasta el 4 de julio de 2018.

Lee el artículo completo

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:
Orden Ayudas EMET 2018
Orden Ayudas EMET 2018 (modificación)

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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jueves, 25 de enero de 2018

Becas Gaztedi Busturialdea 2018

PRÁCTICAS NO LABORALES BECADAS EN EMPRESAS PARA JÓVENES DE BUSTURIALDEA

Esta información también puedes leerla en euskera

Los Ayuntamientos de Arratzu, Bermeo, Ereño, Forua, Gautegiz-Arteaga, Gernika-Lumo, Kortezubi, Mendata, Morga, Mundaka, Sukarrieta junto a la Diputación Foral de Bizkaia han suscrito un convenio de colaboración denominado 'Gaztedi Busturialdea' para fomentar el empleo por cuenta ajena entre las personas jóvenes de la comarca de Busturialdea.

Se plantea la posibilidad de que jóvenes de hasta 25 años de edad puedan desarrollar prácticas no laborales becadas en empresas de Busturialdea por espacio de 6 meses con el objetivo de facilitar la adquisición de una primera experiencia laboral y, por lo tanto, posibilitar un mejor acceso al mercado de trabajo.

Características del periodo de prácticas

  • Perfil del participante: Persona desempleada entre 18 y 25 años, inscrita en Lanbide, con formación académica de FP (medio o superior), titulación de grado superior en enseñanzas artísticas o deportivas, o certificado de profesionalidad, Diplomatura o Licenciatura Universitaria.
  • Duración: 6 meses, con jornada semanal de 30 horas (6 horas/día) de lunes a viernes.
  • Tutorización: para facilitar el proceso de desarrollo y formación de la persona en prácticas.

Obligaciones para la empresa:

  • Las prácticas se tutorizarán en los centros de trabajo de las empresas. Los participantes contarán con un Tutor o Tutora en el centro que se responsabilizará de la correcta ejecución de la práctica y de las labores de formación.
  • Firmar un convenio con LANBIDE.
  • La elección definitiva de la persona candidato que va a llevar a cabo las prácticas, queda en manos de la propia empresa.
  • Mensualmente los jóvenes recibirán de la empresa una beca 460 € y serán dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en el CCC correspondiente a prácticas no laborales. Este coste será ingresado por Urremendi a la empresa, por lo que para ésta el coste será nulo.

Plazo de solicitud:

Lo más rápido posible, a poder ser antes del 2 de febrero ya que el número de personas que pueden disfrutar de esta ayuda es limitado.

Contacto:

https://www.gaztedibusturialdea.eus/es/becas/becas-gaztedi-busturialdea/
En caso de tener interés en participar en esta iniciativa los contactos son los siguientes:
  • Bermeo
  • Gazteria Saila
  • Gizarte eta Kultura Etxea: Irakaskintza, 14-16
  • 94 617 91 58
  • giz@bermeo.eus
  • 48370 – Bermeo

  • Gernika-Lumo
  • Gazteentzako Informazio Bulegoa
  • Foru plaza, 2
  • 94 627 02 15
  • gazteger@sarenet.es
  • 48300 – Gernika-Lumo

  • Arratzu, Ereño, Forua, Gautegiz-Arteaga, Kortezubi, Mendata, Morga, Mundaka eta Sukarrieta
  • Urremendi
  • Domingo Alegria, z/g (Merkatu Plaza)
  • 94 625 76 09
  • urremendi@urremendi.org
  • 48300 – Gernika-Lumo


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 1 de enero de 2018

ICO Crédito Comercial 2018

ICO CRÉDITO COMERCIAL 2018

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Beneficiarios:

Autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.

Modalidad de la financiación:

La Entidad de Crédito y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes.

Conceptos Financiables:

Anticipos de facturas con un vencimiento no superior a 180 días.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés: variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según la tipología de la operación.

Comisiones:
  • La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación
  • En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1% sobre el importe cancelado
Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación.

Solicitudes:

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes hasta el 21 de diciembre de 2018

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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ICO Garantía SGR/SAECA 2018

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2018

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Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones en territorio nacional o que necesiten cubrir necesidades de liquidez y que cuenten con el aval de una SGR o SAECA

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos o leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Liquidez: Hasta el 100% para gastos de circulante.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA (vehículos industriales sin ninguna limitación).
    • Adquisición de empresas
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o impuestos de análoga naturaleza
    • Creación de empresas en el extranjero.
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 2 millones de euros por empresa y año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo o leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA: La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avale, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.

Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto: Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.

Tipo de interés:  fijo o variable, que será elegido por el cliente. Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
Dependiendo del destino de la financiación se puede escoger entre las siguientes alternativas:
  1. Para liquidez 100%:
    • Plazo de amortización de 1 a 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
  2. Para inversión:
    • Plazo de amortización de 1 a 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 12 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 15 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Comisiones:
  • La SGR o SAECA podrá aplicar hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio.
  • La Entidad de Crédito no puede cobrar comisión, salvo por amortización anticipada que será del 2% (más información).
Garantías: La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

Coste de los avales:

La SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no tiene cuota mutualista.

Solicitudes:

La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito, en las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) o en SAECA.

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 21 de diciembre de 2018

Notas:

Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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ICO Empresas y Emprendedores 2018

ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2018

Esta información también puedes leerla en euskera

Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio nacional y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
  • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Liquidez: Hasta el 100% para gastos de circulante.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA (vehículos industriales sin ninguna limitación).
    • Adquisición de empresas
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Rehabilitación de viviendas y edificios para particulares.
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
Dependiendo del destino de la financiación se puede escoger entre las siguientes alternativas:
  1. Para liquidez 100%:
    • Plazo de amortización de 1 a 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
  2. Para inversión:
    • Plazo de amortización de 1 a 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 12, 15 ó 20 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Comisiones:  la Entidad de Crédito puede cobrar una comisión al inicio de la operación y por amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2% (más información).

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 21 de diciembre de 2018

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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AYUDAS Y SUBVENCIONES DE AYUNTAMIENTOS Y ENTES LOCALES: AÑO 2018

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Ayudas y Subvenciones del Gobierno Vasco 2018


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL GOBIERNO VASCO: AÑO 2018

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MEC 2018, Modernización de Equipamientos Comerciales

EMET 2018, Ayudas al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas

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AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA: AÑO 2018

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Ayudas y Subvenciones del ICO 2018


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ICO: AÑO 2018

ICO Empresas y Emprendedores 2018

ICO Crédito Comercial 2018

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2018

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AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ENTE VASCO DE LA ENERGÍA (EVE/EEE): AÑO 2018

Esta información está pendiente de actualización. Estará disponible en breve.

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Ayudas y Subvenciones de la SPRI 2018


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA SPRI: AÑO 2018

Esta información está pendiente de actualización. Estará disponible en breve.

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Ayudas y Subvenciones 2018


AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2018



GOBIERNO VASCO
SPRI
ICO: Instituto de Crédito Oficial
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
Ayuntamientos y Entes Locales

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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