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miércoles, 9 de diciembre de 2015

BONO DENDA Navidad 2015

BONO DENDA NAVIDAD 2015: OLENTZERO LLEGA CON DESCUENTO

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La Diputación Foral de Bizkaia junto con la patronal del comercio de Bizkaia (CECOBI), presentan la campaña BONO DENDA NAVIDAD 2015.

Estos bonos podrán canjearse en cualquiera de los comercios adheridos, tienen un coste de 40 euros y permiten hacer un gasto de 50, lo que supone un descuento del 20% en el precio.

Los bonos sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos comercios que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 11 de diciembre de 2015 hasta el 30 de enero de 2016. Se pondrán a la venta un total de 15.000 bonos.

¿Qué tiene que hacer LA CLIENTELA para beneficiarse del programa?

Para poder acogerse a estos descuentos es necesario:
  1. Comprar los bonos: en cualquier cajero multiservicio KUTXABANK, los bonos tienen un precio de 40€ y se podrán adquirir con cualquier tarjeta bancaria sin comisión.
  2. Hacer una compra en un comercio adherido antes del 30 de enero de 2016.
  3. Sólo se podrán comprar un máximo de 2 bonos por tarjeta pero cada cliente no tiene límite en cuanto al número de bonos que pueda utilizar.
  4. Sólo se podrá utilizar un bono por cada ticket de compra.


¿Qué tienen que hacer LOS COMERCIOS para participar en el programa?


NOTA: Los comercios que participaron en ediciones anteriores de esta campaña sólo tienen que remitir a CECOBI el impreso de solicitud, no obstante podrán darse de baja si así lo desean.

Para poder participar en esta campaña los comercios deben:
  1. Ser un comercio minorista situado en Bizkaia.
  2. Adherirse a la campaña, para ello es necesario contactar con CECOBI en el número de teléfono 94 400 28 00 o en su página web y rellenar el correspondiente impreso.
  3. Colocar el lugar visible en distintivo de la campaña y etiquetar correctamente los productos que participan en la promoción.
  4. Aplicar el descuento en el precio cuando se presente un bono original.
  5. Cumplir con los requisitos de documentación exigidos en el compromiso de adhesión.

Resumen:
• Los BONO DENDA se adquieren en los cajeros multiservicio KUTXABANK a un precio de 40€. El plazo para canjear los bonos será hasta el 30 de enero de 2016

• Los BONO DENDA sólo se pueden usar en los comercios que luzcan el distintivo de la campaña

• Sólo se podrá utilizar un BONO DENDA en cada compra, no se pueden acumular bonos para la compra de un mismo bien pero se pueden usar tantos bonos en tantas operaciones como se desee.

¡ANÍMATE Y CONSUME EN BIZKAIA!, ¡ES PARA TI!


Más información:
Diputación Foral de Bizkaia
CECOBI: Confederación de Comercio de Bizkaia


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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Olentzero también llega a las tiendas en Navidad

ESTA NAVIDAD... CONSIGUE TU TIENDA ONLINE ¡¡¡GRATIS!!!

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El Gobierno Vasco, de la mano de la SPRI, ha puesto en marcha el programa comercioelectronico.eus. Una iniciativa dirigida a ayudar a los comercios que lo deseen a aprovechar las posibilidades de venta que les ofrece Internet.

Individualizado según tus necesidades

Como cada comercio es un mundo y no todos tienen la misma presencia on-line se han establecido cuatro escenarios modelo y dependiendo de cuál se corresponda mas a tu tienda se trabajará de una manera u otra, siempre personalizando el servicio porque tu tienda es única y especial

Objetivo: la venta por Internet

Vender es importante y es la razón por la que estás en Internet, ya sea de una manera o de otra. Con este programa lo que se busca es que te aproveches de alguna o de todas de las siguientes ventajas:
  • Vender tus productos por Internet
  • Entrar en nuevos mercados electrónicos
  • Vender directamente a tus fans con una tienda en redes sociales
  • Vender por medio de grandes tiendas online (Amazon, eBay, ...)
  • Mantener todo el sistema tú mismo
  • Ganar competitividad e imagen

Es el momento, es ahora. No de dejes escapar esta oferta. El programa está subvencionado al 100%

por el Gobierno Vasco por lo que no tiene coste para el comercio. Llama ya y empieza cuanto antes a vender por Internet

Para contactar:

comercioelectronico@spri.eus
www.spri.eus


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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jueves, 16 de julio de 2015

GOBIERNO VASCO: Ayudas para la Modernización de las empresas Turísticas MET 2015

APOYO A LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: MET 2015
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El objeto de esta ayuda es apoyar a las empresas turísticas en sus actuaciones destinadas a:
  • Iniciativas innovadoras en el sector turístico.
  • La modernización de la oferta turística para hacerla más competitiva
  • La adaptación de la oferta turística a la normativa de accesibilidad vigente
  • La implantación de sistemas certificables de gestión de la calidad y de gestión ambiental en las empresas y establecimientos ubicados en el País Vasco que operan en el sector turístico

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes:
  1. Alojamiento Turístico
  2. Restauración: restaurantes, bares y cafeterías
  3. Agencias de Viaje
  4. Empresas de transporte Turístico
  5. Empresas de turismo Activo
  6. Empresas Profesionales Organizadoras de Congresos
  7. Empresas de guías turísticas
Todas las entidades deberán encontrarse ejerciendo la actividad en el momento de la presentación de la solicitud, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.



  • INICIATIVAS INNOVADORAS EN EL SECTOR TURÍSTICO:

    1. Implantación de soluciones basadas en las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), para mejorar la eficiencia y la gestión del negocio; así como la promoción y comunicación; y comercialización de los productos y/o servicios turísticos utilizando para ello la tecnología Web 2.0 (inversión mínima: 3.000 euros).
    2. La implantación de soluciones innovadoras en el uso eficiente de recursos (agua, energía) que redunden en una reducción del gasto de las empresas, al tiempo que reviertan en la sostenibilidad ambiental del destino (inversión mínima: 3.000 euros).
    3. La generación de nuevos modelos de negocios turísticos, así como las actuaciones bien individuales o colectivas- en este último caso de al menos tres empresas pertenecientes a subsectores turísticos diferentes-, que den lugar a la creación de nuevos servicios y/o productos turísticos; todos ellos diferenciados y/o complementarios a los ya existentes en el mercado (inversión mínima: 4.000 euros).


  • LA MODERNIZACIÓN DE LA OFERTA TURÍSTICA PARA HACERLA MÁS COMPETITIVA:

    1. Inversiones en establecimientos hoteleros para incrementar su clasificación, que tengan una inversión mínima admitida de 60.000 euros.
    2. Inversiones en bares, restaurantes, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza para: Insonorización del establecimiento; Maquinaria: almacenamiento, manipulación y elaboración de alimentos; Confort de las personas usuarias: obras integrales de aseos, climatización, acondicionamiento y modernización de terrazas para su uso turístico durante todo el año; Limpieza del establecimiento: adquisición de equipamiento. (La inversión mínima admitida será de 5.000 euros); Reformas integrales de locales (la inversión mínima admitida será de 75.000 euros).


  • LA ADECUACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS A LA NORMATIVA DE ACCESIBILIDAD VIGENTE: Se apoyará en este apartado la adquisición de productos de apoyo, así como la adecuación de los servicios, equipamientos e infraestructuras que garanticen la accesibilidad a las personas con diversidad funcional física, visual, auditiva, intelectual u orgánica.



  • LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS CERTIFICABLES DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y DE GESTIÓN AMBIENTAL EN LAS EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS UBICADOS EN EL PAÍS VASCO QUE OPERAN EN EL SECTOR TURÍSTICO: Se contemplan en este apartado las ayudas dirigidas a la obtención y a la renovación de las certificaciones que acrediten la implantación de modelos referenciales de gestión de la calidad (Marca «Q» de calidad Turística del Instituto de la Calidad Turística Española - ICTE, ISO 9001:2008,) y de la gestión ambiental (ISO 14001: 2004 y verificación EMAS) en los establecimientos y servicios turísticos.


  • Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA)


  • INICIATIVAS INNOVADORAS EN EL SECTOR TURÍSTICO:

    1. Implantación de soluciones basadas en las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC): 25% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 9.000 euros
    2. La implantación de soluciones innovadoras en el uso eficiente de recursos: 25% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 9.000 euros
    3. La creación de nuevos negocios turísticos: 20% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 18.000 euros


  • LA MODERNIZACIÓN DE LA OFERTA TURÍSTICA PARA HACERLA MÁS COMPETITIVA:

    1. Inversiones en establecimientos hoteleros de 3 y 4 estrellas para incrementar su clasificación: 30% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 30.000 euros
    2. Inversiones en bares, restaurantes, cafeterías y establecimientos de similar naturaleza: 20% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 12.000 euros (18.000 euros en el caso de reforma integral)


  • LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN LOS ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS AL MODELO DE ACCESIBILIDAD TURÍSTICA DE EUSKADI: 30% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 15.000 euros



  • LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS CERTIFICABLES DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y DE GESTIÓN AMBIENTAL EN LAS EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS UBICADOS EN EL PAÍS VASCO QUE OPERAN EN EL SECTOR TURÍSTICO:

    • Obtención de la Marca Q de Calidad Turística Española: 70% del gasto admitido hasta un máximo de 6.600 euros. En el caso de que soliciten ayuda para la asistencia técnica de consultores y éstos no estén inscritos en el Catálogo de Consultoras y Consultores de Calidad Turística elaborado por Basquetour, el porcentaje de subvención será del 45% del gasto neto admitido hasta un importe máximo de 5.500 euros.
    • Obtenición de la Certificación ISO 9001:2008: 70% del gasto neto admitido con un límite de 6.600 euros siempre que no exista certificación Q de Calidad Turística Española para la tipología de empresa para la que se solicita la ayuda. De producirse dicha circunstancia, el porcentaje de subvención será el 45% del gasto neto admitido hasta un importe máximo de 5.500 euros
    • Obtención de la certificación que acredite la gestión ambiental: 45% del gasto neto admitido hasta un importe máximo de 5.500 euros
    • Renovación de la certificación de la Marca Q Calidad Turística Española e ISO 9001:2008, en este segundo caso, siempre que no exista certificación de la Marca Q para la tipología de empresa para la cual se solicita la ayuda: El 45% del gasto neto admitido con un límite de 2.000 euros
    • Renovación de la certificación ISO 9001:2008, existiendo la certificación de la Marca Q Calidad Turística Española para la tipología de empresa o de establecimiento para la cual se solicita la ayuda: 35% del gasto neto admitido, con un límite de 1.400 euros
    • Renovación de la certificación que acredite la gestión ambiental: 35% del gasto neto admitido, con un límite de 1.400 euros
    ADICIONALMENTE:
    • 5% adicional si la empresa cuenta con el sello de accesibilidad verde en todas las diversidades funcionales.
    • 5% adicional si el empresario o empresaria que se ha hecho cargo del establecimiento se haya acogido al programa de transmisión empresarial «Berriz Enpresa».
    • 5% adicional si la empresa está en posesión de alguno de los certificados de calidad para el sector turístico: ISO 9001:2008; las Marcas de Calidad Turísticas concedidas por el Instituto para la Calidad Turística Española; los reconocimientos EFQM administrados por la Fundación Vasca para la Excelencia Euskalit; o bien, de una certificación en gestión ambiental (verificación EMAS, Etiqueta Ecológica de la Unión Europea, Ekoscan e ISO 14001), salvo en los proyectos para la renovación del certificado por cuya posesión se establece el incremento.
    • 5% adicional si la empresa ha participado y superado alguno de los programas de buenas prácticas desarrollados por Basquetour, S.A.
    • 5% adicional si la empresa cuenta con un plan de formación, o que el 25% de la plantilla ha acudido a cursos para mejorar su formación en idiomas extranjeros y/o su cualificación profesional organizados por otras entidades, o a los cursos formativos y de gestión impartidos por las asociaciones sectoriales, todos ellos en un plazo no superior a un año desde la fecha de la solicitud de la ayuda. Deberá acreditarse la asistencia y los contenidos de los cursos.
    • 5% adicional si la empresa tiene implantado un plan de igualdad entre mujeres y hombres, o un plan para la conciliación de la vida laboral y familiar; o bien que está en posesión de la certificación que le acredita como Entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, expedido por Emakunde, Instituto Vasco de la Mujer.
    • 5% adicional si la empresa acredita su condición de miembro o socia de los Clubes de producto «Euskadi Gastronomika» y/o «Surfing Euskadi» creados a partir de la metodología y directrices facilitadas por Basquetour, S.A; de alguna de las asociaciones empresariales del sector turístico de la CAPV; y/o de las asociaciones o entidades público-privadas cuyo objetivo sea el desarrollo turístico de su área de influencia.

    La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online del MET

    El plazo de solicitud será hasta el 11 de agosto de 2015.

    Información en la página del Gobierno Vasco

    Enlaces a la Normativa:


    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    viernes, 3 de julio de 2015

    GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2015, Modernización de Equipamientos en el Comercio


    APOYO A LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2015

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    Objeto de la Ayuda:
    El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.
    Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.
    Beneficiarios:
    PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

    Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de un año en el momento de presentación de la solicitud. Modalidad de las Ayudas:
    Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.
    Proyectos Subvencionables:
    Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
    • Las inversiones dirigidas a:
      • La reforma y modernización del local
      • El mobiliario
      • Los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales
    • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial
    Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:
    1. Que se incorporen al activo de la empresa
    2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 3.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 900 euros
    3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
    4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
    5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
    6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
    7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
    8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2015. Se podrán admitir inversiones de 2014, siempre que hayan sido realizadas a partir del 6 de septiembre de 2014 inclusive
    NOTAS:
    • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
    • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte, tampoco la adquisición de equipamiento mediante leasing o renting
    Cuantía de las Ayudas:
    Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
    • CON CARÁCTER GENERAL:
    • 15% de la inversión admisible en el caso de inversiones en reforma, modernización del local, mobiliario y equipamientos
    • 20% de la inversión admisible en el caso de inversiones en balanzas y equipamiento informático
    • ADICIONALMENTE
    • 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175000 o de haber participado en el programa Saltokitik enpresara
    • 3 puntos adicionales para comercios con certificación de Comercio Excelente
    • 5 puntos adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
    • 5 puntos adicionales si la inversión en informática si se realiza en software de gestión
    • 5 puntos adicionales, cuando se acredite que el titular o al menos un empleado o empleada está en posesión de alguna titulación de enseñanza reglada (Grados de Formación Profesional o Titulaciones Universitarias) o de alguna de las certificaciones de profesionalidad emitidas por Lanbide, siempre que tengan relación directa con el sector comercial. Se entenderá que tienen relación directa con el sector comercial aquellas titulaciones o certificaciones cuya finalidad sea la gestión empresarial del establecimiento comercial (tales como: compras, ventas, atención al cliente, gestión de almacenes, marketing, …), así como aquellas que tengan por objeto la mejora en el desarrollo del puesto de trabajo y de acuerdo a la actividad comercial desarrollada en el establecimiento para el que se solicita la ayuda
    • 5 puntos adocionales, cuando el empresario o empresaria que se haga cargo del establecimiento se haya acogido al programa de transmisión empresarial “Berriz Enpresa” desarrollado por el Departamento competente en materia de Comercio del Gobierno Vasco en colaboración con las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, o a otro programa de transmisión empresarial llevado a cabo tanto por instituciones públicas como privadas
    • 2 puntos adicionales, si dispone del reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, expedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer o por cualquier otra Administración Pública
    Notas:
    • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 12.000 euros por establecimiento y año
    • En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 25% de la inversión total admitida

    Tramitación de las Solicitudes:
    Solicitudes: La tramitación de solicitudes se puede hacer de dos maneras:

    • En papel: Completando el impreso correspondiente en la aplicación web, imprimirlo y presentándolo, junto con la documentación exigida, en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. El impreso sólo puede completarse online en el aplicativo que se pone a su disposición en la página de la ayuda.
    • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital.
    ENLACE A LA SOLICITUD WEB Plazo de Solicitud:
    El plazo de solicitud será hasta el 15 de septiembre de 2015
    Notas:
    En el supuesto de completar la solicitud por Internet y de disponer de un Certificado Electrónico no es necesario presentar la solicitud en papel
    Enlaces:
    Información en la página del Gobierno Vasco

    Enlaces a la Normativa:
    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    martes, 28 de abril de 2015

    Gobierno Vasco 2015: Programa de apoyo financiero a PYMEs y autónomos

    PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, PERSONAS EMPRESARIAS INDIVIDUALES Y PROFESIONALES AUTÓNOMAS 2015
    Esta información también puedes leerla en euskera

    Objeto de la Ayuda:
    Crear una línea de financiación a favor de pymes y autónomos por medio de préstamos avalados por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).
    Beneficiarios:
    Pymes, personas empresarias individuales y profesionadas autónomas domiciliadas en la CAV.
    • Las personas beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
      • Las personas físicas que ejerzan una actividad económica deberán estar dadas de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
      • Obtener rendimientos de actividades económicas o empresariales sujetas al IRPF.
    Destino de los préstamos:
    Los préstamos obtenidos por este programa podrán destinarse a:
    • Cobertura de necesidades de liquidez
    • Financiación de capital circulante
    Modalidad de las Ayudas:
    Estas ayudas se materializarán por medio de la concesión de avales para la solicitud de préstamos con tipos de interés máximos previamente señalados.
    Características de las operaciones de aval:
    Los avales financieros que otorguen las SGR garantizarán los riesgos de sus beneficiarios ante las entidades de crédito por las operaciones de préstamo.

    El coste de los avales será el siguiente:
    • Comisión de estudio: 0,10% del principal del préstamo, por una sola vez a la solicitud del aval
    • Comisión de formalización: 0,20% del aval formalizado por una sola vez a la concesión del aval
    • Comisión de aval: 0,75% anual
    • No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicionales
    Características de los Préstamos:
    • Tipo de interés y Plazo:
      Plazo (años)
      Diferencial (máximo)
      3
      2,00%
      5
      2,25%
      7
      2,50%
    • Cuantía:
      • Entre 50.000 y 650.000 euros para pymes
      • Entre 5.000 y 100.000 euros para autónomos
    Solicitudes:
    La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados en las oficinas de las SGR colaboradoras de acuerdo con el convenio, la situación de las oficinas de estas entidades se puede consultar aquí:
    Entidades Financieras Colaboradoras:
    Estas son las entidades que colaboran con este programa:
    • Kutxabank, S.A.
    • Caixabank, S.A.
    • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
    • Banco Santander, S.A.
    • Bankinter, S.A.
    • Banco Popular Español, S.A.
    • Banco de Sabadell, S.A.
    • Bankoa, S.A.
    • Targobank, S.A.
    • Banco Popolare Etica, S.C.P.A, sucursal en España
    • Caja Laboral Popular, C.C.
    • Caja Rural de Navarra, S.C.C.

    Plazo de Solicitud:
    El plazo de solicitud se inicia el 9 de febrero de 2015 y estará abierto hasta el agotamiento del presupuesto disponible
    Notas:
    Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
    Más información y Enlaces:
    Información:
    Información en la página del Gobierno Vasco
    Enlace a la Normativa (DECRETO REGULADOR)
    Enlace a la Normativa (ORDEN DE CONVOCATORIA)

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    BONO DEKOR 2015: 20% de descuento en muebles

    BONO DEKOR: 20% DE DESCUENTO EN MUEBLES
    http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2015/04/2015eko-bono-dekor-20-deskontuan.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

    La patronal del comercio de Bizkaia (CECOBI) junto con la Asociación de Comercio del Mueble de Bizkaia (AMUBI) y la Diputación Foral de Bizkaia presentan la cuarta edición de la campaña para dinamizar las ventas en el sector comercial del mueble BONO DEKOR.

    Con estos bonos cualquier persona que compre muebles de hogar, cocina, iluminación y colchones identificados con el distintivo de la campaña en alguno de los comercios adheridos tendrá un descuento del 20% en el precio.

    Los bonos sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos comercios que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 25 de abril hasta el 30 de mayo de 2015.


    ¿Qué tiene que hacer la clientela para beneficiarse del programa?

    Para poder acogerse a estos descuentos es necesario:
    1. Comprar los bonos: en cualquier cajero de BBK/Kutxabank.
    2. Hacer una compra en un comercio adherido por un importe mínimo de 300 euros (sin IVA) antes del 30 de junio de 2014.

    NOTA: Los comercios pueden decidir si aplican esta promoción a toda su oferta os los productos fuera de esta campaña por lo que no se les aplicaría el descuento.


    ¿Qué tienen que hacer los comercios para participar en el programa?

    Para poder participar en esta campaña los comercios deben:
    1. Ser un comercio que se dedique a la venta de muebles, muebles de cocina y/o electrodomésticos.
    2. Adherirse a la campaña, para ello es necesario contactar con CECOBI/AMUBI en el número de teléfono 94 400 28 00 o en la página web de CECOBI y rellenar el correspondiente impreso.
    3. Abonar la cuota de inscripción: 100€ para comercios asociados a AMUBI y 200€ para el resto de comercios.
    4. Colocar el lugar visible en distintivo de la campaña y etiquetar correctamente los productos que participan en la promoción.
    5. Aplicar el descuento del 20% cuando se presente un bono original.
    6. Cumplir con los requisitos de documentación exigidos en el compromiso de adhesión.

    ¿Cómo funciona la campaña?

    Una vez realizada una compra de más de 300€ sin IVA (PVP mínimo 363 euros) se aplicará el descuento del 20% con la presentación del BONO DEKOR de la siguiente manera:

    Ejemplo:
    Compra por 400 euros
    Descuento: 20% x 400 = 80 euros
    Precio a pagar: 320 euros


    Resumen:
    • Los BONOS DEKOR se adquieren en los cajeros BBK a un precio de 5€ (más 0,90 euros de comisión si se usa una tarjeta ajena a Kutxabank)
    • El plazo para usar los bonos será hasta el 30 de junio de 2014
    • Los BONOS DEKOR sólo se pueden usar en los comercios que luzcan el distintivo de la campaña
    • La compra mínima será de 300 euros (sin IVA)
    • El descuento máximo que se puede obtener es de 600 euros, correspondiente a una compra de 3.000 euros
    • No todos los productos de un comercio tienen que participar en la campaña, los productos que SÍ participen tendrán su correspondiente etiqueta

    Más información:
    CECOBI: Confederación de Comercio de Bizkaia
    AMUBI: Asociación de Comercio del Mueble de Bizkaia

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    viernes, 10 de abril de 2015

    Diputación Foral de Bizkaia 2015: Apoyo Financiero a la Inversión en Pymes, AFIPYME


    PROGRAMA AFIPYME 2015: APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN EN PYMES

    http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2015/04/bizkaiko-foru-aldundia-2015-eteei-diruz.htmlEsta información también puedes leerla en euskera


    Objeto de la Ayuda:
    Subvencionar los intereses de las operaciones de financiación de inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica realizados por pymes.
    Beneficiarios:
    Empresas de Bizkaia con una plantilla de entre 6 y 100 personas cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria y Servicios conexos con la Industria.

    Las entidades beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
    • Tener su domicilio social y fiscal en Bizkaia
    • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la S.S.
    • No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo.
    Modalidad de las Ayudas:
    Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
    Proyectos Subvencionables:
    Serán subvencionables las inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica. El importe mínimo de estas inversiones será de 40.000 euros.

    NOTA: Las inversiones deberán materializarse en el período abarcado desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015

    Será subvencionable el inmovilizado que pertenezca a alguna de las siguientes categorías del Plan General de Contabilidad:
    • 206- Aplicaciones informáticas
    • 212- Instalaciones Técnicas
    • 213- Maquinaria
    • 215- Otras Instalaciones
    • 217- Equipos para procesos de información
    No se considerarán gastos subvencionables los siguientes supuestos:
    • Documentos justificativos de gastos inferiores a 1.000 euros (I.V.A. no incluido)
    • El I.V.A.
    • Gastos realizados a través de empresas o personas vinculadas a la empresa solicitante
    • Todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria
    • Maquinaria que no tenga el marcado CE en la máquina de manera visible, legible e indeleble.
    Cuantía de las Ayudas:
    El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de los siguientes porcentajes, sobre la base de gasto que se considere subvencionable de cada tipo de coste:
    • Puntuación de 61-100 puntos 15%
    • Puntuación de 35-60 puntos 6%
    El importe máximo de ayuda por entidad y año será de 70.000 euros.
    Solicitudes:
    La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica ( www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
    Plazo de Solicitud:
    En 2015 el plazo de solicitud será del 1 al 19 de junio de 2015 a las 13:30 horas.
    Notas:
    Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
    Más información y Enlaces:
    Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08
    Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
    Enlace a la Normativa

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    jueves, 9 de abril de 2015

    Diputación Foral de Bizkaia 2015: Apoyo Financiero a Autónomos, AFA


    PROGRAMA AFA 2015: APOYO FINANCIERO A AUTÓNOMOS
    Esta información también puedes leerla en euskera


    Objeto de la Ayuda:
    Subvencionar los intereses de las operaciones de financiación de inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica realizados por personas autónomas y entidades sin personalidad jurídica (Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles,...)
    Beneficiarios:
    Microempresas, personas físicas y entidades sin personalidad jurídica que ejerzan una actividad económica, que hayan suscrito un préstamo con una entidad financiera para realizar inversiones encaminadas a mejorar, ampliar o renovar su actividad.
    • Las personas beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
      • Las personas físicas que ejerzan una actividad económica deberán estar dadas de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o mutualidad equivalente y acreditar residencia habitual en Bizkaia.
      • En el caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, todos sus miembros deberán acreditar residencia habitual en Bizkaia y al menos uno deberá estar dado de alta en RETA o mutualidad equivalente.
    • Las microempresas deberán tener menos de seis trabajadores, y domicilio social y fiscal en Bizkaia.
    Modalidad de las Ayudas:
    Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
    Proyectos Subvencionables:
    Serán subvencionables los préstamos o leasing concedidos por entidades financieras que se destinen a inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica. El importe mínimo de estas operaciones será de 10.000 euros.

    NOTA: Los préstamos habrán de ser formalizados en el período abarcado desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 30 de septiembre de 2015
    En concreto, a los efectos de esta ayuda serán subvencionables los préstamos destinados para la realización de las siguientes inversiones en inmovilizado material, de acuerdo con el Plan General Contable:
    • 206- Aplicaciones informáticas
    • 211-Construcciones (excluidas la adquisición y la construcción de inmuebles)
    • 212- Instalaciones Técnicas
    • 213- Maquinaria
    • 216- Mobiliario
    • 217- Equipos para procesos de información
    • 218- Elementos de transporte (sólo cuando la actividad principal sea el transporte de personas y/o mercancías)
    No se considerarán gastos subvencionables los siguientes:
    • Documentos justificativos de gastos inferiores a 300 euros (I.V.A. no incluido)
    • El I.V.A.
    • Los intereses relativos a lineas de crédito en cualquiera de sus modalidades
    • Comisiones bancarias
    • Gastos de gestión y/o coordinación
    • Gastos realizados a través de empresas o personas vinculadas a la empresa solicitante
    • Elementos de utillaje o consumibles
    • Todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria

    Cuantía de las Ayudas:
    La subvención será la suma de:

    • Los intereses del primer año de la operación financiera (hasta un máximo del 5% del menor importe entre el préstamo y/o arrendamiento financiero subvencionable y la inversión subvencionable)
    • El 5% del importe menor entre el préstamo y/o arrendamiento subvencionable y la inversión subvencionable
    El importe máximo de la subvención por entidad será de 10.000 euros. Solicitudes:
    La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica (www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
    Plazo de Solicitud:
    En 2015 el plazo de solicitud será del 15 de abril al 30 de septiembre de 2015, a las 13:30 horas.
    Notas:
    Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
    Más información y Enlaces:
    Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08
    Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
    Enlace a la Normativa

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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    jueves, 12 de marzo de 2015

    SPRI 2015: Apoyo Financiero a la Inversión, AFI


    PROGRAMA AFI 2015: APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN
    http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2015/03/spri-2015-inbertsiorako-finantza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

    Objeto de la Ayuda:
    El objeto de este programa es proporcionar ayudas financieras para la inversión en inmovilizados intangibles y/o materiales nuevos, y para la financiación de circulante en los sectores industrial, comercial, y turístico de la CAPV
    Beneficiarios:
    PYMEs y Autónomos con un centro de actividad en la CAPV y cuya actividad principal sea: Industrial, Comercial o Turística NO SE INCLUYEN otras actividades de servicios (peluquerías,…)
    Modalidad de las Ayudas:
    Estas ayudas se materializarán mediante una rebaja del tipo de interés del préstamo/leasing contratado para la financiación del proyecto de inversión.
    Proyectos Subvencionables:
    Tendrán la consideración de actividades subvencionables, la adquisición de inmovilizados, o la obtención de circulante.

    ADQUISICIÓN DE INMOVILIZADOS:
    Será objeto de ayuda la adquisición de inmovilizados intangibles y/o materiales nuevos en alguna de las siguientes categorías contables:
    • 206 Aplicaciones informáticas.
    • 210 Terrenos y Bienes naturales (excepto turismo).
    • 211 Construcciones.
    • 212 Instalaciones técnicas.
    • 213 Maquinaria.
    • 214 Utillaje.
    • 215 Otras instalaciones.
    • 216 Mobiliario (solo comercio y turismo).
    • 217 Equipos para procesos de información.
    • 218 Elementos de transporte (solo turismo y siempre y cuando su inclusión sea esencial para la integridad del proyecto).
    • 219 Otro inmovilizado material.
    Las inversiones en estos activos deben cumplir las siguientes condiciones:
    1. Volumen de inversión admisible, correspondiente al ejercicio en el que se solicita la ayuda, como mínimo de 100.000 euros en el sector industrial, 30.000 euros en el sector turístico y de 30.000 euros en el sector comercial.
    2. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta, únicamente, el importe de adquisición de activos realizada en el año de la solicitud de las mismas.
    3. El proyecto de inversión y la formalización de la/s póliza/s correspondientes deberán estar materializadas dentro del ejercicio 2015.
    OBTENCIÓN DE CIRCULANTE:
    Serán consideradas operaciones subvencionables las que reflejen expresamente su carácter de financiación del circulante, con pólizas formalizadas por importe mínimo correspondiente al ejercicio en el que se solicita la ayuda, de 100.000 euros en el sector industrial, 30.000 euros en el sector turístico y de 30.000 euros en el sector comercial.
    Plazo para ejecutar los proyectos:
    La inversión subvencionable se deberá realizar en el mismo ejercicio que el de la formalización de la operación de préstamo y/o arrendamiento financiero.
    Condiciones de los Préstamos subvencionables:
    IMPORTE: Se considerará como importe subvencionable el menor de:
    • El 100% de la inversión subvencionable.
    • El importe del préstamo autorizado por la entidad financiera.
    PLAZO:
    Préstamos destinados a la adquisición de Inmovilizados
    Como mínimo 5 años y máximo 7, incluyendo el período de carencia inicial el cual será, como máximo:
    • Préstamos a 7 años: 24 meses.
    • Préstamos a 6 años: 18 meses.
    • Préstamos a 5 años: 12 meses.
    La SPRI podrá admitir plazos diferentes (siendo en todo caso el plazo mínimo de 5 años) a los anteriormente señalados, siempre que en el préstamo formalizado se recoja expresamente que el mismo se incluye en el presente Programa de Ayudas. Este hecho no modificará la cuantificación de las ayudas a conceder, cuantía que no excederá, en ningún caso, de la correspondiente a los préstamos a 7 años, con una carencia máxima de 24 meses.

    Préstamos destinados a la Obtención de Circulante
    Como mínimo 1 año y máximo 5, incluyendo el período de carencia.

    VENCIMIENTOS: Como mínimo de carácter mensual.

    GASTOS Y COMISIONES: La única comisión aplicable será la de apertura y esta no podrá ser superior al 0,4%

    TIPOS DE INTERÉS MÁXIMOS:
    • Para préstamos ICO: El tipo de interés ICO vigente
    • Para préstamos no ICO:
      • TIPO VARIABLE:
      • EURIBOR + 3%
      • TIPO FIJO:
      • TIPO FIJO: 4,5%
    Condiciones del Leasing subvencionable:
    Para ser subvencionables las operaciones de Leasing deben cumplir que:
    • Que la empresa beneficiaria se comprometa a ejercitar y ejercite en su momento la opción de compra, recogiéndose dicho compromiso en el documento de formalización correspondiente.
    • Que el arrendamiento financiero sea realizado por Entidad firmante del Convenio para la Financiación de Operaciones mediante Arrendamiento Financiero.
    IMPORTE: Se considerará como importe subvencionable el menor de:
    • El 100% de la inversión subvencionable.
    • El importe del leasing autorizado por la entidad financiera.
    PLAZO: Como mínimo 2 años y máximo 5
    La SPRI podrá admitir plazos diferentes (siendo en todo caso el plazo mínimo de 2 años) a los anteriormente señalados, siempre que en el Leasing formalizado se recoja expresamente que el mismo se incluye en el presente Programa de Ayudas. Este hecho no modificará la cuantificación de las ayudas a conceder, cuantía que no excederá, en ningún caso, de la correspondiente a los arrendamientos financieros a 5 años.

    VENCIMIENTOS: Como mínimo de carácter mensual.

    TIPOS DE INTERÉS MÁXIMOS:
    • TIPO VARIABLE
    • EURIBOR + 3,5%
    • TIPO FIJO
    • 5%
    Cuantía de las Ayudas:
    La ayuda se concretará en una rebaja del tipo de interés acordado en la operación que será de:
    • CON CARÁCTER GENERAL:
    • 1 punto en el caso de proyectos de inversión (Inmovilizados)
    • 0,50 puntos en el caso de obtención de circulante

    • ADICIONALMENTE
    • 0,25 puntos adicionales para operaciones avaladas por una S.G.R.
    Notas:
    • El tipo de interés bonificado no podrá negativo
    • El importe máximo de préstamo/leasing que se puede subvencionar anualmente es de 1.500.000 €
    Solicitudes:
    La tramitación de solicitudes se hará en la página web de la SPRI:
    ENLACE A LA SOLICITUD ONLINE
    Plazo de Solicitud:
    En 2015 el plazo de solicitud será hasta el 12 de noviembre de 2015
    Enlaces:
    Información: Teléfono de información del programa AFI: 902 702 142
    Información en la página de la SPRI
    Enlace a la Normativa

    AUTOR:
    Borja Escalona
    Técnico de Comercio
    Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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