viernes, 3 de julio de 2020

Modernización de Establecimientos Comerciales 2020

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES: MEC 2020

http://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2018/06/eusko-jaurlaritza-mec-2018-merkataritza.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión e infraestructuras, teniendo además en cuenta la situación extraordinaria generada por el estado de alarma creado por el COVID-19

Beneficiarios:

PYMEs ubicadas en la CAPV cuya actividad principal sea comercial.

Será requisito necesario que el establecimiento comercial, o en su caso, la empresa a la que pertenezca se encuentre ejerciendo la misma actividad comercial con un mínimo de un año en el momento de presentación de la solicitud.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Proyectos Subvencionables:

Tendrán la consideración de inversiones subvencionables las siguientes:
  • Las inversiones dirigidas a: La reforma y modernización del local, del mobiliario, los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales. (Inversión mínima 4.000 euros)
  • Las balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. (Inversión mínima 900 euros)
  • COVID-19: Las inversiones en activos fijos adquiridos con el fin de desarrollar la actividad comercial en condiciones favorables higiénico-sanitarias, con motivo de la situación de alarma motivada por el COVID-19: maquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetro digital, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes, etc. (Inversión mínima 900 euros)

Cuantía de las Ayudas:

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables con los siguientes importes:
  • 16% de la inversión admisible respetando las cuantías mínimas para ser subvencionable

Bonificaciones

Existen una serie de características por las que la empresa puede conseguir un porcentaje de ayuda mayor y que se pueden consultar en la normativa.

Tramitación de las Solicitudes:

  • Por Internet: Completando la solicitud online y haciendo el envío por Internet, en este caso será necesario disponer de un Certificado digital, ESTA MODALIDAD ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS COMERCIOS


Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 3 de agosto de 2020

Enlaces:

Enlace a la Normativa:

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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jueves, 2 de julio de 2020

Plan Renove de Electrodomésticos 2020

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS 2020

https://merkataritza-gernika-lumo.blogspot.com/2020/07/etxetresna-elektrikoen-renove-plana-2020.htmlEsta información también puedes leerla en euskera

Este plan de ayudas tiene por objeto la mejora de la eficiencia energética mediante la reducción del consumo de energía eléctrica en el sector doméstico y pretende fomentar la renovación de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y secadoras por equipos con etiquetado energético de clase A++ o superior. También la renovación de hornos con clase de eficiencia energética A+.

La sustitución de electrodomésticos tendrán una ayuda del 25% del coste subvencionable, con los siguientes límites:
Electrodoméstico
Límite (€/equipo)
Frigorífico y frigorífico-congelador con clase de eficiencia energética A+++
130
Congelador con clase de eficiencia energética A+++
130
Lavadora con clase de eficiencia energética A+++
130
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A+++
130
Secadora con clase de eficiencia energética A+++
130
Frigorífico y frigorífico-congelador clasificación energética A++
100
Congelador clasificación energética A++
100
Lavadora con clase de eficiencia energética A++
100
Lavavajillas con clase de eficiencia energética A++
100
Secadora con clase de eficiencia energética A++
100
Horno con clase de eficiencia energética A+
100

Podrán acceder a las subvenciones objeto de convocatoria del presente programa de ayuda todas aquellas personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda de ocupación habitual, que sustituyan un único electrodoméstico por vivienda de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo.

IMPORTANTE: Para poder acogerse a estas ayudas el único trámite que deberán hacer será adquirir el nuevo electrodoméstico y entregar el antiguo en cualquiera de los comercios adheridos al programa, es imprescindible que se trate de una renovación. La lista de comercios se puede consultar en la página del EVE: Listado de comercios adheridos.

Los comercios que deseen adherirse al Plan Renove de Electrodomésticos 2020 deberán adherirse a la campaña por medio de este enlace: REGISTRO COMERCIOS

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda quedará abierto a partir del 22 de junio de 2020 hasta el día 30 de noviembre de 2020 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado.

Teléfono de atención: 944035600

Información en la página del EVE:


AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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lunes, 1 de junio de 2020

Ayudas COVID-19 al las tiendas de Euskadi

AYUDAS COVID-19 AL COMERCIO VASCO 2020

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Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a minimizar el impacto de la COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de la actividad comercial.

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV cuya actividad principal sea la del comercio minorista (tiendas).

La entidad solicitante deberá estar dada de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas antes de la declaración del estado de alarma, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Conceptos subvencionables:

  1. Los gastos de suministros energéticos, servicios de telecomunicaciones (teléfono, internet) y primas de seguros, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
  2. Las cuotas (amortización + intereses) de los préstamos hipotecarios o personales destinados a cubrir la compra del local o finca urbana donde se desarrolla la actividad comercial, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
  3. El gasto de adquisición del stock de producto de temporada Primavera – Verano 2020 adquirido y recepcionado con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma sanitaria (14 de marzo de 2020).
  4. Los siguientes gastos corrientes:
    1. Los gastos de suministros energéticos, servicios de telecomunicaciones (teléfono, internet) y primas de seguros, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
    2. Los gastos derivados de la contratación de servicios de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19 en la empresa comercial minorista, en el período transcurrido desde la declaración del estado de alarma al momento de presentación de solicitud de ayuda dentro de la presente Orden, con un límite máximo total de 150 euros.
    3. Los costes de afiliación a asociaciones comerciales de ámbito local, comarcal, territoriales o CAE correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Cuantía de las Ayudas:

  • Se subvenciona el 100% de cada uno de los conceptos presentados.
  • El importe máximo de la ayuda a conceder no sobrepasará los 3.000 euros por entidad subvencionada

Tramitación de las Solicitudes:

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online Ayudas Comercio Covid-19 

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 29 de junio de 2020.

Enlaces:

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:
Orden Ayudas Covid-19 Comercio 2020 



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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Listado de establecimientos participantes en el bono NIK GERNIKAN BONOA

NIK GERNIKAN BONOA

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El Ayuntamiento de Gernika-Lumo, en colaboración con la asociación de comerciantes de Gernika-Lumo ha impulsado la campaña NIK GERNIKAN BONOA. Una acción que tiene por objetivo dinamizar el consumo y promover el comercio local.


Se emitirán 47.266 bonos divididos en cuatro modalidades:
MERKATARITZA-Bonoa: Consigue 30€ por 20€
PINTXO-Bonoa: Consigue 15€ por 10€
GOURMET-Bonoa: Consigue 5€ por 3€
MENU-Bonoa: Consigue 10€ por 7€

Se ha previsto que la campaña de adquisición y posterior canje de bonos en los establecimientos adheridos se inicie el 1 de junio y finalice el 14 de agosto.

Estos bonos se adquieren en la Oficina de Turismo pueden usarse en los establecimientos que muestren el distintivo de participación. También se puede consultar la lista en este enlace:


Cada persona podrá comprar dos bonos de cada tipo de bono. Los bonos no podrán acumularse en el mismo ticket salvo en el caso de los PINTXO-bonoa y GOURMET-bonoa. Las bases completas se pueden consultar aquí:



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 26 de mayo de 2020

Ayudas COVID-19 al sector turístico vasco

AYUDAS COVID-19 AL TURISMO VASCO

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Objeto de la Ayuda:

El objeto de esta ayuda es apoyar inversiones destinadas a minimizar el impacto del COVID-19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de la actividad turística.

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de la CAV del sector turístico vasco:
  • Establecimientos de alojamiento turístico.
  • Empresas de restauración.
  • Empresas turísticas de mediación (agencias de viaje,...)
  • Empresas de transporte turístico.
  • Empresas de turismo activo.
  • Empresas profesionales organizadoras de congresos (OPCs)
  • Guías de turismo.
La entidad solicitante deberá estar dada de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas antes de la declaración del estado de alarma, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Conceptos subvencionables:

  1. Los gastos del alquiler de un único local o finca urbana donde se desarrolla la actividad turística, correspondiente a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma (14 de marzo de 2020) y el 31 de agosto de 2020.
  2. Las cuotas (amortización + intereses) de los préstamos hipotecarios o personales destinados a cubrir la compra del local o finca urbana donde se desarrolla la actividad turística, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
  3. El gasto de adquisición del aprovisionamiento de producto perecedero o fresco recepcionado con posterioridad al 15 de febrero de 2020 y con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma sanitaria (14 de marzo de 2020).
  4. Los siguientes gastos corrientes:
    1. Los gastos de suministros energéticos, servicios de telecomunicaciones (teléfono, internet) y primas de seguros, correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
    2. Gastos derivados de la contratación de servicios externos de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19, en el período transcurrido desde la declaración del estado de alarma al momento de presentación de solicitud de ayuda dentro de la presente Orden, con un límite máximo total de 150 euros.
    3. Los gastos de afiliación a asociaciones legalmente constituidas del sector hostelero y turístico ya sean de ámbito local, comarcal, territorial o CAE correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
  5. Las cuotas de amortización de préstamos destinados a la financiación de inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2019 hasta la entrada en vigor del estado de alarma correspondientes a 3 meses consecutivos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020

Modalidad de las Ayudas:

Estas ayudas se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.

Cuantía de las Ayudas:

  • Se subvenciona el 100% de cada uno de los conceptos presentados.
  • El importe máximo de la ayuda a conceder no sobrepasará los 3.000 euros por entidad subvencionada
  • Cuadro-resumen de los conceptos y ayudas.

Tramitación de las Solicitudes:

La solicitud deberá realizarse en la página web habilitada al efecto a la que se puede acceder aquí: Solicitud Online Ayudas Turismo Covid-19 

Plazo de Solicitud:

El plazo de solicitud será hasta el 26 de junio de 2020.

Enlaces:

Información en la página del Gobierno Vasco

Enlaces a la Normativa:
Orden Ayudas Covid-19 Turismo 2020 













AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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martes, 12 de mayo de 2020

COVID-19: Protocolos y Documentos

PROTOCOLOS: COVID-19

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COMERCIO

Protocolo Comercio: Gobierno Vasco

Protocolo Comercio: Gobierno de España

HOSTELERÍA

Protocolo Hostelería: Gobierno Vasco

Protocolo Hostelería: Basque Culinary Center

SOCIEDAD

Osakidetza: Cartel distanciamiento A2

Osakidetza: Cartel distanciamiento A3



AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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miércoles, 1 de abril de 2020

PRÉSTAMOS al 0% Covid-19

GOBIERNO VASCO: PRÉSTAMOS COVID-19 AL 0%

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El Gobierno Vasco ha movilizado una partida urgente, denominada Covid19, dotada de 25 millones de euros.

Estos préstamos pueden ser solicitados a través de Elkargi, entidad encargada de la gestión de estas ayudas.

CONDICIONES DE LOS PRÉSTAMOS

AUTÓNOMOS

  • Tipo: Euribor + 0%
  • Importe: Desde 5.000€ a 50.000€
  • Plazo: 5 años (carencia 1 + 4)
  • Comisión anual: 0,375%
  • Comisión apertura: 0,25%
  • Suscripción ELKARGI: 2%


PYMES

  • Tipo: Euribor + 0%
  • Importe: Desde 5.000€ a 1.000.000€
  • Plazo: 5 años (carencia 1 + 4)
  • Comisión anual: 0,375%
  • Comisión apertura: 0,25%
  • Suscripción ELKARGI: 2%

DÓNDE SOLICITAR EL PRÉSTAMO:

ELKARGI

CÓMO SOLICITAR EL PRÉSTAMO:

MANUAL USUARIO PARA LA SOLICITUD
VíDEO TUTORIAL

MÁS INFORMACIÓN:

https://www.elkargionline.com/

Folleto informativo

AUTOR:
Borja Escalona
Técnico de Comercio
Oficina Técnica de Comercio de Gernika-Lumo: Elaboración propia


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