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miércoles, 9 de diciembre de 2009

SPRI: Ayudas para la compra de ordenadores: Programa KZ Mikroenpresa Digitala

AYUDAS PARA LA COMPRA DE ORDENADORES CON CONEXIÓN A INTERNET

Esta información también puedes leerla en euskera
  • OBJETO DE LA AYUDA:
Esta es una ayuda para apoyar la compra de ordenadores CON conexión a Internet de banda ancha
  • BENEFICIARIOS:
PYMES con actividad económica y radicadas en la CAPV.
  • FORMA Y CUANTÍA DE LA AYUDA:
Ayuda a fondo perdido de los siguientes importes:
  • Compra de equipos informáticos: 25% del precio de compra con un máximo de 250 euros por equipo (máximo dos ordenadores por empresa)
  • Gastos de alta y conexión a Internet: 50% de estos gastos durante 6 meses con un máximo de 200 euros
  • Gastos de compra de antivirus: 100% del precio de compra con un máximo de 90 euros
  • FECHA LÍMITE PARA LA SOLICITUD:

Hasta el 31 de diciembre de 2009

  • PLAZO PARA REALIZAR LAS INVERSIONES:

Para ser aceptables las facturas no pueden tener una antigüedad mayor a un año desde la fecha de solicitud

  • FORMA DE LA SOLICITUD:

La solicitud de la ayuda sólo se puede hacer por Internet por medio de la aplicación on-line en la página web de la SPRI a la que se puede acceder desde con este vínculo: ENLACE.

En este enlace se accede a un COMPLETO TUTORIAL en el que se te indicará paso a paso cómo puedes hacer esta solicitud: TUTORIAL

  • REQUSITOS IMPORTANTES:

De las empresas:

  • Esta ayuda sólo la pueden solicitar PYMES
  • Para recibir la ayuda será necesario haber asistido a cualquiera de los cursos gratuitos ofertados por la SPRI para autónomos y microempresas en la Red de Centros KZ Gunea

De los ordenadores:

  • Deben tener una configuración mínima detallada por La SPRI en la página web del programa
  • Deben adquirirse junto con una licencia de Sistema Operativo (Windows o software libre)
  • Tienen que estar equipados con un Lector de Firma Digital para la tarjeta ONA de Osakidetza (integrado o conectado por USB)

Del procedimiento:

  • Sólo se admitirán solicitudes de ayuda de compra de ordenadores CONECTADOS a Internet, ya se contrate la conexión en el momento ya exista al hacer la solicitud.
  • El alta en Internet debe ser con conexión de Banda Ancha.
  • La ayuda sólo se puede solicitar una vez
  • La ayuda sólo de puede solicitar por Internet en la página de la SPRI

martes, 19 de mayo de 2009

SPRI: Ayudas a la Sucesión del Autónomo en el Comercio

PROGRAMA DE SUCESIÓN DEL AUTÓNOMO EN EL COMERCIO


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Descripción de la ayuda:
El objetivo de esta ayuda es apoyar los procesos de relevo generacional de los autónomos comerciantes de la CAV, tratando de asegurar la continuidad de las empresas e incentivando la sustitución de empresarios de edad avanzada, el mantenimiento de la estructura comercial y el empleo en el sector.

Cuantía de las ayudas:
Las ayudas son a fondo perdido y no reintegrables:

  1. Con carácter general: 9.000 euros, de los que 6.000 euros corresponden a la persona que transmite el negocio y 3.000 euros a quien continúa con la actividad.
  2. Si el negocio está ubicado en un municipio con una población inferior a 5.000 habitantes la subvención se incrementa en 3.000 euros, de los que 2.000 euros corresponderán al transmitente y 1.000 euros al adquirente.
  3. Un mismo beneficiario no podrá recibir ayudas por importe superior a 18.000 euros
Beneficiarios:
TRANSMITENTE:

Personas físicas que desarrollen una actividad comercial y que cumplan además:
  • Sean residentes en la CAV
  • Lleven desarrollando la actividad comercial los últimos 10 años
  • Tengan 65 años cumplidos o se encuentren en situación de invalidez total
  • Estén dadas de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social
  • Transmitan la titularidad del negocio
ADQUIRENTE:
La persona que adquiera el negocio debe pertenecer a alguno de estos colectivos:
  • Personas menores de 45 años
  • Familiar de primer grado por consanguinidad de la persona que transmita, independientemente de su edad
  • Empleado contratado por el transmitente, independientemente de su edad
  • Empresa unipersonal
Solicitudes:
La tramitación de solicitudes se hará en la Cámara de Comercio de Bilbao

Plazo de Solicitud:
Todo el año 2009, hasta agotar el presupuesto

Más Información:
Teléfono de contacto de la Cámara de Comercio: 94 470 65 09 (Maite Bilbao)
Correo electrónico de contacto: maite.bilbao@camarabilbao.com

Normativa Reguladora:

jueves, 26 de febrero de 2009

SPRI: Ayuda Financiera a la Inversión, AFI 2009

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PROGRAMA AFI 2009: AYUDA FINANCIERA A LA INVERSIÓN PARA INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Beneficiarios:
PYMEs y Autónomos cuya actividad principal sea: Industrial, Comercial o Turística

NO SE INCLUYEN otras actividades de servicios (peluquerías,…)

Modalidad de financiación:
Operaciones de préstamo y LEASING a tipo de interés preferente subvencionado que pueden estar o no avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca destinadas a financiar la adquisición de activos.

Objeto de la financiación:
Se financiará hasta el 100% de las inversiones en activos que se contabilicen en los epígrafes siguientes del Plan General de Contabilidad de 2007:

  • 206 Aplicaciones informáticas.
  • 210 Terrenos y Bienes naturales (excepto turismo).
  • 211 Construcciones.
  • 212 Instalaciones técnicas.
  • 213 Maquinaria.
  • 214 Utillaje.
  • 215 Otras instalaciones.
  • 216 Mobiliario (solo comercio y turismo).
  • 217 Equipos para procesos de información.
  • 218 Elementos de transporte (solo turismo).
  • 219 Otro inmovilizado material.
Los importes de inversión se considerarán netos, es decir, sin IVA.

La inversión MÍNIMA será de 100.000 € para empresas industriales y de 30.000 € para comerciales y turísticas.

Condiciones de los préstamos / LEASING:
  • Tipo de Interés: Según Convenio entre Banca y SPRI
  • Plazo de amortización:
  • Préstamo: entre 5 y 7 años

  • Leasing: entre 2 y 5 años
Excepcionalmente se pueden aceptar operaciones con plazo superior peo los años de exceso no se tendrán en cuenta para el cálculo de la ayuda.

Cuantía de la ayuda:

La ayuda se concretará en una rebaja del tipo de interés acordado en la operación que será de:
  • Con carácter general: 1,5 puntos
  • 0,25 puntos adicionales para operaciones avaladas por una S.G.R.

Notas:

  • El tipo de interés bonificado no podrá negativo
  • El importe máximo de préstamo/leasing que se puede subvencionar anualmente es de 1.500.000 €
Solicitudes:
La tramitación de solicitudes se hará en las entidades financieras colaboradoras.

Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de octubre de 2009

Más Información:
Teléfono de información del programa AFI: 902 540 818

Información en la página de la SPRI

jueves, 19 de febrero de 2009

Ayudas y Subvenciones 2009-CHARLA PRESENTACIÓN


CHARLA PRESENTACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE AYUDAS 2009

El próximo día 24 de febrero a las 13:30 horas, tendrá lugar en la sala ELAI ALAI de Gernika-Lumo una presentación de las ayudas que hasta el momento se han publicado para PYMEs y Autónomos.

Se presentarán los siguientes programas de ayudas:

Gobierno Vasco:
SPRI:
ICO:
Así mismo se informará sobre otros dos programas no publicados aún pero cuyo plazo de solicitud y condiciones para 2009 se espera que se conozca en breve, estos son:

Gobierno Vasco:
La entrada a este evento es totalmente libre

jueves, 12 de febrero de 2009

SPRI: Programa de Adecuación Financiera para autónomos





  • PROGRAMA
Adecuación Financiera Autónomos
  • BENEFICIARIOS DE LA AYUDA
Autónomos
  • DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
El objeto de estas ayudas es subvencionar los gastos derivados de la novación modificativa de los plazos de amortización o vencimiento de los contratos de préstamo suscritos por personas físicas que desarrollan actividades económicas o profesionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • TIPO DE AYUDA
Estas Ayudas se conceden en la forma de SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO.
  • OPERACIONES/NOVACIONES SUBVENCIONABLES
Para poder acogerse a estas ayudas las novaciones deben cumplir las siguientes condiciones:
  • Las operaciones de préstamo antes de la novación tendrán un plazo pendiente mínimo para su finalización de 1 año y un máximo de 6 años.
  • Las novaciones deberán ser formalizadas con Entidades Financieras adheridas al Convenio de Colaboración destinado a la gestión del Programa.
  • El saldo vivo de cada operación al momento de instrumentar la novación no deberá ser inferior a 10.000 euros.
  • El nuevo plazo de amortización pendiente hasta vencimiento del préstamo no será superior al doble del plazo pendiente antes de la novación, ni superior a los 7 años.
  • La Entidad Financiera deberá mantener todas las condiciones recogidas en la póliza original, tanto en lo referente a garantías y tipos de interés como en el resto de condiciones.
  • CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Gastos Subvencionables:
Gastos correspondientes a estudio y tramitación de la operación, así como los correspondientes a la comisión afecta a la misma por parte de la Entidad Financiera y aquellos que se pudiera derivar de su instrumentación, el importe de préstamo máximo sobre el que se aplica esta ayuda es de 200.000 euros.

Cuantías subvencionables:
  • En concepto de estudio y tramitación una cantidad fija de 75 euros por operación.
  • En concepto de comisión de novación:
- 0,25% para ampliaciones de plazo pendiente de hasta 1 año
- 0,40% para ampliaciones de plazo pendiente de hasta 2 años
- 0,50% para ampliaciones de plazo pendiente de hasta tres años y más
Estos porcentajes se aplicarán en todo caso sobre el saldo vivo de la operación a novar y el mínimo garantizado será de 100 euros por operación.
  • En concepto de gasto de instrumentación de la operación un porcentaje del 0,5% para cada operación sobre el saldo vivo objeto de novación.
Límites:
  • Los dos primeros conceptos en conjunto y a efectos de la cantidad a subvencionar tendrán como límite la cantidad de 1.000 euros.
  • El tercer concepto tendrá como límite máximo la cantidad de 1.000 euros.
Por tanto, cada operación de novación acogida a los beneficios de este Programa podrá disfrutar de una subvención máxima de 2.000 euros.
  • LUGAR DE TRAMITACIÓN
Las solicitudes de deben hacer en las entidades colaboradoras.
  • COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Estas ayudas son perfectamente compatibles con cualquier otra ayuda pública o privada

INFORMACIÓN EN LA PÁGINA DE LA SPRI
LEGISLACIÓN APLICABLE

Ayudas y Subvenciones 2009

LISTADO DE AYUDAS Y SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA 2009
ENTIDAD: GOBIERNO VASCO
ENTIDAD: SPRI

ENTIDAD: ICO

ENTIDAD: EVE

miércoles, 4 de febrero de 2009

Adecuación Financiera para Autónomos de la SPRI

Programa de Apoyo a la Inversión

ADECUACIÓN FINANCIERA AUTÓNOMOS


  • OBJETO DE LA AYUDA
Esta es una ayuda para la novación modificativa de los plazos de amortización o vencimiento de los contratos de préstamo suscritos por personas dadas de alta en el Régimen Especial de Autónomos.
  • BENEFICIARIAS
Personas dadas de alta en el Régimen de Autónomos y que desarrollen una actividad económica (empresarial o profesional) en la CAV por la que declaren en el IRPF..
  • NOVACIONES SUBVENCIONABLES
Para poder acogerse a estas ayudas las novaciones deben cumplir las siguientes condiciones:
  • Las operaciones de préstamo antes de la novación tendrán un plazo pendiente mínimo para su finalización de 1 año y un máximo de 6 años.
  • Las novaciones deberán ser formalizadas con Entidades Financieras adheridas al Convenio de Colaboración destinado a la gestión del Programa.
  • El saldo vivo de cada operación al momento de instrumentar la novación no deberá ser inferior a 10.000 euros.
  • El nuevo plazo de amortización pendiente hasta vencimiento del préstamo no será superior al doble del plazo pendiente antes de la novación, ni superior a los 7 años.
  • La Entidad Financiera deberá mantener todas las condiciones recogidas en la póliza original, tanto en lo referente a garantías y tipos de interés como en el resto de condiciones.
  • FORMA DE LA AYUDA
Gastos Subvencionables:
Gastos correspondientes a estudio y tramitación de la operación, así como los correspondientes a la comisión afecta a la misma por parte de la Entidad Financiera y aquellos que se pudiera derivar de su instrumentación, el importe de préstamo máximo sobre el que se aplica esta ayuda es de 200.000 euros.

Cuantías subvencionables:
  • En concepto de estudio y tramitación una cantidad fija de 75 euros por operación.
  • En concepto de comisión de novación:
- 0,25% para ampliaciones de plazo pendiente de hasta 1 año
- 0,40% para ampliaciones de plazo pendiente de hasta 2 años
- 0,50% para ampliaciones de plazo pendiente de hasta tres años y más
Estos porcentajes se aplicarán en todo caso sobre el saldo vivo de la operación a novar y el mínimo garantizado será de 100 euros por operación.
  • En concepto de gasto de instrumentación de la operación un porcentaje del 0,5% para cada operación sobre el saldo vivo objeto de novación.
Límites:
  • Los dos primeros conceptos en conjunto y a efectos de la cantidad a subvencionar tendrán como límite la cantidad de 1.000 euros.
  • El tercer concepto tendrá como límite máximo la cantidad de 1.000 euros.
Por tanto, cada operación de novación acogida a los beneficios de este Programa podrá disfrutar de una subvención máxima de 2.000 euros.
  • LUGAR DE TRAMITACIÓN
Las solicitudes de deben hacer en las entidades financieras colaboradoras que se relacionan a continuación:

NOTA: si alguna entidad financiera no estuviera en este listado puede firmar un convenio para una operación concreta

BBK
GIPUZKOA DONOSTIA KUTXA
CAJA VITAL
CAJA LABORAL POPULAR
LA CAIXA
IPAR KUTXA RURAL
CAJAS DE AHORROS DE NAVARRA
BANCO SANTANDER
BBVA
BANCO POPULAR
  • MÁS INFORMACIÓN
Teléfonos de contacto:
944 037 056
944 037 028
944 037 000

Información en la página de la SPRI