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martes, 17 de enero de 2017

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2017

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2017

Esta información también puedes leerla en euskera

Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones en territorio nacional o que necesiten cubrir necesidades de liquidez y que cuenten con el aval de una SGR o SAECA

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos o leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Liquidez: Hasta el 100% para gastos de circulante.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA (vehículos industriales sin ninguna limitación).
    • Adquisición de empresas
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o impuestos de análoga naturaleza
    • Creación de empresas en el extranjero.
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2016.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 2 millones de euros por empresa y año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo o leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA: La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avale, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.

Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto: Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.

Tipo de interés:  fijo o variable, que será elegido por el cliente. Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
Dependiendo del destino de la financiación se puede escoger entre las siguientes alternativas:
  1. Para liquidez 100%:
    • Plazo de amortización de 1 a 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
  2. Para inversión:
    • Plazo de amortización de 1 a 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 12 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 15 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Comisiones:
  • La SGR o SAECA podrá aplicar hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio.
  • La Entidad de Crédito no puede cobrar comisión, salvo por amortización anticipada que puede variar entre el 2% y el 3% (más información).
Garantías: La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

Coste de los avales:

La SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no tiene cuota mutualista.

Solicitudes:

La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito, en las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) o en SAECA.

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 7 de diciembre de 2017

Notas:

Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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viernes, 13 de enero de 2017

ICO Crédito Comercial 2017

ICO CRÉDITO COMERCIAL 2017

Esta información también puedes leerla en euskera

Beneficiarios:

Autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.

Modalidad de la financiación:

La Entidad de Crédito y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes.

Conceptos Financiables:

Anticipos de facturas con un vencimiento no superior a 180 días.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 50.000 euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés: variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según la tipología de la operación.

Comisiones:
  • La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación
  • En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1,50% sobre el importe cancelado
Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación.

Solicitudes:

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto

Vigencia:

Se podrán formalizar solicitudes hasta el 7 de diciembre de 2017

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda
AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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jueves, 12 de enero de 2017

ICO Empresas y Emprendedores 2017

ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2017


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Beneficiarios:

  • Autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en territorio nacional y/o que necesiten cubrir necesidades de liquidez.
  • Particulares y Comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán mediante el acceso a préstamos/leasing a un tipo de interés preferente fijado por el ICO.

Conceptos financiables:

  1. Liquidez: Hasta el 100% para gastos de circulante.

  2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
    • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA (vehículos industriales sin ninguna limitación).
    • Adquisición de empresas
    • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
    • Rehabilitación de viviendas y edificios para particulares.
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2016.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Condiciones de la financiación:

Importe máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros por año, en una o varias operaciones.

Modalidad:  préstamo/leasing para inversión y préstamo para liquidez.

Tipo de interés:  fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización que son los siguientes:
  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%
Los tipos finales máximos vigentes en cada momento se pueden consultar en la página del ICO.

Plazo de amortización y carencia:
Dependiendo del destino de la financiación se puede escoger entre las siguientes alternativas:
  1. Para liquidez 100%:
    • Plazo de amortización de 1 a 4 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
  2. Para inversión:
    • Plazo de amortización de 1 a 10 años con 0 ó 1 año de carencia para el pago del principal
    • Plazo de amortización de 12, 15 ó 20 años con 0 ó 2 años de carencia para el pago del principal

Comisiones:  la Entidad de Crédito no puede cobrar comisión, salvo por amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2,50% (más información).

Garantías: a determinar por la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.

Solicitudes:

Solicitudes: La tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las Entidades de Crédito.

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 7 de diciembre de 2017

Notas:

Compatibilidad: Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.

Enlaces:

Información: Teléfono de información del programa: 900 121 121
Información en la página del ICO
Folleto de la ayuda
Ficha resumen de la ayuda

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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domingo, 1 de enero de 2017

Ayudas y Subvenciones del ICO 2017


AYUDAS Y SUBVENCIONES DEL ICO: AÑO 2017

ICO Empresas y Emprendedores 2017

ICO Crédito Comercial 2017

ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2017

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Ayudas y Subvenciones 2017


AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2017



GOBIERNO VASCO
SPRI
ICO: Instituto de Crédito Oficial
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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