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viernes, 22 de enero de 2010

ICO 2010: ICO Liquidez

LÍNEA DE AYUDAS: ICO LIQUIDEZ 2010

VIGENCIA
CLIENTES
PLAZO DE AMORTIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES
IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR CLIENTE
TIPO DE INTERÉS
COMISIONES
CANCELACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN
GARANTÍAS
Enlaces a la página del ICO


  • VIGENCIA:

Hasta el 20 de diciembre de 2010 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.

  • CLIENTES:

Autónomos y empresas, con independencia de su tamaño, que se encuentren al corriente de pago con la Entidad de Crédito concedente.

  • PLAZO DE AMORTIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES:

1, 3 y 5 años, incluido 1 año de carencia de principal

En todas las modalidades, la periodicidad de liquidación de intereses será acordada entre la Entidad de Crédito y el cliente, así como la periodicidad de amortización para los plazos de 3 y 5 años.

  • IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR CLIENTE:
  • Autónomos y empresas con menos de 50 trabajadores: hasta 2 millones euros.
  • Empresas con 50 o más trabajadores: hasta 50 millones euros.

  • TIPO DE INTERÉS:
  • Modalidad A (Sublíneas financiación y riesgo compartido)

Son operaciones en las que la financiación y el riesgo es compartido entre el ICO y la Entidad de Crédito.

Tipo fijo medio de los dos tipos siguientes:

  • Para el 50% de los fondos aportados por ICO: Tipo de cesión Fijo más hasta el margen que se establezca (2%, 2,50%, 3%, 3,50%).
  • Para el 50% de los fondos aportados por la Entidad de Crédito: Tipo de cesión Fijo más hasta el margen que se establezca (2%, 2,50%, 3%, 3,50%), más un diferencial que no podrá superar el 1,50%.

La Entidad de Crédito analizará el riesgo de las operaciones y aplicará a cada operación uno de los cuatro márgenes, en función del resultado de dicho análisis de riesgo. El margen de intermediación que aplique el ICO será idéntico al que aplique la Entidad de Crédito a sus clientes.

  • Modalidad B (Sublíneas 100% financiación ICO)

Son operaciones en las que el 100% de la financiación la aporta el ICO y el riesgo es asumido en su totalidad por la Entidad de Crédito.

Tipo de cesión Fijo más hasta 3,50%.

  • COMISIONES:
  • Para operaciones adscritas a la Modalidad A: 0,40 % flat.
  • Para operaciones adscritas a la Modalidad B: Sin comisión.

  • CANCELACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA:

Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:

  1. Para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario: 0,50% flat sobre el importe cancelado.
  2. Resto operaciones: 1% flat sobre el importe cancelado.

  • TRAMITACIÓN:

Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.

  • DOCUMENTACIÓN:

El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.

  • GARANTÍAS:

Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:

  • Hipotecarias
  • Personales
  • Avales mancomunados o solidarios
  • Sociedades de Garantía Recíproca

Enlaces a la página del ICO

CARACTERÍSTICAS GENERALES:
http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/5451/index.html?n=1

TIPOS DE INTERÉS:
http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/5451/index.html?n=2

ENTIDADES COLABORADORAS:
http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/5451/index.html?n=3

ICO 2010: ICO Inversión Nacional

LÍNEA DE AYUDAS: ICO INVERSIÓN NACIONAL 2010

VIGENCIA
CLIENTES
IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR CLIENTE
FINANCIACIÓN MÁXIMA
INVERSIONES ELEGIBLES
PLAZO DE AMORTIZACIÓN
TIPO DE INTERÉS PARA EL CLIENTE
COMISIONES
AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN
GARANTÍAS
INCOMPATIBILIDAD DE LÍNEAS ICO DE MEDIACIÓN
COMPATIBILIDAD DE AYUDAS
Enlaces a la página del ICO


  • VIGENCIA:

Hasta el 20 de diciembre de 2010 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.

  • CLIENTES:

Autónomos, Pymes y resto de empresas que lleven a cabo inversiones en territorio nacional

  • IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR CLIENTE:
  • Autónomos, Microempresas y Pequeñas Empresas: Hasta 2 millones de euros, en una o varias operaciones.
  • Medianas Empresas y Resto de Empresas: Hasta 10 millones de euros en una o varias operaciones.

  • FINANCIACIÓN MÁXIMA:

El 100 % del proyecto de inversión.

  • INVERSIONES ELEGIBLES:
  • Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
  • Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000 euros.
  • Adquisición de Empresas.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).

La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2009, y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.

En todo caso no se financian: Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.

  • PLAZO DE AMORTIZACIÓN:

El cliente podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal:

    • 3 años sin carencia para el pago de principal.
    • 5 años, con 0 ó con 1 año de carencia para el pago de principal.
    • 7 años, con 0 ó con 2 años de carencia para el pago de principal.
    • 10 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal.
    • 12 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal.
  • TIPO DE INTERÉS PARA EL CLIENTE:
    • Fijo, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2%
    • Variable, Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2%

  • COMISIONES:

El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisión de apertura, estudio o de disponibilidad.

  • AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA:

Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:

    • Tipo variable: no se imputará penalización.
    • Tipo fijo:
  • Para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario:
    • 0,50% flat sobre el importe cancelado, a la fecha de liquidación de intereses, si la cancelación se produce durante los 5 primeros años.
    • 0,25% flat sobre el importe cancelado, a la fecha de liquidación de intereses, si la cancelación se produce a partir del quinto año.
  • Resto operaciones a tipo fijo: 1% flat sobre el importe cancelado.

En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de vida de la financiación, se aplicará una comisión cuya cuantía variará en función del momento en que se produzca la amortización.

  • TRAMITACIÓN:

Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.

  • DOCUMENTACIÓN:

El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.

El cliente debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.

  • GARANTÍAS:

Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:

  • Hipotecarias
  • Personales
  • Avales mancomunados o solidarios
  • Sociedades de Garantía Recíproca

  • INCOMPATIBILIDAD DE LÍNEAS ICO DE MEDIACIÓN:

La obtención de financiación en esta Línea es incompatible con la obtención de financiación en la Línea “ICO - EMPRENDEDORES 2010”.

  • COMPATIBILIDAD DE AYUDAS:

Esta Línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea

Enlaces a la página del ICO

CARACTERÍSTICAS GENERALES:

http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/137/index

TIPOS DE INTERÉS:
http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/137/index?n=2

ENTIDADES COLABORADORAS:
http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/137/index?n=3

ICO 2010: ICO Emprendedores

LÍNEA DE AYUDAS: ICO EMPRENDEDORES 2010

VIGENCIA
CLIENTES
IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR CLIENTE
FINANCIACIÓN MÁXIMA
INVERSIONES ELEGIBLES
PLAZO DE AMORTIZACIÓN
TIPO DE INTERÉS PARA EL CLIENTE
BONIFICACIÓN DEL ICO
COMISIONES
AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA
TRAMITACIÓN
DOCUMENTACIÓN
GARANTÍAS
INCOMPATIBILIDAD DE LÍNEAS ICO DE MEDIACIÓN
COMPATIBILIDAD DE AYUDAS

Enlaces a la página del ICO


  • VIGENCIA:

Hasta el 20 de diciembre de 2010 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.

  • CLIENTES:
  • Microempresas, que hayan sido constituidas a partir del 1 de enero de 2009
  • Autónomos profesionales que, cumpliendo los requisitos de Microempresa, inician una nueva actividad, entendiendo por tales aquellos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a partir del 1 de enero de 2009.

Se considerará microempresa aquella que cumpla los siguientes requisitos:

  • Emplear de 1 a 9 trabajadores a 31 de diciembre de 2009
  • Facturación y/o balance general a 31 de diciembre de 2009 no superior a 2 millones de euros

  • IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR CLIENTE:

Hasta 300.000 euros, en una o varias operaciones.

  • FINANCIACIÓN MÁXIMA:

El 100 % del proyecto de inversión.

  • INVERSIONES ELEGIBLES:
  • Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
  • Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000 euros.
  • Gastos inherentes a la constitución de la empresa, con el límite del 10% del proyecto total.
  • Adquisición de Empresas.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).

La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2009, y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
En todo caso no se financian: Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.

  • PLAZO DE AMORTIZACIÓN:

El cliente podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal:

    • 3 años sin carencia para el pago de principal.
    • 5 años, con 0 ó con 1 año de carencia para el pago de principal.
    • 7 años, con 0 ó con 2 años de carencia para el pago de principal.
    • 10 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal.
    • 12 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal.
  • TIPO DE INTERÉS PARA EL CLIENTE:

  • Fijo, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,15%

  • Variable, Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,15 %

  • BONIFICACIÓN DEL ICO:

El ICO bonificará al cliente, a través de la Entidad de Crédito correspondiente, un 1,50% del tipo de interés de la operación, que será aplicado como valor actualizado neto y destinado a la amortización anticipada de capital.

El importe correspondiente de esta bonificación es de 65 euros por cada 1.000 euros de financiación.

  • COMISIONES:

El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y la Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisión de apertura, estudio o de disponibilidad.

  • AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA:

Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:


  • Tipo variable: no se imputará penalización.
  • Tipo fijo:
  • Para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario:
    • 0,50% flat sobre el importe cancelado, a la fecha de liquidación de intereses, si la cancelación se produce durante los 5 primeros años.
    • 0,25% flat sobre el importe cancelado, a la fecha de liquidación de intereses, si la cancelación se produce a partir del quinto año.
    • Resto operaciones a tipo fijo: 1% flat sobre el importe cancelado.

    En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de vida de la financiación, se aplicará una comisión cuya cuantía variará en función del momento en que se produzca la amortización.

    • TRAMITACIÓN:

    Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.

    • DOCUMENTACIÓN:

    El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.

    El cliente debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.

    • GARANTÍAS:

    Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:

    • Hipotecarias
    • Personales
    • Avales mancomunados o solidarios
    • Sociedades de Garantía Recíproca

    • INCOMPATIBILIDAD DE LÍNEAS ICO DE MEDIACIÓN:

    La obtención de financiación en esta Línea es incompatible con la obtención de financiación en la Línea “ICO -INVERSIÓN NACIONAL 2010”.

    • COMPATIBILIDAD DE AYUDAS:

    Esta Línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea

    Enlaces a la página del ICO

    CARACTERÍSTICAS GENERALES:

    http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/171/index

    TIPOS DE INTERÉS:
    http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/171/index?n=2

    ENTIDADES COLABORADORAS:
    http://www.ico.es/web/contenidos/6/0/171/index?n=3

    Líneas de Ayuda ICO 2010

    LÍNEAS DE AYUDA DEL ICO 2010

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    Ayudas y Subvenciones 2010

    RELACIÓN DE AYUDAS VIGENTES EN EL AÑO 2010

    GOBIERNO VASCO
    SPRI
    ICO: Instituto de Crédito Oficial
    ENTE VASCO DE LA ENERGÍA