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martes, 2 de diciembre de 2014

BONO DENDA Navidad 2014

BONO DENDA NAVIDAD 2014: OLENTZERO LLEGA CON DESCUENTO
http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2014/12/gabonetako-bono-denda-olentzerok.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

La Diputación Foral de Bizkaia junto con la patronal del comercio de Bizkaia (CECOBI), presentan la campaña BONO DENDA NAVIDAD 2014.

Estos bonos podrán canjearse en cualquiera de los comercios adheridos, tienen un coste de 40 euros y permiten hacer un gasto de 50, lo que supone un descuento del 20% en el precio.

Los bonos sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos comercios que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 9 de diciembre de 2014 hasta el 31 de enero de 2015. Se pondrán a la venta un total de 20.000 bonos.

¿Qué tiene que hacer LA CLIENTELA para beneficiarse del programa?
Para poder acogerse a estos descuentos es necesario:
  1. Comprar los bonos: en cualquier cajero multiservicio KUTXABANK, los bonos tienen un precio de 40€ y se podrán adquirir con cualquier tarjeta bancaria sin comisión.
  2. Hacer una compra en un comercio adherido antes del 31 de enero de 2015.
  3. Sólo se podrán comprar un máximo de 2 bonos por tarjeta pero cada cliente no tiene límite en cuanto al número de bonos que pueda utilizar.
  4. Sólo se podrá utilizar un bono por cada ticket de compra.


¿Qué tienen que hacer LOS COMERCIOS para participar en el programa?

NOTA: Los comercios que participaron en ediciones anteriores de esta campaña sólo tienen que remitir a CECOBI el impreso de solicitud, no obstante podrán darse de baja si así lo desean.

Para poder participar en esta campaña los comercios deben:
  1. Ser un comercio minorista situado en Bizkaia.
  2. Adherirse a la campaña, para ello es necesario contactar con CECOBI en el número de teléfono 94 400 28 00 o en su página web y rellenar el correspondiente impreso.
  3. Colocar el lugar visible en distintivo de la campaña y etiquetar correctamente los productos que participan en la promoción.
  4. Aplicar el descuento en el precio cuando se presente un bono original.
  5. Cumplir con los requisitos de documentación exigidos en el compromiso de adhesión.

Resumen:
• Los BONO DENDA se adquieren en los cajeros multiservicio KUTXABANK a un precio de 40€. El plazo para canjear los bonos será hasta el 31 de enero de 2015

• Los BONO DENDA sólo se pueden usar en los comercios que luzcan el distintivo de la campaña

• Sólo se podrá utilizar un BONO DENDA en cada compra, no se pueden acumular bonos para la compra de un mismo bien pero se pueden usar tantos bonos en tantas operaciones como se desee.

¡ANÍMATE Y CONSUME EN BIZKAIA!, ¡ES PARA TI!

Más información:
Diputación Foral de Bizkaia
CECOBI: Confederación de Comercio de Bizkaia
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 24 de noviembre de 2014

Bizkaiko Kultur Txartela 2014: Navidad Cultural

BIZKAIKO KULTUR TXARTELA: NUEVA EDICIÓN PARA NAVIDADES DEL 2014
http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2014/11/bizkaiko-kultur-txartela-2014-gabon_24.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

La Diputación Foral de Bizkaia y CECOBI ofrecen para las Navidades de 2014 la BIZKAIKO KULTUR TXARTELA, una forma de promocionar el consumo cultural y que ofrece sugerentes descuentos

Esta txartela tiene un valor de compra de 40 euros y cuenta con tres modalidades, cada una de ellas destinada a un tipo de bienes o servicios diferentes y con un precio de compra diferente en cada caso.

Este valor de compra de 40 euros significa que es canjeable por bienes o servicios por este precio, el descuento será la diferencia entre su precio de adquisición de la txarteka y el coste del bien o servicio que se adquiera.

Sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos establecimientos que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 31de enero de 2015.

PARA CLIENTES:

¿DÓNDE se pueden adquirir las Bizkaiko Kultur Txartela?
En los cajeros multiservicio de BBK de Bizkaia. Se puede usar cualquier tarjeta bancaria aunque no sea de BBK/Kutxabank sin comisión

¿CUÁNDO se pueden ADQUIRIR las Bizkaiko Kultur Txartela?
Desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 29 de enero de 2015

¿CUÁNDO se pueden USAR las Bizkaiko Kultur Txartela?
Desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 31 de enero de 2015

¿QUÉ TIPOS de Bizkaiko Kultur Txartela existen?
Existen tres modalidades de txartela en función del tipo de bienes o servicios que se quieran adquirir con ellas y son:
  • Txartela tipo A
    • Precio: 32 euros
    • Para la compra de cualquier tipo de producto cultural en castellano o lengua extranjera: libros(exceptuando libro de texto, de estudios y profesionales), música (en cualquier soporte) y cine(DVD,…)

  • Txartela tipo B
    • Precio: 28 euros
    • Para la compra de para espectáculos culturales en vivo (cine, teatro, música...) en castellano o lengua extranjera y visitas a museos.

  • Txartela tipo D
    • Precio: 24 euros
    • Para la compra de productos en euskera y para espectáculos culturales en vivo (cine, teatro, música...) en euskera


¿DÓNDE se pueden utilizar las Bizkaiko Kultur Txartela?
En los comercios de Bizkaia que muestren el distintivo de la campaña, el listado de comercios adheridos se puede consultar aquí: LISTA DE COMERCIOS

NOTA IMPORTANTE:
Cada persona sólo podrá adquirir un único Bizkaiko Kultur Txartela de cada una de las tres modalidades existentes, A, B y D.

PARA COMERCIANTES:

IMPORTANTE: No se mantendrán las inscripciones del programa anterior por lo que de no realizar la inscripción en este momento no se participara en esta edición del Bizkaiko Kultur Txartela

¿Cómo puede inscribirse un comercio en este programa?
Podrán adherirse al programa Bizkaiko Kultur Txartela, aceptando el mismo como medio de pago, los establecimientos radicados en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan estos requisitos de personalidad:
  • Personas físicas o jurídicas que cumplan el siguiente requisito: Tengan como objeto de su actividad el de la venta al consumidor/a de productos y bienes culturales, o la de exhibición de productos culturales.

¿Qué plazo tienen los comercios para inscribirse?
Los establecimientos podrán adherirse al programa a partir del 1 de diciembre de de 2014, entregando la hoja de inscripción cumplimentada en las dependencias de CECOBI o en las del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, así como los certificados de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la Hacienda Foral, y el documento de estar dado de alta en el I.A.E.

¿Qué obligaciones tienen los comercios adheridos?
  • Comprometerse a la recepción y colocación de los materiales publicitarios en un lugar visible del establecimiento
  • No devolver dinero en metálico sobre la diferencia entre la compra y el valor del Bizkaiko Kultur Txartela

MÁS INFORMACIÓN:
Información sobre la Txartela en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 30 de mayo de 2014

BONO DEKOR 2014: 20% de descuento en muebles

BONO DEKOR: 20% DE DESCUENTO EN MUEBLES
http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2014/05/2014ko-bono-dekor-20-deskontuan.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

La patronal del comercio de Bizkaia (CECOBI) junto con la Asociación de Comercio del Mueble de Bizkaia (AMUBI) y la Diputación Foral de Bizkaia relanzan en 2014 la campaña para dinamizar las ventas en el sector comercial del mueble denominada BONO DEKOR.

Con estos bonos cualquier persona que compre muebles de hogar, cocina, iluminación y colchones identificados con el distintivo de la campaña en alguno de los comercios adheridos tendrá un descuento del 20% en el precio.

Los bonos sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos comercios que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 30 de mayo hasta el 30 de junio de 2014.


¿Qué tiene que hacer la clientela para beneficiarse del programa?

Para poder acogerse a estos descuentos es necesario:
  1. Comprar los bonos: en cualquier cajero de BBK.
  2. Hacer una compra en un comercio adherido por un importe mínimo de 300 euros (sin IVA) antes del 30 de junio de 2014.

NOTA: Los comercios pueden decidir si aplican esta promoción a toda su oferta os los productos fuera de esta campaña por lo que no se les aplicaría el descuento.


¿Qué tienen que hacer los comercios para participar en el programa?

Para poder participar en esta campaña los comercios deben:
  1. Ser un comercio que se dedique a la venta de muebles, muebles de cocina y/o electrodomésticos.
  2. Adherirse a la campaña, para ello es necesario contactar con CECOBI/AMUBI en el número de teléfono 94 400 28 00 o en la página web de CECOBI y rellenar el correspondiente impreso.
  3. Abonar la cuota de inscripción: 100€ para comercios asociados a AMUBI y 200€ para el resto de comercios.
  4. Colocar el lugar visible en distintivo de la campaña y etiquetar correctamente los productos que participan en la promoción.
  5. Aplicar el descuento del 20% cuando se presente un bono original.
  6. Cumplir con los requisitos de documentación exigidos en el compromiso de adhesión.

¿Cómo funciona la campaña?

Una vez realizada una compra de más de 300€ sin IVA (PVP mínimo 363 euros) se aplicará el descuento del 20% con la presentación del BONO DEKOR de la siguiente manera:

Ejemplo:
Compra por 400 euros
Descuento: 20% x 400 = 80 euros
Precio a pagar: 320 euros


Resumen:
  • Los BONOS DEKOR se adquieren en los cajeros BBK a un precio de 5€ (más 0,90 euros de comisión si se usa una tarjeta ajena a Kutxabank)
  • El plazo para usar los bonos será hasta el 30 de junio de 2014
  • Los BONOS DEKOR sólo se pueden usar en los comercios que luzcan el distintivo de la campaña
  • La compra mínima será de 300 euros (sin IVA)
  • El descuento máximo que se puede obtener es de 600 euros, correspondiente a una compra de 3.000 euros
  • No todos los productos de un comercio tienen que participar en la campaña, los productos que SÍ participen tendrán su correspondiente etiqueta

Más información:
CECOBI: Confederación de Comercio de Bizkaia
AMUBI: Asociación de Comercio del Mueble de Bizkaia

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 16 de mayo de 2014

BONO DENDA primavera 2014

BONO DENDA PRIMAVERA: ALERGIA A LOS PRECIOS ALTOS
http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com.es/2014/05/bono-denda-heldu-da-40-euroko-bonoak-50.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

La Diputación Foral de Bizkaia junto con la patronal del comercio de Bizkaia (CECOBI), Bilbaodendak, Bizkaidendak, Ezkerraldenda y Getxo Enpresa reeditan esta primavera la campaña BONO DENDA.

Estos bonos podrán canjearse en cualquiera de los comercios adheridos, tienen un coste de 40 euros y permiten hacer un gasto de 50, lo que supone un descuento del 20% en el precio.

Los bonos sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos comercios que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 16 de mayo hasta el 15 de julio de 2014. Se pondrán a la venta un total de 15.000 bonos.

¿Qué tiene que hacer LA CLIENTELA para beneficiarse del programa?
Para poder acogerse a estos descuentos es necesario:
  1. Comprar los bonos: en cualquier cajero multiservicio de BBK, los bonos tienen un precio de 40€ y se podrán adquirir con cualquier tarjeta bancaria.
  2. Hacer una compra en un comercio adherido antes del 15 julio de 2014.
  3. Sólo se podrán comprar un máximo de 2 bonos por tarjeta pero cada cliente no tiene límite en cuanto al número de bonos que pueda utilizar.


¿Qué tienen que hacer LOS COMERCIOS para participar en el programa?

NOTA: Los comercios que participaron en ediciones anteriores de esta campaña sólo tienen que remitir a CECOBI el impreso de solicitud, no obstante podrán darse de baja si así lo desean.

Para poder participar en esta campaña los comercios deben:
  1. Ser un comercio minorista situado en Bizkaia.
  2. Adherirse a la campaña, para ello es necesario contactar con CECOBI en el número de teléfono 94 400 28 00 o en su página web y rellenar el correspondiente impreso.
  3. Colocar el lugar visible en distintivo de la campaña y etiquetar correctamente los productos que participan en la promoción.
  4. Aplicar el descuento en el precio cuando se presente un bono original.
  5. Cumplir con los requisitos de documentación exigidos en el compromiso de adhesión.

Resumen:
• Los BONO DENDA se adquieren en los cajeros BBK a un precio de 40€. El plazo para canjear los bonos será hasta el 15 julio de 2014

• Los BONO DENDA sólo se pueden usar en los comercios que luzcan el distintivo de la campaña

• Sólo se podrá utilizar un BONO DENDA en cada compra, no se pueden acumular bonos para la compra de un mismo bien pero se pueden usar tantos bonos en tantas operaciones como se desee.

¡ANÍMATE Y CONSUME EN BIZKAIA!, ¡ES PARA TI!

Más información:
Diputación Foral de Bizkaia
CECOBI: Confederación de Comercio de Bizkaia
BILBAO DENDAK

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 2 de abril de 2014

Bizkaiko Kultur Txartela 2014: Consumir cultura no tiene precio

BIZKAIKO KULTUR TXARTELA: LA MEJOR CULTURA AL MENOR PRECIO
Esta información también puedes leerla en euskera
La Diputación Foral de Bizkaia y CECOBI reeditan en 2014 la BIZKAIKO KULTUR TXARTELA, una forma de promocionar el consumo cultural y que ofrece sugerentes descuentos.
Esta txartela tendrá siempre un valor de compra de 40 euros, pero contará con tres modalidades, cada una de ellas destinada a un tipo de bienes o servicios diferentes y con un precio de compra diferente en cada caso.
Este valor de compra de 40 euros significa que es canjeable por bienes o servicios por este precio, el descuento será la diferencia entre su precio de adquisición de la txarteka y el coste del bien o servicio que se adquiera.
Sólo se podrán usar en Bizkaia en aquellos establecimientos que muestren el distintivo de adhesión a la misma para compras realizadas desde el 31 de marzo hasta el 30 de junio de 2014.

PARA CLIENTES:

¿DÓNDE se pueden adquirir las Bizkaiko Kultur Txartela?
En los cajeros multiservicio de BBK de Bizkaia. Se puede usar cualquier tarjeta bancaria aunque no sea de BBK/Kutxabank sin comisión

¿CUÁNDO se pueden ADQUIRIR las Bizkaiko Kultur Txartela?
Desde el 31 de marzo al 27 de junio de 2014

¿CUÁNDO se pueden USAR las Bizkaiko Kultur Txartela?
Desde el 31 de marzo hasta el 30 de junio de 2014.

¿QUÉ TIPOS de Bizkaiko Kultur Txartela existen?
Existen tres modalidades de txartela en función del tipo de bienes o servicios que se quieran adquirir con ellas y son:
  • Txartela tipo A
    • Precio: 32 euros
    • Para la compra de cualquier tipo de producto cultural en castellano o lengua extranjera: libros(exceptuando libro de texto, de estudios y profesionales), música (en cualquier soporte) y cine(DVD,…)

  • Txartela tipo B
    • Precio: 28 euros
    • Para la compra de para espectáculos culturales en vivo (cine, teatro, música...) en castellano o lengua extranjera y visitas a museos.

  • Txartela tipo D
    • Precio: 24 euros
    • Para la compra de productos en euskera y para espectáculos culturales en vivo (cine, teatro, música...) en euskera


¿DÓNDE se pueden utilizar las Bizkaiko Kultur Txartela?
En los comercios de Bizkaia que muestren el distintivo de la campaña, el listado de comercios adheridos se puede consultar aquí: LISTA DE COMERCIOS

NOTA IMPORTANTE:
Cada persona sólo podrá adquirir un único Bizkaiko Kultur Txartela de cada una de las tres modalidades existentes, A, B y D.

PARA COMERCIANTES:

¿Cómo puede inscribirse un comercio en este programa?
Los establecimientos ya adheridos a este programa en la campaña de Navidad no tendrán que hacer ningún trámite, tan sólo una comunicación al Departamento de Cultura en caso que quieran darse de baja de la campaña de primavera.

Podrán adherirse al programa Bizkaiko Kultur Txartela, aceptando el mismo como medio de pago, los establecimientos radicados en el Territorio Histórico de Bizkaia que cumplan estos requisitos de personalidad:
  • Personas físicas o jurídicas que cumplan el siguiente requisito:
Tengan como objeto de su actividad el de la venta al consumidor/a de productos y bienes culturales, o la de exhibición de productos culturales.

¿Qué plazo tienen los comercios para inscribirse?
Los establecimientos podrán adherirse al programa a partir del 31 de marzo de 2014, entregando la hoja de inscripción cumplimentada en las dependencias de CECOBI o en las del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, así como los certificados de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la Hacienda Foral, y el documento de estar dado de alta en el I.A.E.

¿Qué obligaciones tienen los comercios adheridos?
  • Comprometerse a la recepción y colocación de los materiales publicitarios en un lugar visible del establecimiento
  • No devolver dinero en metálico sobre la diferencia entre la compra y el valor del Bizkaiko Kultur Txartela

MÁS INFORMACIÓN:
Información sobre la Txartela en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 25 de marzo de 2014

Diputación Foral de Bizkaia 2014: Medida Especial de creación de empleo


MEDIDA ESPECIAL DE CREACIÓN DE EMPLEO 2014
Esta información también puedes leerla en euskera


Objeto de la Ayuda:
Se subvenciona la realización de contratos de trabajo de, al menos, un año de duración.
Empresas Beneficiarias:
Podrán acceder a estas ayudas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que:
  • Tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo, el centro de trabajo radicará también en este territorio.
  • Haberse dado de alta en actividades económicas entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre del año 2014, ambos inclusive (No tendrá la consideración de entidad beneficiaria, aquella que se hubiera dado de alta en una actividad económica en la que con el mismo N.I.F./D.N.I., hubiera existido en el año 2014 o en el último semestre de 2013 baja en el mismo grupo de actividad).
  • Al menos una de las personas promotoras de la entidad beneficiaria ha de acreditar desempleo en el momento inmediatamente anterior a la fecha del alta en actividades económicas y ha de haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, o mutualidad equivalente en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014.
  • La persona promotora que se dé de alta como autónoma ha de ser residente en Bizkaia.
  • Se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes
  • No se vean afectadas por ninguna prohibición para recibir subvenciones
Además de todos estos requisitos es también imprescindible que la empresa haya solicitado la Ayuda a la Creación de Empresas su modalidad de plan de negocio y curso formativo realizado previamente a la solicitud.
Requisitos de los contratos subvencionables:
Los contratos de trabajo deberán de formalizarse dentro del período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 al 30 de septiembre de 2014, con personas trabajadoras residentes en Bizkaia.

El contrato de trabajo ha de ser del tipo contrato indefinido, contrato fijo discontínuo, una transformación de contrato a indefinido o un contrato de duración determinada de mínimo doce meses. Se excluyen los contratos en los que no figure la duración mínima de doce meses.

En los casos de conversión a indefinido, se considerará como inicio de contrato la fecha de la transformación.

Los contratos de trabajo deberán ser a jornada completa o a jornada parcial, siempre que ésta represente un mínimo del 50% de la jornada completa habitual establecida.

No tendrán la consideración de subvencionables los contratos de trabajo realizados a las personas socias de la empresa.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
Cuantía de las Ayudas:
El importe máximo de la subvención será de 4.000 euros por contrato realizado

En el supuesto que la persona contratada pertenezca al colectivo de mujeres, o colectivo de riesgo de exclusión social detallado en la norma, dicha cantidad ascenderá a la cuantía máxima de 5.000 euros

En el caso de contrato de trabajo a jornada parcial, la subvención máxima se calculará aplicando a los 4.000 euros, en su caso, 5.000 euros el porcentaje de jornada que represente respecto de la jornada habitual establecida.

La subvención máxima por entidad en este título será de 25.000 euros.
Límite al importe de las ayudas:
La cuantía de la subvención por contrato no podrá ser superior al 70% del salario bruto del contrato subvencionado.
Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica (www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será en marzo de 2014.
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información: Teléfonos de información del programa de Creación de Empleo: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Enlace a la Normativa


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 24 de marzo de 2014

Diputación Foral de Bizkaia 2014: Ayuda a la Puesta en marcha y creación de empresas


AYUDAS A LA PUESTA EN MARCHA Y CREACIÓN DE EMPRESAS 2014
Esta información también puedes leerla en euskera


Objeto de la Ayuda:
Se subvenciona la creación, la puesta en marcha y funcionamiento de una empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, incluídos los empresarios y empresarias individuales, los profesionales, y las comunidades de bienes y sociedades civiles siempre que cumplan las condiciones establecidas en la norma.
Empresas Beneficiarias:
Podrán acceder a estas ayudas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que:
  • Tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo, el centro de trabajo radicará también en este territorio.
  • Haberse dado de alta en actividades económicas entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre del año 2014, ambos inclusive (No tendrá la consideración de entidad beneficiaria, aquella que se hubiera dado de alta en una actividad económica en la que con el mismo N.I.F./D.N.I., hubiera existido en el año 2014 o en el último semestre de 2013 baja en el mismo grupo de actividad).
  • Al menos una de las personas promotoras de la entidad beneficiaria ha de acreditar desempleo en el momento inmediatamente anterior a la fecha del alta en actividades económicas y ha de haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, o mutualidad equivalente en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014.
  • La persona promotora que se dé de alta como autónoma ha de ser residente en Bizkaia.
  • Se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes
  • No se vean afectadas por ninguna prohibición para recibir subvenciones

Requisitos de las personas promotoras:
Estos requisitos son:

  1. Tendrán la consideración de personas promotoras:
    1. Empresario/a individual o profesional
    2. Socio/a de una comunidad de bienes o sociedad civil
    3. Socio/a trabajador/a de la empresa
    4. Los autónomos económicamente dependientes referidos en Capítulo III Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio
    No tendrán la consideración de personas promotoras, el familiar colaborador de un empresario autónomo.

  2. Serán requisitos de las personas promotoras de las entidades señaladas en el artículo anterior:
    1. Residir en Bizkaia
    2. Acreditar desempleo en el momento inmediatamente anterior a la fecha del alta en actividades económicas
    3. Haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, o mutualidad equivalente en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014, ambos inclusive

  3. Además, a efectos de la cuantificación de la ayuda tal y como se especifica en la normativa, al menos una persona promotora de la entidad beneficiara ha de haber realizado la formación y un asesoramiento individualizado detallado en el Decreto, en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014, con las entidades adjudicatarias autorizadas, o haber realizado la formación y el asesoramiento individualizado con D.E.M.A. Enpresa Garapena de Barakaldo en el mismo período.
  4. Este requisito tendrá que ser cumplido al menos por una de las personas promotoras de la entidad beneficiaria, siempre y cuando esta persona cumpla con el resto de los requisitos anteriores
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
Cuantía de las Ayudas:
El importe máximo de la subvención será de 3.000 euros por Empresa Beneficiaria

En las empresas beneficiarias en las que las que, al menos una persona promotora o socia trabajadora que cumpla el requisito de haber hecho el curso de formación regulado en la normativa, se utilizarán los siguientes criterios:
  • Computarán un máximo de 5.000 euros por cada una de las personas promotoras que sea mujer o persona en riesgo de exclusión social, y cumpla el resto de los requisitos
  • Computarán un máximo de 4.000 euros por cada una de las personas promotoras en el resto de los casos, siempre que cumplan el resto de los requisitos
No obstante, el número máximo de personas promotoras o socias trabajadoras que pueden computar a efectos de cálculo de subvención es de 5 personas, en consecuencia, la cantidad total y máxima de subvención a otorgar por entidad beneficiaria será de 25.000 euros. Límite al importe de las ayudas:
Tendrán la consideración de gastos subvencionables el arrendamiento del local donde se ubique el negocio, suministros del local de negocio (luz, agua, gas, teléfono); primas de seguros; limpieza y mantenimiento, material de oficina; servicios profesionales independientes; publicidad y promoción, las cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen especial de autónomos, o mutualidad correspondiente así como por contingencias comunes en el régimen general, generados durante un período máximo de un año a partir del Alta en Actividades Económicas de la empresa.

El importe de la ayuda nunca podrá ser superior a la suma de estos gastos. Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica (www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
Plazo de Solicitud:
El plazo de solicitud será en marzo de 2014.
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información: Teléfonos de información del programa de Creación de Empresas: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Enlace a la Normativa


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 5 de marzo de 2014

Diputación Foral de Bizkaia 2014: Apoyo Financiero al Comercio Minorista


PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO AL COMERCIO AL POR MENOR 2014
Esta información también puedes leerla en euskera


Objeto de la Ayuda:
Subvencionar los intereses de las cuentas de crédito que, para cubrir operaciones de circulante, hayan suscrito pymes y personas autónomas que desarrollen una actividad comercial.
Beneficiarios:
Microempresas y personas físicas cuya actividad principal sea el comercio al por menor, que hayan suscrito un crédito con una entidad financiera para operaciones de circulante de la actividad.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
  • Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • Tener el centro comercial, en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • La actividad principal de la empresa debe estar encuadrada en el comercio al por menor recogida dentro de los epígrafes de la C.N.A.E. 2009, Clasificación Nacional de Actividades Económicas, Anexo II
  • Tener una plantilla inferior a 6 personas
Las personas beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
  • Las personas físicas que ejerzan una actividad económica deberán estar dadas de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o mutualidad equivalente.
  • Estar dadas de alta en el Impuesto correspondiente de actividad económica.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
Hecho Subvencionable:
Se considera hecho subvencionable los intereses correspondientes desde el 1 de enero de 2013 hasta el 30 de junio de 2014 de las cuentas de crédito por operaciones de circulante concedidas por entidades financieras que hayan suscrito el convenio de colaboración con la Diputación Foral de Bizkaia.

Serán gastos subvencionables el 50% de los intereses de las cuentas de crédito para la financiación de operaciones de circulante debidas a la actividad de las entidades beneficiarias.
  • No se considerarán subvencionables ni las comisiones de apertura ni por descubierto.
  • Tampoco se considerarán gastos subvencionables todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria
Cuantía de las Ayudas:
La subvención será la equivalente al 50% del importe de los intereses correspondientes al período abarcado desde el 1 de enero de 2013 hasta el 30 de junio de 2014 por las cuentas de crédito para la financiación de operaciones de circulante de las entidades beneficiarias.

Límites de la cuantía de las ayudas:
  • Límite inferior: Subvención neta equivalente de 500 euros
  • Límite superior: El importe máximo de ayuda por entidad y año será de 3.000 euros
Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica ( www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
Plazo de Solicitud:
En 2014 el plazo de solicitud será del 1 al 30 de septiembre de 2014 a las 13:30
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Enlace a la Normativa

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 4 de marzo de 2014

Diputación Foral de Bizkaia 2014: Apoyo Financiero a la Inversión en Pymes, AFIPYME


PROGRAMA AFIPYME 2014: APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN EN PYMES

Esta información también puedes leerla en euskera


Objeto de la Ayuda:
Subvencionar los intereses de las operaciones de financiación de inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica realizados por pymes.
Beneficiarios:
Empresas de Bizkaia con una plantilla de entre 6 y 100 personas cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria y Comercio al por mayor.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
  • Tener su domicilio social y fiscal en Bizkaia
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la S.S.
  • No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
Proyectos Subvencionables:
Serán subvencionables las inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica. El importe mínimo de estas inversiones será de 30.000 euros.

NOTA: Las inversiones deberán materializarse en el período abarcado desde el 1 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014

Será subvencionable el inmovilizado que pertenezca a alguna de las siguientes categorías del Plan General de Contabilidad:
  • 206- Aplicaciones informáticas
  • 211-Construcciones (excluidas la adquisición y la construcción de inmuebles)
  • 212- Instalaciones Técnicas
  • 213- Maquinaria
  • 215- Otras Instalaciones
  • 217- Equipos para procesos de información
  • 218- Elementos de transporte (solo para organizaciones cuya actividad principal sea el transporte de personas y/o mercancías)
No se considerarán gastos subvencionables los siguientes supuestos:
  • Documentos justificativos de gastos inferiores a 500 euros (I.V.A. no incluido)
  • El I.V.A.
  • Los intereses relativos a lineas de crédito en cualquiera de sus modalidades
  • Comisiones bancarias
  • Gastos realizados a través de empresas o personas vinculadas a la empresa solicitante
  • Todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria
Cuantía de las Ayudas:
La subvención será la equivalente al 8% del importe de la inversión subvencionable.

El importe máximo de ayuda por entidad y año será de 50.000 euros.
Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica ( www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
Plazo de Solicitud:
En 2014 el plazo de solicitud será del 1 al 30 de septiembre de 2014 a las 13:30 horas.
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Enlace a la Normativa

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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Diputación Foral de Bizkaia 2014: Apoyo Financiero a Autónomos, AFA


PROGRAMA AFA 2014: APOYO FINANCIERO A AUTÓNOMOS
Esta información también puedes leerla en euskera


Objeto de la Ayuda:
Subvencionar los intereses de las operaciones de financiación de inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica realizados por personas autónomas y entidades sin personalidad jurídica (Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles,...)
Beneficiarios:
Microempresas, personas físicas y entidades sin personalidad jurídica que ejerzan una actividad económica, que hayan suscrito un préstamo con una entidad financiera para realizar inversiones encaminadas a mejorar, ampliar o renovar su actividad.
  • Las personas beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
    • Las personas físicas que ejerzan una actividad económica deberán estar dadas de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o mutualidad equivalente y acreditar residencia habitual en Bizkaia.
    • En el caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, todos sus miembros deberán acreditar residencia habitual en Bizkaia y al menos uno deberá estar dado de alta en RETA o mutualidad equivalente.
  • Las microempresas deberán tener menos de seis trabajadores, y domicilio social y fiscal en Bizkaia.
Modalidad de las Ayudas:
Estas ayudas se materializarán mediante subvención a fondo perdido.
Proyectos Subvencionables:
Serán subvencionables los préstamos o leasing concedidos por entidades financieras que se destinen a inversiones para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica. El importe mínimo de estas operaciones será de 10.000 euros.

NOTA: Los préstamos habrán de ser formalizados en el período abarcado desde el 1 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014
En concreto, a los efectos de esta ayuda serán subvencionables los préstamos destinados para la realización de las siguientes inversiones en inmovilizado material, de acuerdo con el Plan General Contable:
  • 206- Aplicaciones informáticas
  • 211-Construcciones (excluidas la adquisición y la construcción de inmuebles)
  • 212- Instalaciones Técnicas
  • 213- Maquinaria
  • 214- Utillaje
  • 215- Otras Instalaciones
  • 217- Equipos para procesos de información
  • 218- Elementos de transporte
No se considerarán gastos subvencionables los siguientes:
  • Documentos justificativos de gastos inferiores a 300 euros (I.V.A. no incluido)
  • El I.V.A.
  • Los intereses relativos a lineas de crédito en cualquiera de sus modalidades
  • Comisiones bancarias
  • Gastos realizados a través de empresas o personas vinculadas a la empresa solicitante
  • Todos aquellos gastos que no puedan identificarse inequívocamente con la actividad de la entidad beneficiaria y/o no se realicen en el plazo establecido en cada convocatoria
Cuantía de las Ayudas:
La subvención será la equivalente al 10% del importe del préstamo subvencionable.

En el caso de que la operación estuviera avalada por una sociedad de garantía recíproca el porcentaje de la subvención se incrementará en un 0,5%.

El importe de la ayuda no será superior a la suma de los intereses acumulados de los dos primeros años, a partir de la formalización del préstamo/leasing.

El importe máximo de la subvención por entidad será de 10.000 euros.
Solicitudes:
La solicitud y el resto de documentación deberán ser presentados a través de la Oficina virtual del Departamento de Promoción Económica (www .bizkaia.net/Sustapena-Oficina virtual ). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dado de alta en el servicio Bizkaibai cuya tarjeta podrá ser solicitada en las oficinas de Obispo Orueta, 6
Plazo de Solicitud:
En 2014 el plazo de solicitud será del 1 de junio de 2014 al 30 de septiembre de 2014, a las 13:30 horas.
Notas:
Esta ayuda es compatible con cualquier otra, teniendo en cuenta que se deben respetar siempre los límites máximos establecidos por la Unión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.
Más información y Enlaces:
Información: Teléfonos de información del programa AFA: 94 406 80 08
Información en la página de la Diputación Foral de Bizkaia
Enlace a la Normativa

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina de Dinamización para el Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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