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lunes, 2 de octubre de 2023

Euskadi Bono denda 2023

EUSKADI BONO COMERCIO 2023

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Objeto

Esta ayuda tiene como objeto el fomento del consumo de bienes en las tiendas de la CAPV.

Para ello se pondrán bonos a disposición de la ciudadanía de Euskadi para que puedan comprar en los establecimientos adheridos a la campaña.

Funcionamiento

Se subvencionarán las compras de bienes en los comercios adheridos a la campaña a través de un bono descuento.

Cada tienda dispondrá de un número determinado de bonos para ser usados en ella.

Cada "Euskadi bono-comercio" tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€.

Cada persona, identificada mediante DNI, podrá sumar un máximo de cinco bonos descuento por un valor de 50€ que podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento.

Gestión

Para participar en la campaña y recibir los bonos, los comercios deberán apuntarse en la aplicación creada al efecto en la página: http://euskadibonodenda.eus/

A los establecimientos adheridos se les facilitará la documentación necesaria y el material promocional del programa. junto con los bonos que le correspondan. Estos bonos no serán físicos.

AVISO: Los comercios no podrán reservar ni retener bonos para su clientela habitual y habrán de exponer en lugar bien visible su participación en el programa.

Plazos

COMERCIOS: podrán adherirse, durante el periodo comprendido entre el día 11 y el 20 de octubre, ambos inclusive.


CLIENTELA: El canje de los bonos-descuento por parte de los consumidores está previsto se desarrolle entre el día 8 de noviembre y el 5 de diciembre de 2023.

ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS: Consulta aquí el listado de los locales de Gernika-Lumo que participan en esta campaña.
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 19 de junio de 2023

GOBIERNO VASCO: MEC 2023, Modernización de Equipamientos Comerciales

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2023

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial o de servicios.

El establecimiento comercial o de servicios deberá estar en la Comunidad Autónoma Vasca y su actividad debe encuadrarse entre las relacionadas en la norma de la Ayuda.

Será requisito necesario ejercer la misma actividad comercial o de servicios en el establecimiento objeto de subvención, con alta efectiva en el Impuesto sobre Actividades Económicas, durante mínimo un año antes de la fecha de presentación de solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial: inversiones dirigidas a la reforma y modernización del establecimiento comercial o de servicios realizadas a través de obras e inversiones en el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, necesarios para su funcionamiento correcto. (Inversión mínima 3.000 euros)
  • Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: equipos y aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, adecuación a la normativa fiscal, así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web. (Inversión mínima 1.000 euros)

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones deben estar comprendidos en el período que va entre el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023, ambos incluidos.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 30% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 30 de septiembre de 2023

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 14 de abril de 2023

Ayudas NIK GERNIKAN para nuevos comercios 2023

AYUDAS "NIK GERNIKAN" PARA NUEVOS COMERCIOS 2023

https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2023/04/nik-gernikan-dir-laguntzak-denda.htmlEsta información también puedes leerla en euskera


¿Qué es, en qué consiste?

Convocatoria de subvenciones por la apertura de un nuevo comercio en Gernika-Lumo.

Beneficiarios:

Pequeñas empresas, autónomos y comunidades de bienes que creen una nueva empresa comercial en Gernika-Lumo o que trasladen su actividad a la localidad.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Importe de las ayudas:

Se ayuda el 70% de los siguientes gastos:
  • Alquileres del local.
  • Cuotas de autónomos.
  • Gastos de apertura del negocio.
  • Inversiones necesarias para la puesta en marcha
El máximo de ayuda por empresa es de 1.500 euros.

Momento de la solicitud:

Desde la fecha de apertura del comercio.

Plazo de solicitud:

Desde la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el 15 de diciembre de 2023.

Modelo de solicitud:

Solicitud de subvención para nuevo comercio

Lugar de tramitación:

Tramitación PRESENCIAL: En el Servicio de Atención Ciudadana (GERTU)
  • Foru Plaza, 3 -(Planta baja) - 48300 Gernika-Lumo - 94 627 0200 - haz@gernika-lumo.eus
  • Horario: Invierno: 7:30h - 14:00h / Verano: 7:30h - 14:00h
Tramitación TELEMÁTICA (Con certificado electrónico): Pulse el botón INICIAR TRÁMITE y siga las instrucciones.
  • Dudas y consultas: 900 840 250 - Biscaytik - Centro de Atención a Usuarios.
  • Obligados a utilizar este canal (Art. 14.2 Ley 39/2015): Personas Jurídicas, Entidades sin Personalidad Jurídica, Profesionales de colegiación obligatoria en el ejercicio de su actividad profesional, Representantes de obligados a relacionarse de forma electrónica, Empleados Públicos.

Documentación a aportar:

Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Vida laboral.
  • Certificado de altas y bajas en el IAE.
  • Contrato de alquiler.
  • En su caso justificantes de recibos de autónomos.
  • En su caso facturas y justificantes del pago del alquiler del local comercial.
  • En su caso justificantes de los gastos presentados.

Enlaces:



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 5 de abril de 2023

Programa de Modernización del comercio: Fondo Tecnológico 2023

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO: FONDO TECNOLÓGICO 2023

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

Apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible del sector comercial.

Beneficiarios:

  • Microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
    • La PYME deberá de tener su sede social y fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma Euskadi.
    • La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).
    • El alta efectiva en el CNAE debe coincidir o ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Gastos Subvencionables:

  1. Gastos dirigidos a la transformación digital: serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.
  2. Gastos referidos a transformación del punto de venta: serán aquellos proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
  3. Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular: serán aquellos proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.
  4. Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad: serán aquellos proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular.

Plazo para realizar las inversiones:

La realización de las inversiones deben estar comprendidos en el período que va entre el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de semptiembre de 2023, ambos incluidos.

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables que podrán llegar al 100% del gasto realizado (sin IVA).

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS
ENLACE A LA SOLICITUD WEB

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 27 de abril de 2023.

Enlaces:



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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domingo, 1 de enero de 2023

Ayudas y Subvenciones 2023


AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2023



GOBIERNO VASCO
SPRI
ICO: Instituto de Crédito Oficial
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
Diputación, Ayuntamientos y Entes Locales

Ayudas y Subvenciones del Gobierno Vasco 2023


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL GOBIERNO VASCO: AÑO 2023


MEC 2023, Modernización de Equipamientos Comerciales


Programa de Modernización del comercio: Fondo Tecnológico 2023



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Ayudas y Subvenciones de Diputación, Ayuntamientos y entes locales 2023


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE DIPUTACIÓN, AYUNTAMIENTOS Y ENTES LOCALES: AÑO 2023


Gernika-Lumo: Ayudas NIK GERNIKAN para nuevos comercios 2023



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Ayudas y Subvenciones del ICO 2023


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ICO: AÑO 2023


ICO crédito comercial 2023


ICO empresas y emprendedores 2023


ICO garantía SGR/SAECA 2023


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Ayudas y Subvenciones del EVE-Ente Vasco de la Energía 2023


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ENTE VASCO DE LA ENERGÍA (EVE/EEE): AÑO 2023

No hay ayudas publicadas a la fecha



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Ayudas y Subvenciones de la SPRI 2023


AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA SPRI: AÑO 2023

No hay ayudas publicadas a la fecha



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ICO crédito comercial 2023

ICO CRÉDITO COMERCIAL 2023

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Beneficiarios:

Autónomos, empresasy emprendedores con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.

Modalidad de la financiación:

La Entidad de Crédito y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes.

Conceptos Financiables:

  • Anticipos de facturas con un vencimiento no superior a 180 días.
  • Prefinanciación: Necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de venta en territorio nacional.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12.500.000,00 euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés: variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según la tipología de la operación.

Comisiones:
  • La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación.
  • En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1% sobre el importe cancelado.
Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación.

TAE máxima: La TAE no podrá superar el tipo de interés más hasta 2,30%.

Solicitudes:

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2023.

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Ficha resumen de la ayuda
Folleto de ayudas ICO

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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ICO empresas y emprendedores 2023

ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2023


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Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio español y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
  • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  • Desarrollar los proyectos de inversión y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades de liquidez tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
  • Necesidades tecnológicas.
  • Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
  • Vehículos turismos e industriales.
  • Adecuación y reforma de instalaciones.
  • Adquisición de empresas.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
En cualquier momento se puede consultar los tipos de interés máximos vigentes en este enlace: ICO.

Plazo de amaortización y carencia:
  • De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia.
  • De 7 hasta 9 años con 1 ó 2 años de carencia.
  • De 10, 12, 15 y 20 años con 0, 1, 2 ó 3 años de carencia.
Comisiones: La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2023.

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Ficha resumen de la ayuda
Folleto de ayudas ICO

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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ICO garantía SGR/SAECA 2023

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2023

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Beneficiarios:

Autónomos y empresas que realicen inversiones en territorio nacional o que necesiten cubrir necesidades de liquidez y que cuenten con el aval de una SGR o SAECA.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos o leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Necesidades de liquidez: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

  2. Inversiones productivas:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
    • Vehículos turismos e industriales.
    • Adecuación y reforma de instalaciones.
    • Adquisición de empresas.
    • Creación de empresas.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 2 millones de euros por empresa y año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo o leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA: La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avale, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.

Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto: Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.

Tipo de interés:  fijo o variable, que será elegido por el cliente. Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
  • De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal.
  • De 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia.
  • De 10, 12 y 15 años con 0, 1, 2 ó 3 años de carencia.
Comisiones:
  • La SGR o SAECA podrá aplicar hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio.
  • La Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.
Garantías: La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

Coste de los avales:

La SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4,30% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no tiene cuota mutualista.

Solicitudes:

La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito, en las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) o en SAECA.

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes durante todo el año 2023.

Notas:

Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Ficha resumen de la ayuda
Folleto de ayudas ICO

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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