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miércoles, 2 de octubre de 2013

ICO 2013: Apoyo Financiero al Comercio Minorista

PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DEL COMERCIO INTERIOR 2013



Objeto de la Ayuda:
Esta iniciativa tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización, mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior y, en particular, de las PYMEs de este sector
Beneficiarios:
Podrán tener la condición de beneficiario: las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales y las pequeñas y medianas empresas pertenecientes al sector comercio.
Son obligaciones de los beneficiarios, las siguientes:
  • Cumplir con el proyecto para el que se concedió el préstamo
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que les requiriera el órgano concedente y a las de control que correspondan
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Modalidad de las Ayudas:
Las modalidades de financiación consistirán en préstamos sobre un máximo del 80 por ciento del valor del proyecto y un tipo de interés que será fijado anualmente por orden del Ministro de Economía y Competitividad, previo acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, sobre la base del tipo de referencia ICO.
Proyectos Subvencionables:
Tendrán la consideración de actividades subvencionables las siguientes:
Implantación, innovación y financiación de las pequeñas y medianas empresas del sector comercio, y del sector de prestación de servicios de atención a menores, personas mayores y dependientes.
  1. Gastos e inversiones derivados de la apertura de nuevos establecimientos comerciales, de la especialización o la innovación, así como los destinados a la prestación de servicios de atención a menores, personas mayores y dependientes
  2. Obras de reacondicionamiento y modernización de establecimientos comerciales existentes
  3. Implantación de sistemas de tecnologías de la información, comunicaciones, seguridad y eficiencia energética
Cualquier proyecto enmarcado en alguna de las categorías anteriores podrá incluir la financiación de gastos corrientes tales como nóminas, alquileres, pagos a proveedores y adquisición de mercancía con un límite de hasta el 50 % del importe de la financiación solicitada. Este tipo de financiación estará inexcusablemente vinculada a un proyecto de inversión incluido en alguna de las categorías contempladas en los apartados 1), 2) o 3).
Condiciones de los Préstamos:
IMPORTE: El importe máximo del 80% del proyecto de inversión.
PLAZOS:
  • 5 años
  • 7 años con opción a 1 año de carencia del principal
  • 10 años con opción a 2 años de carencia del principal
TIPO DE INTERÉS: El tipo de interés que será fijado anualmente por orden del Ministro de Economía y Competitividad, previo acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, sobre la base del tipo de referencia ICO
OTROS GASTOS Y COMISIONES: No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.
Tramitación de las Solicitudes:
Las solicitudes correspondientes a las inversiones que se vayan a financiar se presentarán en alguna de las entidades de crédito mediadoras con las que el ICO haya suscrito el correspondiente contrato de mediación y cuyo listado se puede consultar aqui:
LISTADO DE ENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORAS
Plazo de Solicitud:
El plazo para solicitar estas ayudas es 20 días, a contar desde el 26 de septiembre de 2013, fecha de publiciación de la Convocatoria acordada por la Conferencia Sectorial del Comercio Interior en el BOE
Plazo de Ejecución de las Inversiones:
Las inversiones financiables deberán estar realizadas en el plazo máximo de cuatro años desde la percepción de la financiación concedida, si el montante de esta fuera igual o superior a 300.000 euros y, de dos años, si fuera inferior a esta cantidad
Más Información :
Enlace a la página del ICO
Enlace a la Normativa


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 1 de octubre de 2013

Programa Diagnóstico Punto de Venta (DPV): Pon a punto tu comercio

DIAGNÓSTICO PUNTO DE VENTA

El programa Diagnóstico Punto de Venta (DPV) es un servicio destinado a pymes comerciales que se presta por medio de las Cámaras de Comercio y que se financia a través del Plan Integral de Apoyo al Comercio Minorista 2013 del Ministerio de Economía y Competitividad.

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROGRAMA?
Gracias a este programa un técnico especialista realizará un profundo análisis de distintos aspectos de tu comercio, con el fin de conocer cómo funciona su gestión comercial e identificar los puntos fuertes y débiles en una serie de áreas clave del negocio.

Tomando este análisis como base se elaborará un documento con recomendaciones para renovar y optimizar la gestión del comercio.

¿QUÉ ÁREAS SE ANALIZAN?
El diagnóstico DPV centra en la valoración de estos siete aspectos clave en la gestión del comercio:
  • Características generales del comercio
  • Entorno comercial y factores de atractividad y competencial
  • Imagen externa del establecimiento comercial
  • Imagen interna del establecimiento comercial
  • Gestión del punto de venta
  • Marketing y comunicación
  • Política comercial y gestión financiera
¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?
Pueden participar en este programa todos las PYMES cuya actividad sea comercial y cuenten con un establecimiento abierto al público

¿QUÉ COSTE TIENE?
Son totalmente gratuitos para el empresario al estar subvencionados al 100% por el Ministerio de Economía y Competitividad a través del Plan Integral de Apoyo al Comercio Minorista 2013, y por fondos europeos FEDER gestionados los las Cámaras de Comercio españolas.

¿CÓMO SE PUEDE PARTICIPAR?
Para iniciar el proceso hay que firmar un documento de adhesión al programa que se recoge en la Cámara de Comercio. Posteriormente, se asignará un técnico consultor que se pondrá en contacto con el comercio para explicarle en que va a consistir el proceso de trabajo. La realización de los diagnósticos corre a cargo de técnicos de las Cámaras o consultores externos supervisados por parte de las Cámaras.

El procedimiento consiste en la toma de datos por parte del consultor mediante un cuestionario, lo que supone que el técnico visitará el comercio dos o tres veces por lo que no es necesario desplazarse ni asistir a cursos o reuniones. El consultor le solicitará la información adicional que necesite para realizar el análisis.

Tras las entrevistas el consultor le hará entrega de un completo informe con el resultado del diagnóstico y las recomendaciones de mejora propuestas.

El tiempo necesario para completar el trabajo es de entre mes y mes y medio aproximadamente.

Para solicitar el servicio, hay que dirigirse a la Cámara de Comercio:
Enlace a la Cámara de Comercio de Bilbao



MÁS INFORMACIÓN:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 9 de julio de 2013

Apoyo Financiero al Comercio Minorista 2013

PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DEL COMERCIO INTERIOR 2013

Objeto de la Ayuda:

Esta iniciativa tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización, mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior y, en particular, de las PYMEs de este sector

Beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiario: las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales y las pequeñas y medianas empresas pertenecientes al sector comercio.

Son obligaciones de los beneficiarios, las siguientes:

  • Cumplir con el proyecto para el que se concedió el préstamo
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que les requiriera el órgano concedente y a las de control que correspondan
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Modalidad de las Ayudas:

Las modalidades de financiación consistirán en préstamos sobre un máximo del 80 por ciento del valor del proyecto y un tipo de interés que será fijado anualmente por orden del Ministro de Economía y Competitividad, previo acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, sobre la base del tipo de referencia ICO.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de actividades subvencionables las siguientes:

Implantación, innovación y financiación de las pequeñas y medianas empresas del sector comercio, y del sector de prestación de servicios de atención a menores, personas mayores y dependientes.

  1. Gastos e inversiones derivados de la apertura de nuevos establecimientos comerciales, de la especialización o la innovación, así como los destinados a la prestación de servicios de atención a menores, personas mayores y dependientes
  2. Obras de reacondicionamiento y modernización de establecimientos comerciales existentes
  3. Implantación de sistemas de tecnologías de la información, comunicaciones, seguridad y eficiencia energética

Cualquier proyecto enmarcado en alguna de las categorías anteriores podrá incluir la financiación de gastos corrientes tales como nóminas, alquileres, pagos a proveedores y adquisición de mercancía con un límite de hasta el 50 % del importe de la financiación solicitada. Este tipo de financiación estará inexcusablemente vinculada a un proyecto de inversión incluido en alguna de las categorías contempladas en los apartados 1), 2) o 3).

Condiciones de los Préstamos:

IMPORTE: El importe máximo del 80% del proyecto de inversión.

PLAZOS:
  • 5 años
  • 7 años con opción a 1 año de carencia del principal
  • 10 años con opción a 2 años de carencia del principal

TIPO DE INTERÉS: El tipo de interés que será fijado anualmente por orden del Ministro de Economía y Competitividad, previo acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, sobre la base del tipo de referencia ICO

OTROS GASTOS Y COMISIONES: No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.

Solicitudes:

Las solicitudes correspondientes a las inversiones que se vayan a financiar se presentarán en alguna de las entidades de crédito mediadoras con las que el ICO haya suscrito el correspondiente contrato de mediación

Plazo de Ejecución de las Inversiones:

Las inversiones financiables deberán estar realizadas en el plazo máximo de cuatro años desde la percepción de la financiación concedida, si el montante de esta fuera igual o superior a 300.000 euros y, de dos años, si fuera inferior a esta cantidad

Más Información :

Enlace a la Normativa


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 5 de julio de 2013

GOBIERNO VASCO: Ayudas para la Modernización de las empresas Turísticas MET 2013

APOYO A LA MODERNIZACIÓN DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS: MET 2013
Esta información también puedes leerla en euskera

El objeto de esta ayuda es apoyar a las empresas turísticas en la implantación de innovaciones tecnológicas, incluidas las tecnologías de información y comunicación, en los procesos de gestión y comercialización, en la modernización de sus infraestructuras y servicios, y en la adaptación de la oferta turística al Modelo de Accesibilidad Turística de Euskadi.

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes:
  1. Alojamiento Turístico
  2. Retauración: restaurantes, bares y cafeterías
  3. Agencias de Viaje
  4. Centros de Interpretación
  5. Transporte Turístico
  6. Turismo Activo
La normativa de estas ayudas entiende por «Centros de Interpretación» aquellos que, ubicados en lugares dotados de recursos históricos, culturales o naturales relevantes o singulares, faciliten la comprensión de dichos recursos a las personas visitantes de una manera coloquial, comprensiva y atractiva, con el fin de que luego puedan continuar la interpretación iniciada en dichos centros

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

  1. INFORMÁTICA: La adquisición e instalación de equipamientos informáticos, sus complementos, aplicaciones y el desarrollo de estas, que supongan una mejora en la gestión y/o comercialización de la empresa. Igualmente, se apoyará la habilitación de espacios Wi-Fi.

  2. ACCESIBILIDAD: La mejora de la accesibilidad en los establecimientos adheridos al Modelo de Accesibilidad Turística de Euskadi, mediante la adaptación de los servicios, a los diferentes tipos de diversidad funcional de las personas (física, visual, auditiva, intelectual y orgánica).

    Este modelo descripción, requisitos, adhesión, tipología de establecimientos, etc), se puede descargar en este enlace: MODELO DE ACCESIBILIDAD TURÍSTICA DE EUSKADI.

    Para que las actuaciones sean subvencionables, habrán tenido que ser realizadas en el estricto orden de priorización establecido en el Plan de Mejora resultante del diagnóstico de situación del grado de accesibilidad del establecimiento realizado por una entidad acreditada para ello por Euskalit, Fundación Vasca para la Excelencia.

    Podrán acceder a estas ayudas las empresas turísticas con establecimientos cuya tipología esté incluida en el Modelo de Accesibilidad Turística de Euskadi.

  3. MEJORA DEL ATRACTIVO:
    • Cuando se trate de empresas que tengan establecimientos en los que se presten servicios turísticos al público, la reforma y modernización del local, mobiliario y equipamiento necesario para mejorar de la competitividad de los mismos. Se incluirán en este apartado las ayudas para la adquisición de sistemas de recogida de residuos producidos en los establecimientos que ofrezcan servicios de restauración, que ayuden a mantener las instalaciones (en las barras, suelos, etc.) limpias de forma permanente. En ningún caso se subvencionará la compra del local.
    • La modernización de los materiales, equipamientos y elementos en los que se soporta su actividad turística (tales como materiales deportivos, audio guías, etc.) cuando se trate de empresas no identificadas en el apartado anterior.
    • La habilitación y modernización de terrazas y su acondicionamiento para el uso turístico durante todo el año.
    • La reforma y adecuación de los transportes para su uso turístico excluyéndose su adquisición.
Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 2.000 euros por empresa, con excepción de los de INFORMÁTICA en los que la inversión mínima requerida será de 600 euros.
  2. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez.
  3. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  4. No serán objeto de subvención los gastos de revisión, mantenimiento, o la mera reposición de activos que no supongan una mejora de la competitividad de la empresa.
  5. No serán objeto de subvención los activos adquiridos mediante leasing o renting, ni los que hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante.
  6. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2013. Se podrán admitir inversiones de 2012, siempre que hayan sido realizadas a partir del 30 de junio de 2012 inclusive.

Las ayudas se materializarán en forma de subvenciones no reintegrables con los siguientes porcentajes de ayuda sobre el coste del proyecto de inversión (sin IVA)
  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • Inversiones en INFORMÁTICA:
    • 20% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 12.000 euros de ayuda
  • Inversiones en ACCESIBILIDAD:
    • 30% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 12.000 euros de ayuda
  • Inversiones en MEJORA DEL ATRACTIVO:
    • 15% de la inversión neta admitida hasta un máximo de 12.000 euros de ayuda
  • ADICIONALMENTE:
  • 5% adicional si la empresa cuenta con el sello de accesibilidad verde en todas las diversidades funcionales, o bien, está en posesión de alguno de los certificados de calidad apoyados por el Departamento para el sector turístico o de una certificación/verificación en gestión ambiental, o bien, ha participado y superado alguno de los programas de buenas prácticas desarrollados por Basquetour, S.A.
  • 5% adicional si la empresa beneficiaria acredita su condición de miembro o socia de alguna de las asociaciones empresariales del sector turístico de la CAPV y/o de las asociaciones o entidades publico-privadas cuyo objetivo sea el desarrollo turístico de su área de influencia
Notas:
  • El límite máximo de ayuda que podrá recibir una empresa será de 12.000 euros si realiza inversiones en INFORMÁTICA y/o MEJORA DEL ATRACTIVO.
  • Este límite se incrementará hasta 24.000 euros en los proyectos que incluyan, además de las inversiones en los anteriores conceptos, inversiones en ACCESIBILIDAD. En todo caso nunca se excederá el máximo indicado para cada tipo de actuación.

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online del MET
La presentación de la solicitud así confeccionada se podrá hacer de dos maneras:
  • Por Internet: Si se dispone de un Certificado Digital (DNI electrónico, tarjeta ONA o similar)
  • Presencialmente: En el supuesto de que no se disponga de este certificado. En este caso será necesario entregar el impreso de solicitud firmado junto con la documentación exigida en las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo

El plazo de solicitud será hasta el 30 de septiembre de 2013.

Información en la página del Gobierno Vasco
Enlaces a la Normativa:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 10 de junio de 2013

EVE 2013: Plan Renove de ventanas

PLAN RENOVE DE VENTANAS 2013
Esta información también puedes leerla en euskera

OBJETO DE LA AYUDA

El objeto de este programa es la concesión de ayudas para la renovación de los cerramientos acristalados de la vivienda habitual, por otros con unas prestaciones térmicas de alta eficiencia entendiendo como cerramiento acristalado aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior, y así reducir el consumo de energía en el sector doméstico.


BENEFICIARIOS

Podrán acceder a la ayuda todas las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda objeto de renovación y que procedan a la renovación de las ventanas por otras de alta eficiencia energética.

La vivienda deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y tener carácter de vivienda de ocupación habitual.


CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía total de la ayuda ascenderá hasta un máximo del 22% de la inversión (Base Imponible), siendo el coste máximo subvencionable por m2 de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.000 euros el máximo de subvención por vivienda.


ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Las nuevas ventanas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Deberán contar con marcado CE
  • En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico
  • El doble acristalamiento deberá estar formado por vidrios con aislamiento térmico reforzado (ATR) y deberá tener:
    • Un valor de transmitancia térmica (Ug) inferior o igual a 1,40 W/m2.K.
    • Un espesor de cámara igual o superior a 14 mm.
  • Todos los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 1 de junio hasta el día 30 de septiembre de 2013 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado si esto ocurre antes.

En todo caso se admiten inversiones hechas desde el día 1 de junio de 2013 inclusive.


MÁS INFORMACIÓN

Teléfono de atención: 94 403 56 00

Información en la página del EVE:



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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EVE 2013: Plan Renove de Calderas a Condensación

PLAN RENOVE DE CALDERAS INDIVIDUALES A CONDENSACIÓN 2014
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Esta ayuda persigue la renovación de las calderas dentro de la gama de potencias del sector residencial, ya que en muchos casos los equipos existentes presentan una antigüedad elevada, con un grado de eficiencia energética bajo, no ofreciendo, por tanto, los rendimientos de confort esperados.
Por ello, el objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a la renovación de calderas (o equipos funcionalmente similares) individuales actualmente instaladas por otras a condensación, de potencia igual o inferior a 70 kW, las cuales tienen la consideración de equipos de elevada eficiencia energética.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presente convocatoria toda persona física con capacidad de obrar (propietaria, arrendataria o usufructuaria de la vivienda) siempre que se cumplan estas tres condiciones:
  • La renovación objeto de ayuda debe realizarse dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • La vivienda, en la que se lleve a cabo la renovación de la caldera, deberá estar localizada en la CAPV y tener carácter de vivienda habitual
  • La factura debe tener fecha posterior al 1 de enero de 2014

La cuantía total de la ayuda específica será de 200 Euros, siempre que cumpla todos los requisitos exigidos por el presente Plan Renove Condensa.
A todos los efectos, no serán objeto de subvención las renovaciones que supongan la instalación de equipos que cumplan alguna de las siguientes restricciones:
  1. Potencia superior a 70 kW
  2. El nuevo equipo a instalar no sustituye a un equipo ya existente (vivienda nueva) o proviene de la descentralización de una instalación colectiva
  3. El nuevo equipo no se encuadra dentro de los de tecnología a condensación

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 22 de julio de 2014 hasta el día 30 de noviembre de 2014 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.

Teléfono de atención: 94 403 56 00
Información en la página del EVE:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 7 de junio de 2013

EVE 2013: Plan Renove de electrodomésticos

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS 2013
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Este plan de ayudas tiene por objeto la mejora de la eficiencia energética mediante la reducción del consumo de energía eléctrica en el sector doméstico y pretende fomentar la renovación de frigoríficos, congeladores, lavadoras y lavavajillas por equipos con etiquetado energético de clase A++ o superior.

Los diferentes tipos de electrodomésticos y sus cuantías de ayuda individual se muestran en el siguiente cuadro:
Electrodoméstico
Incentivo (€/equipo)
Frigorífico y frigorífico-congelador con clase de eficiencia energética A+++
125
Congelador con clase de eficiencia energética A+++
125
Lavadora con clase de eficiencia energética A+++
125
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A+++
125
Frigorífico y frigorífico-congelador clasificación energética A++
105
Congelador clasificación energética A++
105
Lavadora con clase de eficiencia energética A++
105
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A++
105

Podrán beneficiarse de esta ayuda las personas físicas que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A++ o superior.

IMPORTANTE: Para poder acogerse a estas ayudas el único trámite que deberán hacer será adquirir el nuevo electrodoméstico y entregar el antiguo en cualquiera de los comercios adheridos al programa, es imprescindible que se trate de una renovación. Los comercios se reconocerán porque ostentarán el distintivo oficial y la lista se puede consultar en la página del EVE: Listado de comercios adheridos.

Los comercios que deseen adherirse al Plan Renove de Electrodomésticos 2013 deberán enviar el Protocolo de Adhesión al Ente Vasco de la Energía (EVE), este documento se puede encontrar en la página web de este organismo, por su parte, los comercios que hubieran estado adheridos al "Plan Renove de Electrodomésticos 2011" se consideran adheridos al Plan Renove de Electrodomésticos 2013 salvo manifestación expresa en sentido contrario.
Los comercios adheridos dispondrán de una aplicación especial para dar de alta las operaciones que realicen a la que podrán acceder por este enlace: ACCESO COMERCIOS

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 1 de junio de 2013 hasta el día 30 de septiembre de 2013 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.

Teléfono de atención: 689 593 191

Información en la página del EVE:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 22 de mayo de 2013

BONO DEKOR: 20% de descuento en muebles

BONO DEKOR: 20% DE DESCUENTO EN MUEBLES
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La patronal del comercio de Bizkaia (CECOBI) junto con la Diputación Foral de Bizkaia vuelven a lanzar este año 2013 la campaña para dinamizar las ventas en el sector comercial del mueble denominada BONO DEKOR.

Con estos bonos cualquier persona que compre muebles de hogar, cocina, iluminación y colchones identificados con el distintivo de la campaña en alguno de los comercios adheridos tendrá un descuento del 20% en el precio.

Los bonos sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos comercios que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 15 de mayo hasta el 30 de junio de 2012.


¿Qué tiene que hacer la clientela para beneficiarse del programa?

Para poder acogerse a estos descuentos es necesario:
  1. Comprar los bonos: en cualquier cajero de BBK.
  2. Hacer una compra en un comercio adherido por un importe mínimo de 300 euros (sin IVA) antes del 29 de junio de 2012.

NOTA: Es importante señalar que los comercios pueden mantener productos fuera de esta campaña por lo que no se les aplicaría el descuento.


¿Qué tienen que hacer los comercios para participar en el programa?

Para poder participar en esta campaña los comercios deben:
  1. Ser un comercio que se dedique a la venta de muebles, muebles de cocina y/o electrodomésticos.
  2. Adherirse a la campaña, para ello es necesario contactar con CECOBI/AMUBI en el número de teléfono 94 400 28 00 y rellenar el correspondiente impreso.
  3. Abonar la cuota de inscripción: 100€ para comercios asociados a AMUBI y 200€ para el resto de comercios.
  4. Colocar el lugar visible en distintivo de la campaña y etiquetar correctamente los productos que participan en la promoción.
  5. Aplicar el descuento del 20% cuando se presente un bono original.
  6. Cumplir con los requisitos de documentación exigidos en el compromiso de adhesión.

¿Cómo funciona la campaña?

Una vez realizada una compra de más de 300€ sin IVA (PVP mínimo 324 euros) se aplicará el descuento del 20% con la presentación del BONO DEKOR de la siguiente manera:

Ejemplo:
Compra por 400 euros
Descuento: 20% x 400 = 80 euros
Precio a pagar: 320 euros


Resumen:
  • Los BONOS DEKOR se adquieren en los cajeros BBK a un precio de 5€. El plazo para canjear los bonos será hasta el 29 de junio de 2013
  • Los BONOS DEKOR sólo se pueden usar en los comercios que luzcan el distintivo de la campaña
  • La compra mínima será de 300 euros (sin IVA)
  • No todos los productos de un comercio tienen que participar en la campaña, los productos que SÍ participen tendrán su correspondiente etiqueta

Más información:
CECOBI: Confederación de Comercio de Bizkaia
AMUBI: Asociación de Comercio del Mueble de Bizkaia

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 10 de mayo de 2013

GOBIERNO VASCO: Programa MEC 2013, Modernización de Equipamientos en el Comercio


AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2013

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Objeto de la Ayuda:
El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras.
Con este fin se apoyarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la subvención de las inversiones en equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su reforma, realizados por empresas ubicadas en la CAPV.
Beneficiarios:
PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.
Proyectos Subvencionables:
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales.
  • Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial cerrado, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por los propios titulares de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de propietarios. Cada titular de los establecimientos comerciales integrados en el centro podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.
  • Las balanzas electrónicas, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial
Para ser subvencionables, estas inversiones deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. Que se incorporen al activo de la empresa
  2. Los proyectos para ser subvencionables deberán tener un importe mínimo de inversión de 2.000 euros por empresa, con excepción de los equipamientos informáticos en los que la inversión mínima requerida será de 600 euros
  3. Los activos deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez
  4. Que permanezcan como mínimo tres años en el activo de la empresa. Computado a partir de la fecha de la factura correspondiente
  5. Que no se cedan a terceras personas físicas o jurídicas
  6. Que no hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante
  7. Los proyectos de inversión objeto de ayuda deberán localizarse dentro del Territorio de la CAPV
  8. Para el cálculo de las ayudas se tendrá en cuenta el importe de la adquisición de activos realizada en 2013. Se podrán admitir inversiones de 2012, siempre que hayan sido realizadas a partir del 1 de julio de 2012 inclusive
NOTAS:
  • Se considerará como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el IVA
  • En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte
Cuantía de las Ayudas:
Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • CON CARÁCTER GENERAL:
  • 15% de la inversión admisible en el caso de inversiones en reforma, modernización del local, mobiliario y equipamientos
  • 20% de la inversión admisible en el caso de inversiones en balanzas y equipamiento informático
  • ADICIONALMENTE
  • 2 puntos adicionales para comercios pertenecientes a una asociación de comerciantes zonal o gremial
  • 2 puntos adicionales para comercios con certificación UNE 175000
  • 3 puntos adicionales para comercios con certificación de Comercio Excelente
Notas:
  • En ningún caso el importe máximo de la subvención sobrepasará los 12.000 euros por establecimiento y año
  • El incremento adicional máximo por certificaciones de calidad será de 5 puntos
  • Se deberá presentar una solicitud por cada establecimiento en el que se realicen inversiones subvencionables
Tramitación de las Solicitudes:
Solicitudes: La tramitación de solicitudes se puede hacer de dos maneras:
En papel: Completando el impreso correspondiente y presentándolo, junto con la documentación exigida, en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo
Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso se dan dos situaciones:
  1. Si el comercio no dispone de Certificado digital: se habrá de presentar la copia en papel junto con la documentación exigida en cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo
  2. Si el comercio sí dispone de Certificado digital: basta con hacer el envío de la solicitud por Internet, a la que se adjuntará la copia escaneada de la documentación.
ENLACE A LA SOLICITUD WEB
Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será hasta el 17 de junio de 2013
Notas:
En el supuesto de completar la solicitud por Internet y de disponer de un Certificado Electrónico no es necesario presentar la solicitud en papel
Enlaces:
Información en la página del Gobierno Vasco
Enlaces a la Normativa:
Impreso de Solicitud


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 9 de abril de 2013

Gobierno Vasco 2013: Programa de apoyo financiero a PYMEs y autónomos

PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A PYMES Y AUTÓNOMOS 2013
Esta información también puedes leerla en euskera


Objeto de la Ayuda:
Crear una línea de financiación a favor de pymes y autónomos por medio de préstamos avalados por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).
Beneficiarios:
Pymes, personas empresarias individuales y profesionadas autónomas domiciliadas en la CAV.
  • Las personas beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
    • Las personas físicas que ejerzan una actividad económica deberán estar dadas de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
    • Obtener rendimientos de actividades económicas o empresariales sujetas al IRPF.
Destino de los préstamos:
Los préstamos obtenidos por este programa podrán destinarse a:
  • Cobertura de necesidades de liquidez
  • Financiación de capital circulante
  • Renovación de la deuda a corto plazo
  • Adecuación de la deuda a corto en deuda a medio y largo plazo
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán por medio de la concesión de avales para la solicitud de préstamos con tipos de interés máximos previamente señalados.
Características de las operaciones de aval:
Los avales financieros que otorguen las SGR garantizarán los riesgos de sus beneficiarios ante las entidades de crédito por las operaciones de préstamo.

El coste de los avales será el siguiente:
  • Comisión de estudio: 0,10% del principal del préstamo, por una sola vez a la solicitud del aval
  • Comisión de formalización: 0,20% del aval formalizado por una sola vez a la concesión del aval
  • Comisión de aval: 0,75% anual
  • No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicionales
Características de los Préstamos:
  • Tipo de interés: Euribor a doce meses más 3,5%
  • Plazo: 3, 5 y 7 años con opción a uno de carencia
  • Cuantía:
    • Entre 50.000 y 650.000 euros para pymes
    • Entre 10.000 y 100.000 euros para autónomos
Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados en las oficinas de las SGR colaboradoras de acuerdo con el convenio:, la situación de las oficinas de estas entidades se puede consultar aquí:
Entidades Financieras Colaboradoras:
Estas son las entidades que colaboran con este programa:
  • Kutxabank, S.A.
  • Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.
  • Banco Santander, S.A.
  • Caixabank, S.A.
  • Banco de Sabadell, S.A.
  • Banco Popular Español, S.A.
  • Bankinter, S.A.
  • Bankoa, S.A.
  • Caja Laboral Popular, C.C.
  • Caja Rural de Navarra, S.C.C.

Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud se inicia el 5 de abril de 2013 y estará abierto hasta el agotamiento del presupuesto disponible
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información:
Información en la página del Gobierno Vasco
Enlace a la Normativa

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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